Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

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Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 382-2011MIMDES de fecha 24 de octubre de 2011, entre otros, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa (e) de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Secretaria General del MIMP, como funcionaria responsable de entregar informacion publica; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionaria responsable de entregar informacion publica y designar al MORDAZA responsable de entregar dicha informacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica cuyo Texto Unico Ordenado fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionaria responsable de brindar la informacion publica solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del MIMP, efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 382-2011-MIMDES. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como responsable de brindar la informacion publica solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del MIMP, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

MORDAZA MORDAZA Ponze MORDAZA como Notario Publico del distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de Lima. Articulo 2º.- Disponer la reubicacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze MORDAZA, a la plaza notarial del distrito de Miraflores, en cumplimiento de la Resolucion Nº 23, de fecha 04 de junio de 2013, en tanto la misma no sea revocada. Articulo 3º.- Nombrar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze MORDAZA como Notario Publico del distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, debiendo expedirse el Titulo correspondiente. Articulo 4º.- Reservar la plaza vacante del distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, de conformidad con la Resolucion Nº 23, de fecha 04 de junio de 2013, expedida por el Primer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la reserva de la plaza del distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, dispuesto por el Consejo del Notariado a traves del Acuerdo Nº 055-2013-JUS/CN adoptado en la Acta de Sesion Extraordinaria Nº 020-2013, celebrada el 13 de junio de 2013, para la reubicacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponze, conforme a lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Disponer que el Consejo del Notariado, el Colegio de Notarios de MORDAZA y el Colegio de Notarios de MORDAZA, ejecuten los actos administrativos complementarios para el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos

955137-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan responsable de brindar informacion publica solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del MIMP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2013-MIMP
MORDAZA, 24 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad, salvo que se trate de informacion calificada como secreta, reservada o confidencial; Que, el articulo 3 del citado Texto Unico Ordenado establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley estan sometidas al MORDAZA de publicidad, que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las Entidades de la Administracion Publica, y que dichas entidades tienen la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas, en aplicacion del MORDAZA de publicidad, del mismo modo, la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada;

954736-1

PRODUCE
Autorizan continuacion de actividad extractiva del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA realizada con embarcaciones pesqueras de mayor escala, menor escala y artesanales en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2013-PRODUCE
MORDAZA, 25 de junio de 2013 VISTOS:El Oficio Nº PCD-100-345-2013-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; el Informe Nº 121-2013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 0392013-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, en su articulo 2 establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion; en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley en su articulo 9, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible,

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