Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Sexta.- Normas complementarias Facultase al Ministro de Agricultura y Riego a que mediante Resolucion Ministerial expida las normas necesarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Setima.- Referencia a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA Todas las referencias hechas en las normas y/o documentos a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego, o a las competencias, funciones y atribuciones que esta venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA de fusion por absorcion, se entenderan realizadas al SERFOR. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Encargatura de la Direccion Ejecutiva Encargar a la Direccion Ejecutiva del SERFOR las funciones de direccion de la institucion en tanto se instale el Consejo Directivo de la citada entidad y se designe a su titular con cargo a informarle; asi como, facultar al Ministro de Agricultura y Riego a que mediante Resolucion Ministerial, encargue el puesto de Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva del SERFOR. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA ­ SERFOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Naturaleza Juridica El Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA SERFOR, es un Organismo Publico Tecnico Especializado, con personeria juridica de derecho publico interno y constituye un pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI. Articulo 2.- Finalidad El presente reglamento de organizacion y funciones tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los organos que conforman el SERFOR, asi como definir su estructura organica hasta el tercer nivel. Articulo 3.- Ambito de Competencia y Domicilio El SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna MORDAZA, que ejerce sus competencias y funciones en el ambito nacional, regional y local, se sujeta al MORDAZA normativo sobre la materia y actua en concordancia con las politicas, planes y objetivos nacionales, constituyendose en el ente rector del Sistema Nacional de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA, en adelante SINAFOR, y en su autoridad tecnico-normativa, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados al ambito de su competencia. Articulo 4.- Funciones Son funciones del SERFOR, las siguientes: a) Coordinar la operacion tecnica, supervisar y evaluar el funcionamiento del SINAFOR. b) Planificar, ejecutar, apoyar, supervisar y controlar la politica nacional forestal y de fauna silvestre. c) Formular, proponer, conducir y evaluar los planes, estrategias y programas para la gestion sostenible del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion.

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

d) Emitir y proponer normas y lineamientos de aplicacion nacional, relacionados con la gestion, administracion y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. e) Gestionar y promover el uso sostenible, la conservacion y la proteccion de los recursos forestales y de fauna silvestre. f) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de los derechos otorgados bajo su competencia; sobre el patrimonio forestal y de fauna MORDAZA, diferentes a los titulos habilitantes contemplados en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, en adelante la LFFS; y sancionar las infracciones derivadas de su incumplimiento, respetando las competencias del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades publicas. g) Ejercer la funcion de Autoridad Administrativa de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA Silvestres ­ CITES, en el Peru para los especimenes de las especies de MORDAZA y fauna MORDAZA que se reproducen en tierra, incluyendo toda clase anfibia y MORDAZA acuatica emergente. h) Administrar y conservar los camelidos sudamericanos silvestres de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26496, Regimen de la propiedad, comercializacion y sanciones por la caza de las especies de vicuna, guanaco y sus hibridos y el Convenio para la Conservacion y Manejo de la Vicuna, respetando las competencias transferidas a los gobiernos regionales y tomando en cuenta la opinion de la Autoridad Cientifica CITES. i) Conducir, en el ambito de su competencia, planes, programas, proyectos y actividades para implementar los compromisos internacionales asumidos por el Peru en materia del patrimonio forestal y de fauna silvestre. j) Coordinar y promover el fortalecimiento de capacidades en el sector forestal y de fauna MORDAZA publico y privado. k) Gestionar y promover, en su calidad de autoridad de administracion y ejecucion, el acceso a los recursos geneticos de los recursos forestales y de fauna MORDAZA en el MORDAZA de la Decision 391 del Acuerdo de Cartagena, el Reglamento de Acceso a los Recursos Geneticos y demas normas nacionales vinculadas. l) Conducir, en coordinacion con las autoridades y otras entidades competentes, el catastro, el inventario, la valoracion, la zonificacion y el ordenamiento del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA, considerando los lineamientos metodologicos y procedimientos aprobados por la autoridad competente. m) Disponer la adopcion de medidas de control y fiscalizacion, directamente o a traves de terceros, de las actividades de manejo y aprovechamiento de los productos forestales y de fauna MORDAZA protegidos por tratados internacionales y normas nacionales. n) Promover el acceso de los productos forestales a servicios financieros, a mercados nacionales e internacionales y mejorar las condiciones de competitividad del sector. o) Otras funciones conferidas por Ley. Articulo 5.- Base Legal El presente Reglamento de Organizacion y Funciones se sustenta principalmente en la siguiente base normativa: a) Constitucion Politica del Peru. b) Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. c) Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, aprueba Reglamento de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. d) Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. e) Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica. f) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. g) Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. h) Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. i) Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

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