Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2013 (06/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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En este contexto, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en aplicacion de los principios del debido procedimiento administrativo debio requerir la actuacion de los medios probatorios necesarios para evaluar si concurren los elementos que configuran la causal de vacancia alegada por el solicitante. 10. Al respecto, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA no agoto los medios disponibles, a efectos de dilucidar la existencia de un conflicto de intereses, esto es, si el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA amplio el contrato de concesion con el sindicato para obtener un beneficio personal, afectando bienes municipales. En efecto, el concejo municipal debio solicitar informes a las areas correspondientes para establecer si la ampliacion del plazo del contrato fue hecha en condiciones de desventaja para la entidad MORDAZA, y si se pago el monto establecido para la concesion. 11. En relacion con el alquiler de los servicios higienicos del tercer sector, que se habria realizado con la hermana de un trabajador designado por el MORDAZA, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de adoptar una decision debio requirio medios probatorios que acreditaran la existencia de una relacion entre el referido MORDAZA y la arrendataria Yudi MORDAZA MORDAZA MORDAZA (por intermedio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez), a quien supuestamente se habria alquilado los servicios higienicos para beneficio del MORDAZA, para lo cual el concejo municipal debio recabar las partidas de nacimiento de Yudi MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para determinar, en primer termino, el supuesto parentesco entre ambos, y de ser el caso, establecer el supuesto vinculo con el alcalde. 12. Por ello, para asegurar que los hechos imputados y los medios probatorios que obren en el expediente MORDAZA analizados y valorados, al menos en dos instancias ­el concejo municipal, como instancia administrativa, y el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, como instancia jurisdiccional­, y porque, segun se ha expuesto en los considerandos precedentes, el Concejo Distrital de Pangoa no ha respetado los principios de impulso de oficio y verdad material en el desarrollo del presente procedimiento, este Supremo Tribunal Electoral considera necesario declarar la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 0592012-MDJLO, y todo lo actuado hasta la MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia formulada por MORDAZA Castaneda Hernandez. 13. Como consecuencia de la nulidad declarada en el presente expediente, es necesario precisar que el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de convocar a la sesion extraordinaria en la que, respetando los plazos previstos en el articulo 23 de la LOM (treinta dias habiles), resuelva la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra del MORDAZA, proceda de la siguiente manera: a. Debatir y analizar si las inasistencias de MORDAZA MORDAZA MORDAZA hacen referencia a hechos exteriores realizados por la autoridad MORDAZA, o si estas ausencias solo estan sustentadas en la alegacion generica de una comision de servicios dispuesta por resolucion de alcaldia. b. Evaluar la MORDAZA del correo en el que se precisa que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no reporta ingreso, el dia 21 de febrero de 2012, a la sede de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 551), asi como los demas documentos que las partes aporten y que MORDAZA determinantes para esclarecer el cuestionamiento formulado contra la MORDAZA emitida por el congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Teixeira. Sin perjuicio de que el concejo municipal actue otros medios de prueba que estime pertinentes para verificar plenamente la veracidad de los hechos que sirven de motivo a sus decisiones. c. Requiera al organo o funcionario competente de la municipalidad, un informe en el que se precise si la ampliacion del plazo del contrato de concesion y el contrato de arrendamiento fueron celebrados en condiciones de desventaja para la entidad MORDAZA, y si se pagaron los montos ahi establecidos. d. Recabe las partidas de nacimiento de Yudi MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para determinar, en primer termino, el supuesto parentesco entre ambos, y de ser el caso actue los medios de prueba

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013

que le permitan establecer el supuesto vinculo con el alcalde. Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma al solicitante y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes. De la misma manera, debera correrse traslado con los referidos informes a todos los integrantes del concejo municipal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 059-2012-MDJLO, que declaro improcedente la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numerales 7 y 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que en el plazo de treinta dias vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia, teniendo en consideracion lo expuesto en la presente resolucion, bajo apercibimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial correspondiente, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 946373-2

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Disponen publicar relacion de postulantes que aprobaron MORDAZA de seleccion para cubrir vacantes para el cargo de Administrador de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales
RESOLUCION JEFATURAL N° 133-2013-J/ONPE MORDAZA, 5 de junio 2013 VISTOS: El Acta N° 019-2013-CPSJACLV ODPE NEM/ CPR MORDAZA 2013 y anexos de la Comision de Seleccion de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, conformadas para las Nuevas Elecciones Municipales y MORDAZA Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de MORDAZA 2013; asi como el Informe N° 156-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y,

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