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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (18/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Martes 18 de junio de 2013 497339 del Ministerio del Ambiente, promover la investigación científi ca, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios; Que, los literales a) y b) del artículo 42° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, establece como funciones de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, proponer las prioridades para la investigación, innovación y desarrollo tecnológico en materia ambiental, e integrar y fortalecer las acciones en esta materia de las entidades competentes del sector público y privado, con el objeto de proporcionar apoyo científi co y técnico a los diferentes organismos y a la sociedad civil; así como fomentar la investigación, recuperación y transferencia de los conocimientos y las tecnologías tradicionales como expresión de la cultura nacional y manejo de los recursos naturales; Que, en el ejercicio de las citadas funciones se ha elaborado la Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021, la cual establece las líneas estratégicas a seguir para promover e impulsar la investigación ambiental en el país, constituyéndose en el instrumento que guie las acciones para la implementación de un sistema que promueva, de manera activa y permanente, procesos de investigación ambiental; asimismo, defi ne las áreas temáticas y líneas de investigación a priorizar de acuerdo a las necesidades de información y conocimiento, sobre los cuales deberán desarrollarse las futuras investigaciones que en materia ambiental se lleven a cabo, articulando la oferta científi ca con las necesidades del sector ambiental; Que, la Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021 ha sido materia de un proceso participativo de coordinación y consulta con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en su calidad de organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – SINACYT, las universidades del país, los centros de investigación y los organismos adscritos del Ministerio del Ambiente, a fi n de contar con un instrumento que permita articular la investigación y la innovación ambiental nacional y oriente la toma de decisiones en materia ambiental; Que, asimismo, para la elaboración de la Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, se ha tenido en cuenta las recomendaciones formuladas por la Comisión Consultiva dependiente del Ministerio de Educación, creada mediante Resolución Suprema 038-2011-ED, la cual cuenta como una de sus funciones la revisión del marco normativo e institucional del desarrollo de la ciencia, tecnología, innovación y competitividad en el país; así como por la Comisión Multisectorial encargada de diseñar y elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a la mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas, creada mediante Resolución Suprema Nº 189-2012-PCM; Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM, la citada propuesta ha sido sometida a consulta y participación ciudadana, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios; por lo que resulta necesario aprobar la citada Agenda de Investigación Ambiental 2013 - 2021; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley de Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Supremo N° 007- 2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Agenda de Investigación Ambiental 2013 – 2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La Dirección General de Investigación e Información Ambiental, en el marco de sus funciones y competencias, se encargará de promover y coordinar la implementación de la Agenda de Investigación Ambiental 2013-2021. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. La presente Resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 951342-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo “Mesa de Diálogo para el Desarrollo de la provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 178-2013-MINAM Lima, 17 de junio de 2013 Visto, el Informe N° 038-2013-MINAM-SEG-OAAS de fecha 06 de junio de 2013, del Jefe de la ofi cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 139-2013- PCM, publicada el 04 de junio de 2013, se conformó el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Desarrollo de la provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, con la fi nalidad de promover el desarrollo integral de la citada provincia y apoyar en la implementación de los proyectos de desarrollo y ejecución de obras que presenten la autoridad distrital, provincial y/o regional; Que, el artículo 2° de la citada Resolución Ministerial, establece que el Grupo de Trabajo estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, de acuerdo al artículo 3° de la precitada resolución, la designación de los representantes titular y alterno, se realizará mediante resolución del Titular de la entidad a la que pertenecen, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicación del citado dispositivo; por lo que, estando al documento de visto, resulta nnecesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Desarrollo de la provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones, y la Resolución Ministerial N° 139-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Desarrollo de la provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad”, conformado mediante Resolución Ministerial N° 139-2013-PCM, según detalle siguiente: - Sr. Carlos Eduardo Chirinos Arrieta, Jefe de la Ofi cina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales; representante Titular.