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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2013 (01/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de marzo de 2013 489882 FUERO MILITAR POLICIAL Proclaman Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial para el período 2013-2015, y por ende, Presidente del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 005-2013-FMP/CE/SG Lima, 22 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada Ley, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que: “El Presidente del Consejo Ejecutivo preside el Fuero Militar Policial. Es elegido por los miembros del Consejo Ejecutivo entre los Vocales Supremos Titulares de la Sala Suprema Revisora o el Fiscal Supremo Titular ante dicha Sala. Ejerce el cargo por un periodo de dos años y puede ser reelegido, por única vez, por un periodo igual. (…)”.; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2013- DE de fecha 19 de enero del 2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de enero del 2013, se resolvió cesar a partir de la fecha en el cargo de Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial al señor Contralmirante AP (R) Carlos Enrique Mesa Angosto; Que, en sesión de fecha 21 de enero del 2013, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó, por mayoría, elegir al General de Brigada EP (R) Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, para el periodo 2013 – 2015 y, por ende, como Presidente del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 23º, inciso 1) del Reglamento de la Ley Nº 29182, “Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial”; SE RESUELVE: Artículo Único.- Proclamar al General de Brigada EP (R) Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, como Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, para el periodo 2013 – 2015 y, por ende, como Presidente del Fuero Militar Policial. Regístrese, comuníquese y archívese. HUGO MANUEL POW SANG SOTELO Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 906073-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje a Japón de representantes de la Universidad Nacional de Ingeniería, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCION RECTORAL Nº 0259 Lima, 15 de febrero de 2013 Visto el Ofi cio Nº 61/CISMID-FIC/2013 del Centro Peruano – Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres – CISMID; CONSIDERANDO: Que, del 01 al 02 de marzo de 2013 el Instituto Tecnológico de Tokio, llevará a cabo en la ciudad de Tokio, la 10ma. Conferencia Internacional de Ingeniería Sísmica en Zonas Urbanas, que ofrece una plataforma no sólo para compartir intereses comunes y la nueva información y tecnologías en el campo de la ingeniería sísmica urbana, sino también difundir la investigación y los resultados educativos e implementar una red fortalecida en todo el mundo de Ingeniería Sísmica. La Conferencia contará con presentaciones técnicas sobre diversos temas relacionados con Ingeniería Sísmica Urbana, seguida por presentaciones temáticas en sesiones paralelas, por parte de científi cos, ingenieros, investigadores y planifi cadores de generaciones diversas; Que, el Director (e) del Centro Peruano – Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres – CISMID mediante el documento de la referencia, comunica al Rectorado que, el Instituto Tecnológico de Tokio ha formulado invitación al Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza, al Dr. Carlos Alberto Zavala Toledo, y la Ing. Patricia Isabel Gibu Yague, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería asistan a la 10ma. Conferencia Internacional de Ingeniería Sísmica en Zonas Urbanas, donde se presentarán las trabajos de investigación que muestran los avances del Proyecto SATREPS (Convenio JICA-JUS-UNI) que se desarrolla en el marco del Proyecto “Fortalecimiento de Tecnología para Mitigación de Desastres por Terremoto y Tsunami en el Perú”; asimismo, aprovechando el viaje participarán en reuniones de trabajo de sus respectivos grupos en el marco del Proyecto SATREPS, por lo que necesitarán llegar a la ciudad de Tokio días antes a la realización de la Conferencia; De conformidad con el artículo 50º, inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Tokio – Japón, del Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza del 25 de febrero al 03 de marzo de 2013, y del Dr. Carlos Alberto Zavala Toledo e Ing. Patricia Isabel Gibu Yague del 23 de febrero al 03 de marzo de 2013, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería asistan a la 10ma. Conferencia Internacional de Ingeniería Sísmica en Zonas Urbanas organizado por el Instituto Tecnológico de Tokio, y a su vez asistan a las reuniones de trabajo en el marco del Proyecto SATREPS. Artículo 2º.- Otorgar al Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza, Dr. Carlos Alberto Zavala Toledo e Ing. Patricia Isabel Gibu Yague, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en las actividades antes mencionadas, que serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados del Centro Peruano – Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres (CISMID), por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Nombres y Apellidos Fecha de Viaje Monto por Viáticos Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza 25 Feb. – 03 Mar. 07 días x $ 150= $ 1 050.00 Dr. Carlos Alberto Zavala Toledo 23 Feb. – 03 Mar. 09 días x $ 150= $ 1 350.00 Ing. Patricia Isabel Gibu Yague 23 Feb. – 03 Mar. 09 días x $ 100= $ 900.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará la rendición de las cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Centro Peruano – Japonés