Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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(veinte por ciento) de los miembros habiles del Concejo, dentro del tercer dia habil contado a partir de la fecha en que se adopto el Acuerdo. Articulo 82º.- Para admitir a debate la reconsideracion, se requiere la mayoria simple de los miembros habiles del Concejo. Aceptada a debate una reconsideracion queda en suspenso el acuerdo tomado, hasta que el Concejo resuelva en forma definitiva. Articulo 83º.- Agotada la via administrativa proceden: 1. La accion de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra las Ordenanzas Municipales que contravengan la Constitucion. 2. Accion Popular ante el Poder Judicial contra los Decretos de Alcaldia que aprueban normas reglamentarias y/o de aplicacion de las Ordenanzas o resuelvan cualquier MORDAZA de caracter general en contravencion de las normas legales vigentes. 3. Accion Contencioso-Administrativa contra los acuerdos del Concejo Municipal y las resoluciones que resuelven asuntos de caracter administrativo. Las acciones de Inconstitucionalidad, Accion Popular y Accion Contencioso-Administrativa, se interponen en los terminos que senalen las leyes de la materia. Articulo 84º.- Las reclamaciones individuales se rigen por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. La via administrativa se agota con la decision que adopte el MORDAZA, con excepcion de los asuntos tributarios y lo estipulado en el Articulo 51º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972.

a los asuntos en debate y no se admitiran dialogo entre los Regidores, debiendose dirigir siempre al MORDAZA o quien presida la sesion. El MORDAZA impone orden y moderacion en el debate. Si un Regidor provoca desorden y no acata el llamado de atencion del MORDAZA, sera de aplicacion las sanciones que se senala en el Articulo 35º del presente RIC. Articulo 72º.- Ninguna intervencion durara mas de cinco (05) minutos. Sin embargo, si la naturaleza del MORDAZA lo hiciera necesario, el MORDAZA podra autorizar un tiempo adicional MORDAZA de tres (03) minutos al Regidor que asi lo solicitase. Articulo 73º.- Se podra presentar por escrito o en forma oral Mociones de Orden del Dia, pero estas deben referirse exclusivamente a los asuntos de debate. Las Mociones de Orden del Dia no requieren fundamentacion. Articulo 74º.- El MORDAZA evitara el debate en asuntos diferentes a los que se esta tratando. Asimismo podra dar por agotado el debate si considera que el MORDAZA ha sido suficientemente analizado. Igualmente, por propia iniciativa o a pedido de un Regidor, podra disponer que se suspenda el debate de algun MORDAZA para tratarlo en la sesion proxima siguiente.

DE LAS VOTACIONES
Articulo 75º.- Las Votaciones se realizaran solamente en la Estacion Orden del Dia, salvo las que no requieran debate previo, acordado asi por el Concejo. Las unicas formas de MORDAZA que pueden optar los miembros del Concejo son las siguientes: a) A favor de una Propuesta. b) En contra de una propuesta. c) Abstencion, la misma que debe estar debidamente fundamentada, pudiendo hacerlo en la misma sesion dictando al Secretario General los motivos de su actitud o en caso contrario debiendo ser presentado por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas de realizada la sesion de Concejo. Articulo 76º.- Las Votaciones se haran levantando la mano. Si el MORDAZA o un Regidor solicitasen rectificacion de la votacion, esta se MORDAZA poniendose de pie; si se pidiese una MORDAZA rectificacion, se procedera a la votacion nominal, siempre que lo apruebe la mayoria de los regidores concurrentes. Articulo 77º.- Los Acuerdos, son adoptados por la mayoria calificada o mayoria simple, segun establecido por la Ley Organica de Municipalidades. Si no se obtuviera el numero de votos exigidos por la Ley, se tendra por rechazada la proposicion votada. Cuando hubiera dictamenes o informes contradictorios sobre el mismo MORDAZA, se votara cada uno de ellos. El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en caso de empate. Articulo 78º.- El aplazamiento de la sesion debe realizarse a solicitud de dos tercios del numero de Regidores del Concejo. La sesion se aplazara por una sola vez por no menos de tres (03) ni mas de cinco (05) dias habiles y sin necesidad de una nueva convocatoria, para discutir y votar los asuntos sobre los que no se consideren suficientemente informados. Agotada la agenda el MORDAZA levantara la sesion, con la cual concluira esta y no podra reabrirse.

CAPITULO III DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS
Articulo realizaran: 85º.Las Sesiones Extraordinarias se

a) Dentro del plazo senalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes, para tratar sobre la Aprobacion del Presupuesto Municipal participativo o sus Modificaciones y Plan Estrategico de Desarrollo Distrital y Provincial Concertado. b) Dentro de los primeros noventa (90) dias de cada ano, para pronunciarse sobre la Memoria Anual y la Cuenta General del ejercicio anterior. c) Para acordar su regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local. d) Para acordar el otorgamiento de condecoraciones u MORDAZA de acuerdo al Reglamento correspondiente. e) Para tratar demas temas cuya relevancia y especialidad haga necesario que MORDAZA debatidos de modo exclusivo. f) En situaciones de emergencia. g) Para tratar asuntos de naturaleza especial o temas de interes comunal, cuando expresamente lo establezca la Ley. Articulo 86º.- Las Sesiones Extraordinarias son convocadas por el MORDAZA a iniciativa propia o a solicitud de una tercera parte del numero legal de sus miembros, indicando el MORDAZA materia de la sesion. Articulo 87º.- En las Sesiones Extraordinarias solamente se pueden tratar los asuntos que han sido materia de la convocatoria, unicamente consta de la Estacion Orden del Dia. Al iniciarse la Sesion se MORDAZA lectura al Acta anterior. Articulo 88º.- En el procedimiento de las Sesiones Extraordinarias se excluye la Estacion de Pedidos, debiendo desarrollarse el Debate, la votacion y los acuerdos en la estacion Orden del Dia. La Sesion se levantara con el cierre de sesion por parte de quien la presidio.

DEL ACTA
Articulo 79º.- El Secretario General extendera el Acta de cada sesion, en la que constaran los debates y el texto de los acuerdos. En el Acta se deberan consignar las intervenciones de los miembros del concejo, para que quede MORDAZA de lo que se expreso en relacion a determinado tema, asi como se dejara sentada la posicion de los funcionarios y miembros de la sociedad civil que hayan intervenido, dejando claramente establecida su opinion con relacion a temas de debate. En caso de urgencia, se podra aprobar la vigencia inmediata de los acuerdos. Articulo 80º.- Las Actas de Sesiones, una vez que hayan sido aprobadas, seran suscritas por el MORDAZA, los Regidores y el Secretario General; tendran validez con la firma de la mayoria de los miembros del Concejo asistente a la sesion.

CAPITULO IV DE LAS SESIONES SOLEMNES
Articulo 89º.- Las Sesiones Solemnes se celebran en las oportunidades siguientes: a. El 28 de MORDAZA, para conmemorar el Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru. Se MORDAZA lectura al Acta de Juramentacion de la Independencia por el Cabildo de Lima. b. Para conmemorar el Aniversario de Creacion Politica del Concejo Distrital de Punta Negra.

DE LAS RECONSIDERACIONES Y ACCIONES JUDICIALES
Articulo 81º.- Los Acuerdos de Concejo podran ser reconsiderados a peticion escrita y fundamentada del 20%

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