Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2013 (14/06/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 14 de junio de 2013

497101
dia 14 de junio de 2013, a fin que participen en el "Taller de Capacitacion Binacional sobre control de MORDAZA, municiones y explosivos", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Piura. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Capitan de Corbeta Capitan Capitan Capitan Capitan Suboficial Primera MORDAZA Primero MORDAZA Primero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VITERI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dilon MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Conforme MORDAZA MORDAZA GUALPA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUGEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cando Klever MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 14 al 21 de junio de 2013, a fin que participen en una reunion oficial con personal de la Fuerza de Operaciones Especiales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 1. MORDAZA Primero MORDAZA JANCO 2. MORDAZA Primero Mike LUTZ 3. Tecnico Jay ALIASON Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 950263-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 482-2013-DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 475 del 12 de junio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1164-2013-VPD/B/b del 12 de junio de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, el 14 de junio de 2013, a fin de participar en el "Taller de Capacitacion Binacional sobre control de MORDAZA, municiones y explosivos" que se llevara a cabo en la MORDAZA de Piura; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica del Ecuador detallado a continuacion, el

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 950263-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 483-2013-DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 453 del 5 de junio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1161-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 11 de junio de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 15 al 19 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en la "Conferencia Multilateral sobre Justicia Militar"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.