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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (02/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Domingo 2 de junio de 2013 496352 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen la exclusión de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Corporación Misti S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 051-2013-SMV/11.1 Lima, 22 de mayo de 2013 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El Expediente N° 2013015570, así como el Informe Interno N° 517-2013-SMV/11.1 del 22 de mayo de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 29 de abril de 2013, Corporación Misti S.A., con el respaldo de la totalidad de sus accionistas, solicitó a través del Sistema de Ventanilla Única a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV la exclusión de sus acciones comunes representativas del capital social con derecho a voto del Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, de la evaluación realizada en el marco del trámite al que se contrae la presente Resolución, se ha verifi cado que, mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 020- 2007-EF/94.06.3, del 09 de julio de 2007, se inscribieron en el Registro Público del Mercado de Valores las acciones comunes representativas del capital social con derecho a voto de Corporación Misti S.A. y se emitió un pronunciamiento favorable sobre su inscripción en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, al respecto, el artículo 37º, inciso a), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y el artículo 19º, inciso 19.1 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modifi catorias, establecen que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores a solicitud del emisor cuando la inscripción de dicho valor se haya llevado a cabo por su propia voluntad; Que, de la evaluación realizada a la documentación sustentatoria de la solicitud de Corporación Misti S.A., se ha verifi cado que en Junta General de Accionistas celebrada el 15 de abril de 2013, la totalidad de los accionistas de dicha empresa acordaron aprobar la exclusión de sus acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como del Registro Público del Mercado de Valores a cargo de esta Superintendencia; Que, de otro lado, el artículo 38° de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32° del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, dispone que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Corporación Misti S.A., se encuentra dentro de la causal de excepción para la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada por el artículo 37, inciso c), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV N° 009-2006-EF/94.10 y el artículo 19º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; Que, el artículo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas mediante Resolución N° 073-2004- EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los artículos 19 y 20º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa y por el artículo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la exclusión de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Corporación Misti S.A. del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores a los que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 3º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Corporación Misti S.A. en su calidad de emisor, a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese, ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 941626-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de funcionario, para participar en evento a llevarse a cabo en Inglaterra RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 039-2013-BCRP Lima, 20 de mayo de 2013 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitación de Morgan Stanley para participar en la Offi cial Institutions Conference, a realizarse en la ciudad de Londres, Inglaterra, entre el 9 y el 14 de junio del año en curso; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; Para el cumplimiento del anterior considerando, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos administrar efi cientemente las reservas internacionales y velar por el fi el cumplimiento de las obligaciones externas del Banco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 2 de mayo de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Alexei Alvarez Drobush, Especialista en Mercados Monetarios de la Gerencia de Operaciones Internacionales,