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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (02/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Domingo 2 de junio de 2013 496360 conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Luis Fernández Wendell, Analista Principal de Regulación del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 10 al 14 de junio de 2013, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,070.24 Viáticos US$ 800.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 943353-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Modifican el nombre Mancomunidad Regional de Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca por “Mancomunidad Regional Del Qhapaq Ñan Nor Amazónico” ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2013-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 5 de marzo del 2013, el dictamen del proyecto de ordenanza regional relativo a modifi car el nombre de la Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca por el de Mancomunidad Regional del Qhapaq Ñan Nor Amazónico” CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y al Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo prescrito en el Artículo 38º de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”. Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 011-2011-GR- LL/CR se declara la voluntad del Gobierno Regional de La Libertad constituir la Mancomunidad Regional Amazonas- San Martín-La Libertad-Cajamarca. Que, con fecha 4 de diciembre del 2011, los Presidentes Regionales de Amazonas, San Martín, La Libertad y Cajamarca, suscriben el Acta de Creación de la Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 007-2012- GR-LL/CR se aprueba el Estatuto de la Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca. Que, con fecha 20 de noviembre de 2012, en la ciudad de Chachapoyas, se desarrolló la VIII Asamblea de La Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca, entre otros, se acordó: Aprobar que a partir de la fecha, la Mancomunidad Regional Amazonas, San Martin, La Libertad Cajamarca lleve el nombre de: Mancomunidad Regional Del Qhapaq Ñan Nor Amazónico. Que, el día 31 de enero del 2013, se publica en el Boletín del Diario Ofi cial “El Peruano”, el Acta de Creación de la Mancomunidad Regional. Que, en cumplimiento de lo acordado en la referida Asamblea de la Mancomunidad Regional es pertinente que mediante Ordenanza Regional se modifi que del nombre de la Mancomunidad Regional por el de Mancomunidad Regional Del Qhapaq Ñan Nor Amazónico. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- MODIFICAR el nombre la Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca por el de: “Mancomunidad Regional Del Qhapaq Ñan Nor Amazónico”; conforme a lo acordado en la VIII Asamblea de la Mancomunidad Regional, realizada en la ciudad de Chachapoyas el día 20 de noviembre del 2012. Artículo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional; así como, se inscriba ante la Secretaria de Descentralización de la Presidencia de Consejo Ministros, la actual denominación de la Mancomunidad Regional: “Mancomunidad Regional Del Qhapaq Ñan Nor Amazónico”. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil trece. LUIS AGUSTÍN SOLANO ARROYO Presidente AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 944445-1