TEXTO PAGINA: 14
El Peruano Viernes 14 de junio de 2013 497100 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 069-2013-PROMPERÚ/PCD Lima, 06 de junio de 2013 Visto el Memorándum N° 146-2013-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Dirección de Imagen País de PROMPERÚ, tiene como objetivo diseñar, y proponer las políticas y estrategias de promoción de la Marca Perú y entre sus funciones promover, conducir y fomentar la integración entre las diversas instituciones públicas y privadas a nivel nacional e internacional, incentivando la inclusión de la Marca País como estrategia de marketing en los productos y/o servicios que brindan, conforme lo disponen los literales a) y h) del artículo 59B del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007- MINCETUR modifi cado por Decreto Supremo N° 014- 2010-MINCETUR; Que, la Marca Perú es una herramienta que tiene como objetivo ayudar a diferenciarnos de otros países de la región y del mundo, potenciando la promoción del turismo, aumentando la competitividad de nuestros productos de exportación e incrementando el fl ujo de capitales de inversión; Que, como parte de las acciones de la Dirección de Promoción de Imagen País, PROMPERÚ ha previsto realizar la actividad “Inspección de Nuevas Herramientas Online de Promoción de marca país en España”, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 18 al 21 de junio de 2013, con el objetivo de recoger información y conocimiento del mercado español en las nuevas plataformas digitales, analizar las necesidades y tendencias del consumidor digital respecto de las actividades de promoción de imagen país, así como las estrategias de los países competidores, con la fi nalidad de poder replicarlo en la institución, mediante el desarrollo e implementación de estas nuevas herramientas en benefi cio de la promoción de la imagen país; Que, el benchmarking es una herramienta basada en el proceso sistemático y continuo que usan las organizaciones para evaluar comparativamente los productos, servicios y procesos de trabajo en otras instituciones con la fi nalidad de adquirir el conocimiento de las mejores prácticas para ser replicadas en la institución; Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de Imagen País, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Mónica Harumi Konno Nishimura, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción de imagen país; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Mónica Harumi Konno Nishimura, a ciudad de Madrid, Reino de España, del 17 al 23 de junio de 2013, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones en benefi cio de la promoción de la imagen país, durante la actividad mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US $ 540,00 x 5 días) : US $ 2 700,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 630,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Mónica Harumi Konno Nishimura, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la actividad que realizará; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 949267-4 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2013-DE/SG Lima, 13 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 410 del 23 de mayo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-2157 del 10 de junio de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 14 al 21 de junio de 2013, a fi n de participar en una reunión ofi cial con personal de la Fuerza de Operaciones Especiales de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,