Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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c. En cualquier otra fecha que el Concejo acuerde o convoque el MORDAZA, para conmemorar hechos gloriosos y/ o trascendentales o rendir homenaje a las personalidades o instituciones. d. Las Sesiones Solemnes se destinaran exclusivamente a los homenajes para los cuales las convoca y en ellas no se requiere el quorum legal. Articulo 90º.- El MORDAZA podra delegar a un Regidor u otra persona el discurso de orden de homenaje.

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

Articulo 100º.- Las Comisiones de regidores podran contar con un coordinador elegido en sesion. Articulo 101º.- Las Comisiones Permanentes del Concejo, son las siguientes: a) Comision de Administracion, Finanzas y Tributaria. b) Comision de Asuntos Legales, Desarrollo, Obras y Defensa Civil. c) Comision de Servicios a la Comunidad y Sociales, Recreacion y Seguridad. Los integrantes de cada Comision seran establecidos y es aprobado por Acuerdo de Concejo en la primera Sesion Ordinaria anual que se celebra, salvo en los casos de reestructuracion organica y administrativa o adecuacion de la municipalidad a las disposiciones legales, pueden efectuarse los cambios mas convenientes.

TITULO VI DE LAS COMISIONES
Articulo 91º.- Las Comisiones de Regidores son Organos Consultivos, Normativos y Fiscalizadores del Concejo, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas y proyectos de Reglamento de los servicios respectivos y emitir dictamenes sobre los asuntos de su competencia o respecto de aquellos que el Concejo les encargue, y cuyo objetivo es materializar las funciones y atribuciones senaladas en el presente reglamento. Articulo 92º.- Las Comisiones estaran constituidas por regidores que son designados mediante Acuerdo de Concejo. Las Comisiones pueden ser: Permanentes y Especiales. Articulo 93º.- Las deliberaciones de las comisiones y los acuerdos que adopten constaran en el libro especial, autorizado por el MORDAZA y la persona que cumpla la funcion de Secretario. Articulo 94º.- Las Comisiones de Regidores pueden invitar a participar en sus deliberaciones, con voz y sin MORDAZA, a los funcionarios, empleados de la Municipalidad, a los contratistas, concesionarios y poblacion organizada. Articulo 95º.- Las Comisiones Permanentes estan constituidas por tres (03) Regidores, de los cuales uno de ellos se desempenara como Presidente, el MORDAZA como Vocal y el tercero como Secretario. Seran apoyados por el funcionario de mayor nivel de la municipalidad en el area de su competencia; asimismo, a solicitud de estos, puede contratarse los servicios de Asesoria de una entidad o de profesionales especializados en materia municipal. Articulo 96º.- Son funciones generales de las Comisiones Permanentes: a. Proponer a la Alcaldia y al Concejo las acciones necesarias para mejorar los servicios de la municipalidad. b. Evaluar el Plan Operativo Institucional, efectuar verificaciones, recabar informaciones sobre las actividades y proyectos que se desarrollan y proponer al Concejo que disponga las medidas correctivas mas convenientes. c. Dictaminar sobre los proyectos de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones de Concejo. d. Formular propuestas de Ordenanzas y/o proyectos de reglamentos de los servicios publicos, de acuerdo al area que corresponde a la Comision. e. Dictaminar los pedidos y proposiciones de los regidores y las iniciativas de los vecinos. f. Otras funciones que le encargue el Concejo Municipal. g. Ninguna Comision en su conjunto ni sus participantes en particular pueden adoptar decisiones e imponerlas a los trabajadores de la Municipalidad. Articulo 97º.- Las Comisiones deben presentar sus dictamenes, informes y proyectos de reglamento, dentro de los plazos establecidos para cada caso. Si no se senala plazo, se entiende que deben presentarse dentro del termino de treinta (30) dias habiles. Si la Comision no puede cumplir su cometido dentro del plazo establecido, a mas tardar un dia MORDAZA del vencimiento del plazo, podra solicitar una prorroga, hasta por un plazo igual al senalado inicialmente, debidamente fundamentado. La prorroga sera concedida por Alcaldia, dando cuenta al Concejo en la Sesion Ordinaria inmediata siguiente. Articulo 98º.- Las Comisiones de Regidores, pueden solicitar por escrito a los funcionarios y trabajadores las informaciones que requieran para el cumplimiento de sus funciones, asi como a otros organismos del Sector Publico, concesionarios o contratistas que brindan servicio a la municipalidad. En el caso de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, estos deben entregar la informacion en un plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles. Articulo 99º.- Las Comisiones se reuniran con la frecuencia que requiere el MORDAZA a tratar.

COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES
Articulo 102º.- Corresponde a la Comision de Administracion, Finanzas y Tributaria pronunciarse sobre los asuntos y aspectos que deben ser resueltos por el Concejo Municipal, relacionados con: a) Los Planes de Desarrollo Distrital, MORDAZA de corto, mediano y largo plazo. b) Los Planes Anuales de Gestion Municipal, que incluyen las actividades, proyectos y acciones de caracter permanente y temporal. c) Fases del MORDAZA presupuestario: programacion, formulacion, aprobacion, modificacion, ejecucion y control del presupuesto municipal. d) El desarrollo del MORDAZA de Gestion Administrativa de la Municipalidad, en el que se incluye la aplicacion de los sistemas administrativos de racionalizacion, personal, abastecimiento y control patrimonial, tesoreria y archivo y de imagen institucional. e) El desarrollo del MORDAZA de Administracion Tributaria Municipal, que incluye la creacion, aplicacion y suspension de los tributos; la recaudacion, percepcion y fiscalizacion tributaria, asi como de cobranza coactiva. f) La aplicacion y cumplimiento de las acciones y actividades de control Interno (previo y concurrente) en la Gestion Administrativo, Financiera, Patrimonial y Presupuestaria de la Municipalidad. g) La aceptacion de donaciones y legados. h) Las propuestas de creacion, modificacion y suspension de tributos. i) Otros inherentes a la naturaleza de su funcion, que le encomiende el Concejo Municipal. La Comision Permanente de Administracion, Finanzas y Tributaria desarrollara sus funciones en relacion, concordancia y coordinacion con las que ejecutan las unidades o areas organicas de la Entidad siguientes: Gerencia Municipal, Secretaria General e Imagen Institucional, Administracion y Finanzas, asi como Administracion Tributaria y Asesoria Juridica. Articulo 103º.- Corresponde a la Comision de Asuntos Legales, Desarrollo, Obras y Defensa Civil, pronunciarse sobre los asuntos y aspectos que deben ser resueltos por el Concejo Municipal, relacionados con: a) Los asuntos de caracter Legal ya MORDAZA internos o externos, asi como las acciones judiciales donde esten comprendidos o comprometidos los intereses de la Municipalidad. b) Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento MORDAZA del Distrito. c) Los Planes Anuales de Gestion Municipal, que incluyen las actividades, proyectos y acciones de caracter permanente y temporal. d) La programacion, ejecucion, supervision y control del desarrollo de los Estudios y Proyectos, asi como de las Obras de Infraestructura Publica. e) La Zonificacion y Urbanismo. f) La reglamentacion, autorizacion, supervision y control de las construcciones y edificaciones publicas y/o privadas. g) Uso del suelo y expansion Urbana. h) Demarcacion territorial y limites en coordinacion con el Gobierno Regional. i) El levantamiento y actualizacion del Catastro Municipal. j) La conservacion y mantenimiento de la infraestructura publica, MORDAZA y rural.

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