Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2013 (08/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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CONSIDERANDO: Que, EDPYME Nueva Vision S.A. ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de una (01) oficina especial ubicada en el departamento de Cusco; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfmanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion N° 775-2008 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009 y Memorando N° 393-2013-SABM; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la EDPYME Nueva Vision S.A. la apertura de una (01) oficina especial ubicada en la Esquina Plaza de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA s/n, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microflnanzas (a.i.) 946984-1

El Peruano Sabado 8 de junio de 2013

Modifican Procedimientos del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
RESOLUCION SBS N° 3457-2013 MORDAZA, 5 de junio del 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N°024-2013-DOC, relacionado con la modificacion de los procedimientos administrativos Nº 138, Nº 139, Nº 141 y Nº 142 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con "Derecho de Tramitacion"; Que, como consecuencia de modificar los procedimientos del MORDAZA 138), 139), 141) y 142) solicitados por la Unidad de Inteligencia Financiera como parte de la mejora continua que esta alineada con el Objetivo Estrategico Especifico "5.2 Mejorar, Estandarizar y Optimizar procesos orientados a la Simplificacion Administrativa y al Control Interno de la SBS", mediante las modificaciones presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru (UIF-Peru), se propone: i) La reduccion de los requisitos en los Procedimientos N° 138), N° 139) y N° 142); ii) La modificacion de los nombres de los precitados procedimientos; y, iii) La modificacion de la redaccion de los requisitos de los Procedimientos N° 138), N° 139), N° 141) y N° 142) del referido TUPA; Que, en efecto, los Procedimientos Nº 138) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las empresas que se encuentran comprendidas dentro de los parametros senalados en los incisos a) al e) del Art. 21 de la Resolucion SBS Nº 8382008"; Nº 139) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las sucursales de bancos extranjeros en el Peru"; y, Nº 142)

"Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento Corporativo aplicable a los sujetos obligados que se encuentran supervisados por la SBS en materia de MORDAZA de Activos y Financiamiento del Terrorismo, a traves de la UIF-Peru", disminuiran los requisitos de sus procedimientos, con el objeto de simplificar su tramitacion; Que, asimismo, en los Procedimientos N° 138) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las empresas que se encuentran comprendidas dentro de los parametros senalados en los incisos a) al e) del Art. 21 de la Resolucion SBS Nº 838-2008"; N° 139) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las sucursales de bancos extranjeros en el Peru"; N° 141) "Solicitud para los sujetos obligados comprendidos en el alcance de la Resolucion SBS Nº 838-2008 y modificatorias de la obligacion de contar con el Registro de Operaciones"; y, N° 142) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento Corporativo aplicable a los sujetos obligados que se encuentran supervisados por la SBS en materia de MORDAZA de Activos y Financiamiento del Terrorismo, a traves de la UIF-Peru", se adecuaran los requisitos exigidos en dichos procedimientos a la normatividad vigente, modificandose el nombre de los mismos, para un mejor entendimiento de los sujetos obligados respecto a la sumilla de la solicitud; Que, corresponde a esta Superintendencia, conforme a la autonomia funcional que le confiere el articulo 346° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias y al articulo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) institucional; y; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los Procedimientos Nº 138) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las empresas que se encuentran comprendidas dentro de los parametros senalados en los incisos a) al e) del Art. 21 de la Resolucion SBS Nº 838-2008"; Nº 139) "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicacion no Exclusiva aplicable a las sucursales de bancos extranjeros en el Peru"; Nº 141) "Solicitud para excluir a los sujetos obligados comprendidos en el alcance de la Resolucion SBS Nº 8382008 y modificatorias de la obligacion de contar con el Registro de Operaciones"; y, Nº 142 "Solicitud para contar con un Oficial de Cumplimiento Corporativo aplicable a los sujetos obligados que se encuentran supervisados por la SBS en materia de MORDAZA de Activos y Financiamiento del Terrorismo, a traves de la UIF-Peru" del MORDAZA de esta Superintendencia, cuyos textos se anexan a la presente Resolucion y se publican de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional www.sbs.gob.pe). Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 947217-1

Autorizan viajes de funcionarios a Noruega, MORDAZA, Espana y Mexico, en comision de servicios
RESOLUCION SBS N° 3488-2013 MORDAZA, 6 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

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