Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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DISTRITAL DE PUNTA NEGRA, estructurado en 111 articulos, una Disposicion Complementaria, 02 Disposiciones Transitorias y 02 Disposiciones Finales, que corren como anexo formando parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGUESE al Secretario General la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y de su anexo en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta Negra
ORDENANZA Nº 004-2013/MDPN
Punta Negra, 26 de junio del 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 26 de Junio de 2013, de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Nº 425-2013-JNE de fecha 14 de MORDAZA del 2013 emitida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; el proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal Distrital de Punta Negra, presentado mediante Expediente Nº 0372013 de fecha 03 de enero de 2013; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son organos de gobierno que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomia que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 12 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que corresponde al concejo municipal aprobar por ordenanza el reglamento interno del concejo municipal; Que, mediante Resolucion Nº 425-2013-JNE de fecha 14 de MORDAZA del 2013, en su articulo tercero, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones requiere a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, a fin de que proceda a regularizar mediante Sesion de Concejo Municipal, con aprobar a traves de ordenanza el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta Negra y con publicar el texto integro del citado reglamento en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido en el articulo 9, numeral 12, articulo 20 numeral 5 y en el articulo 44 numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante expediente de vistos, presentado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pumarayme, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oliveira, MORDAZA MORDAZA Retes MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual hacen llegar al Concejo Municipal el proyecto de Reglamento Interno del Concejo Distrital de Punta Negra, el mismo que establece las reglas de la organizacion y funcion de los miembros del concejo y organo de apoyo administrativo; Que, mediante Informe Nº 06-2013-GAJ-MDPN de fecha 11 de Enero del 2013, expedido por la Gerencia de Asesoria Juridica, se declara procedente el Proyecto de Reglamento Interno del Concejo Distrital de Punta Negra. Asimismo mediante Informe Nº 016-2013-GAJ-MDPN de fecha 28 de Enero del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por declarar nula la Sesion Extraordinaria de fecha 21 de Enero del 2013 debiendose convocar a nueva sesion con la finalidad de aprobar dicho reglamento, debiendose respetar los procedimientos conforme a Ley; Que, habiendo los miembros del Concejo debatido el contenido del Proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal Distrital de Punta Negra presentado por los regidores, y efectuado las observaciones correspondientes, se realizo las correcciones necesarias, quedando MORDAZA para su aprobacion. En consecuencia, estando a lo dispuesto por el inciso 8 del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por mayoria segun actas, expidio la siguiente:

REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA TITULO I FINALIDAD, ALCANCES Y OBJETIVOS
Articulo 1º.- El presente Reglamento establece la Organizacion Interna, Normas y Procedimientos del Concejo Distrital de Punta Negra, competencias, atribuciones y funciones de sus miembros. Es aplicable al Pleno del Concejo Municipal del Gobierno Distrital de Punta Negra en el ejercicio de sus funciones, y tiene los siguientes objetivos: a) Determinar las responsabilidades, funciones, procedimientos y sanciones que deben regir para el ejercicio del Concejo Municipal Distrital de Punta Negra. b) Promover la participacion responsable de los miembros del Concejo Municipal. c) Garantizar la reciprocidad en la Direccion de los debates, para alcanzar la equidad tanto en mayoria como en minoria, aplicando el buen uso de las reglas y procedimientos establecidos. e) Posibilitar el ejercicio de la democracia plena, que es la expresion suprema del sistema civilizado de convivencia social, con la participacion de todos o por lo menos la mayoria de los regidores. Articulo 2º.- El Concejo Municipal es el MORDAZA organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y ejerce funciones normativas y de fiscalizacion de acuerdo a Ley; se constituye como un cuerpo jerarquico funcional y colegiado integrado por el MORDAZA quien lo preside y cinco (05) regidores elegidos conforme a ley. Articulo 3º.- Para el logro de sus fines, el Concejo Municipal se regira de acuerdo a las atribuciones, funciones y prerrogativas que establece la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades, el presente Reglamento, normas legales concordantes e Instrumentos de Gestion del Gobierno Municipal Distrital. Articulo 4º.- El logro de los objetivos del presente Reglamento Interno sera responsabilidad de todos y cada uno de los miembros que conforman el Concejo Municipal, debiendo tener pleno conocimiento de los preceptos contenidos para su adecuada aplicacion.

TITULO II DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL
Articulo 5º.- Se considera como miembros habiles del Concejo al MORDAZA y los Regidores que se encuentren en condiciones fisicas, mentales y legalmente aptas para desempenar las funciones para las que fueron elegidos. Articulo 6º.- Se consideran inhabiles a los miembros del Concejo que: a) Se encuentren en incapacidad fisica o mental temporal, debidamente comprobadas. b) Esten gozando licencia por asuntos particulares concedida por el Concejo, por el lapso de hasta tres (03) meses, dentro del periodo de un ano. c) Se encuentren suspendidos en el ejercicio de sus funciones por sancion del Concejo Municipal. d) Se encuentren en MORDAZA penal abierto con mandato de detencion judicial. Los miembros comprendidos en los incisos a) y d) acreditaran con la documentacion pertinente, segun el caso,

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA Articulo Primero.- APRUEBESE el REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD

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