Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2013 (28/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 28 de julio de 2013 500249 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) US$. 1,100.00 US$. 1,100.00 Pasaje Terrestre (ida): Río de Janeiro - Niterói (República Federativa del Brasil) US$. 100.00 US$. 100.00 Compensación Extraordinaria Por Servicio en el Extranjero: US$. 2,400.00 x 5 meses (agosto - diciembre 2013) US$. 12,000.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 2,400.00 x 1 Compensación US$. 2,400.00 --------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 15,600.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión de Servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6°.- El Ofi cial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 8°.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 968234-4 Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú a Venezuela, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 381-2013-DE/MGP Lima, 27 de julio de 2013 Visto, el Ofi cio N.1000-1150 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 1 de julio de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Venezuela, hace de conocimiento que la Armada Bolivariana de Venezuela, ha cursado invitación para que Personal de la Marina de Guerra del Perú, participe en diferentes Cursos durante el año académico 2013, entre los cuales se encuentra la Maestría en Seguridad y Defensa, a realizarse en el Instituto de Altos Estudios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 1 de agosto de 2013 al 31 de agosto de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que participe en la mencionada Maestría; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 56, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el citado Programa Académico, responde a la necesidad de perfeccionar y capacitar a los Ofi ciales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar carácter y liderazgo, brindándoles mayores conocimientos y experiencias en temas sobre relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas competencias, nociones y experiencias que contribuyan a elevar el nivel profesional del Ofi cial designado, para luego ser aplicados en benefi cio de la Institución Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudio del Capitán de Fragata Alberto Gustavo SARA Llanos, para que participe en la Maestría en Seguridad y Defensa, a realizarse en el Instituto de Altos Estudios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 1 de agosto de 2013 al 31 de agosto de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del referido Ofi cial Superior, se ha tenido en cuenta sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa e hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 31 de agosto de 2014, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo Artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010;