Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, cuya meta es la Implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 12% de las viviendas urbanas en el Distrito de Carabayllo, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en virtud de lo dispuesto en el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su Articulo Nº 73º numeral 3) sobre la proteccion y conservacion del ambiente, prescribe que es competente para formular, aprobar, ejecutar y monitorear planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el Art. 36º numeral 3 y Articulo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, y que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldia en el caso de los gobiernos locales; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en sus articulos 40º numeral 1, indica que las entidades estan prohibidas de solicitar para el inicio, prosecucion o conclusion de un procedimiento, informacion o la documentacion que la contenga. Del mismo modo no procede establecer derechos de tramitacion en los procedimientos administrativos, cuando su tramitacion implique para la entidad sobre la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad; Que, el Articulo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, mediante Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores se establecio el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los recicladores orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais; Que, mediante Ordenanza Nº 295-MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha creado el "Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos" estableciendo las disposiciones que rigen los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema; determinando las responsabilidades de las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que generan residuos solidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de residuos solidos, ello con la finalidad de fomentar el bienestar de los vecinos de MORDAZA asegurando el saneamiento

g) Participar y brindar apoyo a los operativos de fiscalizacion ambiental que realizan las dependencias en materia ambiental, asi como en las campanas de Municipios y Comunidades Saludables; h) Inspeccionar comercios, industrias, asi como cuidar los danos a la propiedad a traves de terceros. Especificamente se trata de una Unidad de Vigilancia que cuidara durante las 24 horas del dia que no se danen las propiedades de los vecinos a traves de pintado de grafitos, afiches no autorizados, banderolas no autorizados y lugares publicos, conforme a las normas sanitarias y ambientales; i) Evaluar permanentemente los operativos programados y disenar estrategias adecuadas para la optimizacion de los resultados a obtener, j) Dirigir y coordinar la produccion de informacion estadistica correspondiente relacionada con el cumplimiento de su mision. k) Otros hechos sobre materia ambiental, dando cuenta a la autoridad municipal correspondiente. Articulo Sexto.- A fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial de la Municipalidad distrital de Carabayllo, contara con personal especializado en la materia, capacitado y con las herramientas minimas para su operatividad, descentralizando sus funciones para su mejor desenvolvimiento; asimismo, entrelazar su sistema de comunicacion con la Policia Ecologica de la PNP. Articulo Setimo.- ESTABLECER que el Serenazgo Ecologico cumplira exclusivamente sus funciones establecidas, estara prohibido de efectuar labores especiales, como resguardar otras actividades que no MORDAZA actividades de vigilancia ambiental.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al MORDAZA, para aprobar mediante disposiciones complementarias municipales de su competencia los Instrumentos Tecnicos, procedimientos administrativos y demas normas competentes para el buen funcionamiento de la articulacion del Serenazgo Ecologico con el Sistema Local de Gestion Ambiental del Distrito de Carabayllo. Segunda.- Deroguense y modifiquense, en su caso, todas las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Remitir un ejemplar del presente proyecto de Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial y, a la Policia Ecologica del Peru con sede en Ventanilla. Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- Encargar a la Gerencia Municipal a traves de la Sub Gerencia de Informatica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional: www. municarabayllo.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

964636-1

Aprueban "Programa de Segregacion en la Fuente de Residuos Solidos Domiciliarios en un 12% de las Viviendas Urbanas del Distrito de Carabayllo"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2013-A/MDC
Carabayllo, 5 de MORDAZA de 2013 VISTO: Los Informes Nº 0211-2013/GSCMA/MDC de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, e Informe Nº 207-2013 SGMA-GSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, que en aplicacion del Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, sobre el Plan de Incentivos a la Mejora de

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