Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2013 (21/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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Articulo 105º.- Las Comisiones Especiales se constituyen por acuerdo de Concejo Municipal para tratar asuntos especificos que por su naturaleza no corresponden ser tratados por las Comisiones Permanentes y porque su importancia asi lo amerita. Estara integrada, preferentemente, por regidores cuya ocupacion y/o experiencia guarden relacion con el MORDAZA o materia que las motiva. El acuerdo de Concejo Municipal y la Resolucion correspondiente, determinara con claridad el encargo y el plazo de vigencia de la Comision Especial. Articulo 106º.- Las Comisiones Especiales, se reuniran con la frecuencia que requiera el MORDAZA encomendado por el Concejo, a fin de cumplir con sus trabajos y la MORDAZA oportuna de su informe o dictamen.

k) El saneamiento fisico-legal de la infraestructura y obras publicas locales. l) Adjudicacion de inmuebles. m) Cesion en uso de terrenos municipales. n) Pool de Maquinaria Pesada. o) Priorizacion de vias vecinales a ser construidos, rehabilitados y mantenidos p) Otros inherentes a la naturaleza de su funcion, que le encomiende el Concejo Municipal. La Comision Permanente de Asuntos Legales, Desarrollo, Obras y Defensa Civil, desarrollara sus funciones en relacion, concordancia y coordinacion con las que ejecutan las unidades o areas organicas de la Entidad, siguientes: Gerencia Municipal, Secretaria General e Imagen Institucional, Asesoria Juridica y Desarrollo Urbano. Articulo 104º.- Corresponde a la Comision de Servicios a la Comunidad y Sociales, Recreacion y Seguridad, pronunciarse sobre los asuntos y aspectos que deben ser resueltos por el Concejo Municipal, relacionados con: a) Los Planes de Desarrollo Distrital, MORDAZA de corto, mediano y largo plazo. b) Los Planes Anuales de Gestion Municipal, que incluyen las actividades, proyectos y acciones de caracter permanente y temporal. c) La promocion y desarrollo integral de los aspectos de Salud, Educacion, Cultura, Arte, Deporte y Recreacion, que incluyen programas, actividades y acciones orientadas a todos los niveles de la poblacion del Distrito. d) La creacion, organizacion, fortalecimiento y desarrollo de las Organizaciones Sociales del Distrito. e) El desarrollo del Programa del Vaso de Leche. f) Desarrollo de los Programas de alimentacion complementaria. g) La Promocion y Desarrollo de actividades economicoproductivas orientadas a la generacion de nuevas MORDAZA y oportunidades de empleo para la poblacion. h) El fomento y Promocion de la pequena y micro empresa, para el desarrollo de actividades de caracter industrial, comercial, agropecuario, turistico, artesanales, etc. i) La creacion y funcionamiento de Empresas y/o Centros de Produccion o de Servicios de caracter municipal. j) La habilitacion y/o rehabilitacion de areas verdes, arborizacion y reforestacion. k) Los programas de control de la sanidad animal. l) Las actividades de fumigacion para control de epidemias. m) El agua potable y alcantarillado. n) La conservacion de la MORDAZA, fauna y recuperacion de recursos naturales. o) El servicio de registro civil. p) La administracion de los locales y la infraestructura de servicio publico local, como mercados, estadios, parques y locales recreacionales, etc. q) Las actividades y acciones de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana. r) La promocion y ejecucion de programas orientados al desarrollo y proteccion de la mujer en el ambito de la jurisdiccion. s) La promocion y desarrollo de programas, actividades y acciones destinadas a brindar asistencia social, apoyo solidario a personas y/o grupos de la poblacion en situacion de abandono moral y material, asi como de escasos recursos economicos. t) La participacion permanente de la ciudadania, de manera individual y a traves de sus organizaciones, en gestion del Gobierno Provincial. u) La Defensa del MORDAZA y Adolescente de la jurisdiccion. v) La organizacion, participacion y proteccion de los vecinos con discapacidad. w) Otros inherentes a la naturaleza de su funcion, que le encomiende el Concejo Municipal. La Comision Permanente de Servicios a la Comunidad y Sociales, Recreacion y Seguridad, desarrollara sus funciones en relacion, concordancia y coordinacion con las que ejecutan las unidades o areas organicas de la Entidad, siguientes: Gerencia Municipal, Secretaria General e Imagen Institucional, Asesoria Juridica, Servicios a la Comunidad y Sociales y la Oficina de DEMUNA.

TITULO VII DEL APOYO ADMINISTRATIVO AL CONCEJO MUNICIPAL
Articulo 110º.- La Secretaria General es el Organo de Apoyo Administrativo al Concejo Municipal que esta a cargo de un funcionario designado por el Alcalde. Articulo 111º.- La Secretaria General es responsable de las siguientes funciones: a) Prepara y proyecta el despacho de la documentacion que se trata en el seno del Concejo Municipal. b) Prepara en coordinacion con el MORDAZA la Agenda de las Sesiones. c) Prepara y difunde la convocatoria a las Sesiones, citando oportunamente a los miembros del Concejo Municipal. d) Redacta el Acta de Sesiones. Entrega a los miembros del Concejo Municipal con la debida anticipacion, tres (03) dias habiles como minimo, las copias de las proposiciones o proyectos de Ordenanzas, y demas documentos sustentatorios respecto de los puntos a tratarse en la respectiva Sesion de Concejo.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA
Primera.- El Secretario General estara a disposicion del Pleno del Concejo de MORDAZA a fin de cada sesion, debiendo transcribir fielmente las contingencias de las sesiones de concejo y anotando puntualmente las observaciones que los regidores consideren pertinentes, por haberse dado en las estaciones de la sesion. Ante la trasgresion de la presente disposicion, el Concejo solicitara al MORDAZA o quien haga sus veces se tomen las medidas correctivas, debiendo aplicarse las sanciones de acuerdo a la normativa correspondiente al rango del funcionario.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Los puntos no contemplados en el presente Reglamento seran resueltos por el Concejo Municipal, de acuerdo al MORDAZA Juridico actual, aprobado por mayoria simple de sus miembros. Segunda.- El Reglamento Interno del Concejo Municipal podra ser modificado en Sesion Extraordinaria de Concejo, con la aprobacion de dos tercios del total de miembros del Concejo Municipal.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El presente Reglamento de Organizacion Interna, entra en vigencia en toda su extension al dia siguiente de su publicacion, con dispensa del tramite de aprobacion del acta de sesion correspondiente, en concordancia con lo establecido en el articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades. Segunda.- El Reglamento Interno del Concejo sera impreso en hojas sueltas y enumeradas. Tercera.- El presente Reglamente debe ser publicado la pagina web de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Punta Negra, 26 de junio del 2013

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