Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2013 (28/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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2. El incumplimiento del monto de inversion, contemplado en la Clausula MORDAZA del presente Contrato. 3. La resolucion del CONTRATO DE CONCESION (solo aplicable si el inversionista es concesionario al MORDAZA de leyes sectoriales), (solo aplicable para inversionistas que tuvieran derecho a acogerse tanto al Regimen Especial de Recuperacion Anticipada, aprobado por Decreto Legislativo Nº 973, y al Reintegro Tributario establecido por la Ley Nº 28754) CLAUSULA XXX.- El inicio de las operaciones productivas, segun lo definido en el articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 973, MORDAZA del cumplimiento del plazo minimo a que se refiere el inciso b) del numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, constituira el goce indebido del Regimen Especial de Recuperacion Anticipada, manteniendo el presente Contrato su validez unicamente respecto del beneficio previsto en la Ley Nº 28754 (solo aplicable para inversionistas que tuvieran derecho a acogerse tanto al Regimen Especial de Recuperacion Anticipada, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 973, y al Reintegro Tributario establecido por la Ley Nº 28754) CLAUSULA SEXTA.- Cualquier litigio, controversia o reclamacion, relativa a la interpretacion, ejecucion o validez del presente Convenio, sera resuelta mediante arbitraje de derecho. El arbitraje se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, mediante la constitucion de un Tribunal Arbitral conformado por tres miembros, de los cuales cada una de las partes nombrara a uno y los dos arbitros asi designados nombraran al tercer arbitro. Los arbitros quedan expresamente facultados para determinar la controversia materia del arbitraje. Si una parte no nombra arbitro dentro de los diez (10) dias de recibido el requerimiento de la parte o partes que soliciten el arbitraje o si dentro de un plazo igualmente de diez (10) dias, contado a partir del nombramiento del ultimo arbitro por las partes, los dos arbitros no consiguen ponerse de acuerdo sobre el tercer arbitro, la designacion del arbitro faltante sera hecha, a peticion de cualquiera de las partes por la Camara de Comercio de Lima. El plazo de duracion del MORDAZA arbitral no debera exceder de sesenta (60) dias habiles, contado desde la fecha de designacion del ultimo arbitro y se regira por lo dispuesto en la Ley General de Arbitraje, aprobada por Ley Nº 26572 y/o las normas que la sustituyan o modifiquen. Los gastos que se generen por la aplicacion de lo pactado en la presente Clausula seran sufragados por las partes contratantes en igual medida. CLAUSULA SETIMA.- El INVERSIONISTA senala como su domicilio el indicado en la introduccion del presente contrato, donde se le considerara siempre presente. Los avisos y notificaciones dirigidas al domicilio indicado se tendran por bien hechas. Cualquier cambio de domicilio debera notificarse por escrito con una anticipacion de diez (10) dias calendario. Las comunicaciones o notificaciones que se cursen MORDAZA de tomar conocimiento del MORDAZA domicilio, surtiran efecto en el domicilio anterior. En senal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en tres copias de igual contenido, en ......, a los ...... de ....... de ...... Por el INVERSIONISTA Por el ESTADO .................................. Por ..... ........................................ Por PROINVERSION "

El Peruano MORDAZA 28 de MORDAZA de 2013

"Articulo 15º.- De los requisitos para las solicitudes de suscripcion de Adendas de Modificacion de los Contratos de Inversion 15.1 Los Beneficiarios presentaran ante PROINVERSION, una solicitud para la suscripcion de la Adenda de Modificacion de Contrato de Inversion y para la modificacion de la Resolucion Ministerial que los califico para el goce del Regimen, acompanando el Formulario establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de PROINVERSION. 15.2 Para estos efectos, el Beneficiario debera anexar a la solicitud, lo siguiente: a) Cronograma y monto propuesto de las inversiones requeridas para la ejecucion del proyecto, en etapas, tramos o similares, y, el periodo de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y caracteristicas de dichos conceptos. Los montos deberan encontrarse detallados en forma mensual, ajustados sin decimales. El cronograma debera presentarse en forma impresa y en version digital en formato Excel. b) En los casos que corresponda, MORDAZA de la Adenda del Contrato Sectorial o modificacion de la autorizacion del Sector, o en su defecto, MORDAZA de la correspondiente solicitud en tramite. c) Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario para suscribir la Adenda solicitada. 15.3 En aquellos casos en que conjuntamente con la solicitud para la suscripcion de la Adenda de Modificacion de Contrato de Inversion y para la modificacion de la Resolucion Ministerial se solicite la ampliacion de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construccion, se debera presentar, adicionalmente a los requisitos indicados en el numeral precedente, la nueva lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicandose la subpartida nacional vigente y su correlacion con la Clasificacion segun Uso o Destino Economico (CUODE) en cada caso, asi como la nueva lista de servicios y contratos de construccion, sustentandose su vinculacion con el proyecto. Las listas deberan presentarse en forma impresa y en version digital en formato Excel." "Articulo 16º.- Del procedimiento aplicable para la tramitacion de las solicitudes de Adendas de Modificacion de los Contratos de Inversion Las solicitudes para la suscripcion de Adendas de Modificacion de Contratos de Inversion deberan ser presentadas ante PROINVERSION, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversion, siendo este el establecido en el Contrato para el cumplimiento del compromiso de inversion, y, seran tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripcion del Contrato de Inversion. Una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversion por el Sector correspondiente y PROINVERSION, el Sector emitira la Resolucion Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles." "Articulo 17º.- De los efectos de la aprobacion de las solicitudes sobre suscripcion de Adendas de Modificacion de los Contratos de Inversion Los efectos de la aprobacion de las solicitudes presentadas sobre suscripcion de Adendas de Modificacion de Contratos de Inversion se retrotraeran a la fecha de MORDAZA de la solicitud o a la fecha de vigencia de la adenda del correspondiente contrato sectorial o modificacion de la autorizacion del Sector, segun corresponda, debiendo quedar MORDAZA de ello en la adenda respectiva."

Articulo 2º.- Incorporaciones Incorporese el numeral 4.10 del Articulo 4º, el Articulo 15º, el Articulo 16º, el Articulo 17º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 096-2011-EF, en los siguientes terminos: "Articulo 4º.- Del tramite correspondiente para acogerse al Regimen (...) 4.10 PROINVERSION periodicamente debera informar a su Consejo Directivo sobre el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente articulo."

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo sera de aplicacion a los expedientes que se encuentren en tramite y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA no hubieren concluido el procedimiento de suscripcion del Contrato de Inversion a que se refiere el articulo 4° del Reglamento del Decreto

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