TEXTO PAGINA: 17
El Peruano Martes 18 de junio de 2013 497343 de alto costo a talleres de reconocido prestigio; por ello es necesario trasmitir la confi anza en la capacidad que ostenta el SEMAN; Que, el personal del SEMAN con la fi nalidad de poder realizar los distintos trabajos certifi cados por las autoridades aeronáuticas, debe estar constantemente actualizado y entrenado, para lo cual debe participar en cursos dictados por academias con licencia de la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA), y que permitan ampliar sus capacidades tecnológicas a la par con los avances de la tecnología moderna; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Los Ángeles, Estado de California – Estados Unidos de América, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el curso “Entrenamiento de Operación y Mantenimiento de Máquinas para Ensamblaje y Prueba de Mangueras de Aviación”, del 18 al 21 de junio de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada Misión de Estudios ha sido incluida en el ítem 29 del rubro 2.-Entrenamiento/Técnico/Pasantías, del Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Los Ángeles, Estado de California – Estados Unidos de América, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el curso “Entrenamiento de Operación y Mantenimiento de Máquinas para Ensamblaje y Prueba de Mangueras de Aviación”, del 18 al 21 de junio de 2013: Técnico Inspector FAP ELIAS GUILLERMO RIVAS REYES NSA: S-60350782 DNI: 43329895 Subofi cial de 3ra. FAP DAVID MAMANI CURO NSA: S-17196206 DNI: 45311232 Subofi cial de 3ra. FAP FRANCISCO ADAN VILLEGAS CALMET NSA: S-61055710 DNI: 70590529 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- ciudad de Los Ángeles (Estados Unidos de América) -Lima US $ 1,723.00 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 5,169.00 Viáticos: US $ 220.00 x 04 días x 03 personas = US $ 2,640.00 Total a pagar = US $ 7,809.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 951518-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 285-2013-DE/FAP Lima, 17 de junio de 2013 Visto el Ofi cio NC-50-SMUE-Nº 0503 de fecha 15 de abril de 2013 del Comandante del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-50-MAOP-Nº 1135 de fecha 18 de abril de 2013 del Comandante de Material de la Fuerza Aéra del Perú; CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú (SEMAN), se encuentra certifi cado por la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA) desde el año 1988, para la realización de trabajos de mantenimiento de aeronaves, motores, radio, instrumentos y pruebas no destructivas (NDT); además de ello posee otras certifi caciones similares de organizaciones como la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC-PERÚ) y otras autoridades aeronáuticas latinoamericanas; Que, las actividades comerciales del SEMAN se basan en la captación de clientes locales y extranjeros, los cuales confían el mantenimiento de sus aeronaves de alto costo a talleres de reconocido prestigio; por ello es necesario trasmitir la confi anza en la capacidad que ostenta el SEMAN; Que, el personal del SEMAN con la fi nalidad de poder realizar los distintos trabajos certifi cados por las autoridades aeronáuticas, debe estar constantemente actualizado y entrenado, para lo cual debe participar en cursos dictados por academias con licencia de la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA), y que permitan ampliar sus capacidades tecnológicas a la par con los avances de la tecnología moderna; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Miami, Estado de Florida – Estados Unidos América, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el curso “Inspección y Mantenimiento de la Zona Caliente del Motor PT-6”, del 18 al 21 de junio de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada Misión de Estudios ha sido incluida en el ítem 30 del rubro 2.-Entrenamiento/Técnico/Pasantías, del Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013;