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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (18/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Martes 18 de junio de 2013 497351 Artículo 4º.- El tercer párrafo del inciso h), numeral 1, literal A.2 de la sección VII del procedimiento general “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236- 2008/SUNAT/A y modifi catorias, será de aplicación a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera. Artículo 5°.- Modifíquense los incisos b) y e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 539-2012/SUNAT/A, por el texto siguiente: “b) El piso del local establecido en el inciso b), numeral 1, literal A.2, sección VII del procedimiento INTA-PG.24, será exigible a partir del 20.12.2014, sin perjuicio de lo dispuesto en el literal a) de la presente Disposición Complementaria Transitoria. (…) e) Las disposiciones establecidas en el inciso h), numeral 1, literal A.2 de la sección VII y Anexo 18 del procedimiento INTA-PG.24, serán de aplicación a partir del 18.10.2013, con excepción de lo dispuesto en el tercer párrafo del referido inciso, el cual entrará en vigencia a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera.” Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL GARCIA MELGAR Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 951445-1 Modifican la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 196-2013/SUNAT Lima, 17 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que el numeral 16.2 del artículo 16° de la referida Ley, establece que las Entidades Públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad cuya función es indelegable; Que por intermedio de la Resolución de Superintendencia Nº 291-2012/SUNAT se constituyó el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – GTGRD – SUNAT; Que mediante Decretos Supremos N.os 029-2012-EF, 259-2012-EF y 016-2013-EF se modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, creándose diversos órganos y unidades orgánicas dentro de la estructura de la SUNAT; Que en ese sentido, resulta necesario modifi car la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la SUNAT, de acuerdo con la nueva estructura orgánica de la SUNAT; Que asimismo, se ha estimado conveniente modifi car el funcionario integrante del referido Grupo de Trabajo en el cual recaerá la Secretaría Técnica; En uso de las facultades conferidas por el literal u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – GTGRD – SUNAT, constituido mediante la Resolución de Superintendencia Nº 291- 2012/SUNAT, el cual estará integrado por los funcionarios siguientes: - Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, quien lo presidirá. - Superintendente Nacional Adjunto de Administración Interna. - Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario. - Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente. - Intendente Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados. - Intendente Nacional de Técnica Aduanera. - Intendente Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera. - Intendente Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento. - Intendente Nacional de Administración. - Intendente Nacional de Finanzas y Patrimonio. - Jefe de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Artículo 2°.- Disponer se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 951446-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen ejecutar acuerdo que dispuso la conformación de Comisión de Trabajo para analizar la problemática y formulación de acciones y propuestas para la nivelación de las remuneraciones de los Jueces del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 055-2013-P-CE-PJ Lima, 27 de mayo de 2013