Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Que, es politica de la actual gestion municipal, la necesidad de preservar el medio ambiente, siendo necesario para ello establecer los mecanismos de vigilancia, proteccion y seguridad ambiental en el distrito; lo cual permitira proteger a la ciudadania de los problemas de contaminacion ambiental y depredacion de los recursos naturales existentes en el ambito geografico del distrito; Que, de acuerdo al MORDAZA legal de la articulacion de la Policia Nacional y el Serenazgo y el articulo 197º de la Constitucion, el Serenazgo encuentra su desarrollo normativo desde un ambito estrictamente local, siendo mencionado en la Ley Organica de Municipalidades como un cuerpo organizado para hacer cumplir las disposiciones municipales y como un servicio que desarrollan las municipalidades en materia de seguridad ciudadana. Es en virtud del ejercicio de esta competencia que, a nivel del distrito de Carabayllo, el servicio de Seguridad Ciudadana y Vial, se encuentra regulado por la Ordenanza Nº 2022010-A/MDC, de fecha 30 de junio de 2010, y con las modificaciones de la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, MORDAZA expedidas por la Municipalidad de Carabayllo. En razon de tales dispositivos, se consideran como funciones generales del servicio de Seguridad Ciudadana y Vial, las siguientes: · Programar, coordinar, supervisar y ejecutar las acciones de Seguridad Ciudadana y Vial en el distrito. · Promover la suscripcion de convenios con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con la finalidad de contar con las atribuciones de control y supervision del transporte Publico de pasajeros, que permita ordenar y fiscalizar una adecuadas prestacion de dicho servicio. · Programar, coordinar y ejecutar cursos de capacitacion a los vecinos del distrito en coordinacion con la Policia Nacional. · Coordinar con la Policia Nacional los Planes de Seguridad Ciudadana y vigilancia movil municipal. · Vigilancia y seguridad del patrimonio publico y privado, dando alertas en casos de atentados o ante el riesgo de producirse. · Vigilancia y seguridad a los vecinos que transitan por las avenidas, calles o que asistan a parques publicos, eventos artisticos, culturales, musicales, centros comerciales, mercados y ferias; a fin de prevenir los actos antisociales. · Apoyo a las victimas de asalto o robo, conduciendo a los agraviados al local policial o medico asistencia, segun sea el caso. · Apoyo y colaboracion con la Policia Nacional e los casos de emergencias y en la captura de delincuentes y malhechores. · Atencion de las denuncias de los vecinos sobre transgresion de las normas municipales o contra las libertades y derechos ciudadanos, dando cuenta a la autoridad municipal correspondiente o a la Policia Nacional, segun sea el caso. · Entre otras acciones sobre seguridad ciudadana. Por tanto, estas funciones del MORDAZA referentes a Seguridad Ciudadana vinculan la relacion de cooperacion entre la Policia Nacional y el Serenazgo, por cuanto la Policia Nacional cuenta con el respaldo normativo y con las herramientas de gestion y de personal que permitiran una mejor canalizacion de los esfuerzos conjuntos de MORDAZA instituciones en la lucha por la seguridad ciudadana, pero no asi en la proteccion del medio ambiente. Que, en tal sentido es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones del MORDAZA Ecologico, mediante la creacion e implementacion del Serenazgo Ecologico en el distrito de Carabayllo; por lo que es necesario regular las funciones especificas del mismo, materia de esta Ordenanza Municipal. Con el MORDAZA aprobatorio por Unanimidad de los senores Regidores, con Dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas en el articulo 194, de la Constitucion Politica del Peru y en los numerales 8) y 14) del Articulo 9º y los Articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y en uso de las facultadas conferidas al senor MORDAZA mediante el Articulo 20 de la acotada Ley; El Concejo de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en Sesion de Concejo de la fecha, aprueba por Unanimidad, la siguiente:

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

Ciudadana y Vial, en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo; ante la necesidad de preservar el medio ambiente a traves de mecanismos de vigilancia, proteccion de los espacios publicos y seguridad ambiental, mediante el patrullaje y monitoreo que tendra la funcion de proteger los parques y jardines, las areas verdes naturales protegidas (Recursos Nacionales, Santuarios Historicos, Monumentos Arqueologicos y otros), prevenir la comision de delito ambiental, asi como tambien las faltas e infracciones que contravienen la Ley Forestal y Fauna MORDAZA, tambien evitara y realizara el control sobre la contaminacion del cauce, riberas y aguas del rio Chillon por accion del hombre y los residuos industriales acumulados en ella; humos, gases, desagues o desechos de la MORDAZA y ruidos molestos; ademas, de promover y llevar adelante campanas informativas sobre cuidado del medio ambiente en colegios y en la comunidad, sin que ello implique sustitucion o conflicto de competencias con la Policia Ecologica unidad especializada de la Division de Turismo y Ecologia de la Policia Nacional del Peru, para lograr la participacion de la comunidad en la toma de conciencia sobre la necesidad de preservar y conservar los recursos naturales y del medio ambiente. Articulo Segundo.- El objetivo principal de la creacion del Serenazgo Ecologico, es respetar y hacer respetar la normativa ambiental vigente, velar por la seguridad publica ambiental en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, participar en programas de prevencion y concientizacion ambiental; asi como dotar de una Unidad Organica perteneciente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, que permita aplicar las sanciones y multas para los que infrinjan y cometan delitos ecologicos. Articulo Tercero.- Autorizar al senor MORDAZA para que disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de desarrollar adecuadamente al Serenazgo Ecologico unidad dependiente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; asi como, tambien, el cumplimiento de las disposiciones municipales afines. Articulo Cuarto.- La Municipalidad Distrital de Carabayllo, a traves de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, con relacion al Serenazgo Ecologico cumplira las siguientes funciones generales: 1. Vigilar que no se arroje y se abandone los residuos solidos en las calles, vias publicas, en los parques y sobre todo en las riberas y el cauce del rio Chillon, para evitar la contaminacion y mantener limpia los espacios publicos de libre esparcimiento de la poblacion. 2. Coordinar las actividades y acciones conjuntas con la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Sub Gerencia de Medio Ambiente y la Policia Ecologica en el ambito del distrito de Carabayllo. 3. Promover la participacion vecinal en asuntos de vigilancia ambiental. 4. Convocar a reuniones de coordinacion con las Gerencias que tienen competencia ambiental y la Policia Ecologica del Peru. 5. Los efectivos del Serenazgo Ecologico operaran principalmente en las zonas pobladas, asimismo las areas colindantes del rio Chillon en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo. 6. Otras que disponga el Concejo Municipal del Distrito de Carabayllo. Articulo Quinto.- Funciones Especificas del Serenazgo Ecologico: a) Planificar y ejecutar operaciones de ronda y patrullaje general ya sea a pie o en vehiculos motorizados o no motorizados, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru; b) Velar por la tranquilidad, orden y seguridad ambiental ante la comision de supuestos delitos ecologicos. c) Supervisar e informar el cumplimiento de las normas ambientales en espacios publicos de cualquier naturaleza e indole; d) Asumir el control del transporte de carga de residuos solidos y cualquier otro material que podria ser residuo contaminante y ser arrojados en espacios publicos y donde no se encuentren efectivos de la Policia Nacional del Peru; e) Custodiar las riberas del rio Chillon y evitar que continue su contaminacion debido al arrojo de desechos en sus areas de influencia; f) Orientar al ciudadano cuando requiere algun MORDAZA de informacion,

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACION DEL SERENAZGO ECOLOGICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO
Articulo Primero.- Aprobar la creacion del Serenazgo Ecologico, dependiente de la Gerencia de Seguridad

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