Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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de Investigaciones Sismicas y Mitigacion de Desastres (CISMID). Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA ZALDIVAR MORDAZA Rector (e)

improcedente la solicitud de suspension del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber obtenido 7 votos a favor y 7 en contra. Esta decision se materializo en el Acuerdo de Concejo N° 101-2012/MVES. Consideraciones del apelante Con fecha 11 de octubre de 2012, el solicitante interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo N° 101-2012/MVES, bajo los mismos argumentos de la solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso, es determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, ha incurrido en la causal establecida en el articulo 25, numeral 4, de la LOM. CONSIDERANDOS 1. La suspension consiste en el alejamiento temporal del cargo de MORDAZA o regidor, por decision del concejo municipal, ante la constatacion de haber incurrido en alguna de las causales previstas por la ley. Asi, en MORDAZA, es la LOM la que establece cuales son los supuestos en los que el concejo municipal puede declarar la suspension del MORDAZA o regidor. En tal sentido, el articulo 25, numeral 4, de la LOM establece que el cargo de MORDAZA o regidor se suspende, entre otras razones, "por sancion impuesta por falta grave de acuerdo con el reglamento interno del concejo municipal" Ello quiere decir que el legislador deriva en la MORDAZA autoridad municipal respectiva dos competencias: tipificar las conductas consideradas como graves y determinar su acaecimiento por parte de algun miembro del concejo municipal. 2. Asi, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en reiterada jurisprudencia (Resoluciones N° 409-2009-JNE, 4852011-JNE, 680-2011-JNE, entre otras), ha establecido lo siguiente: a. Las faltas deben estar senaladas previamente en el RIC correspondiente (principios de legalidad y tipicidad). b. Su comision debe afectar principios y valores de la actuacion municipal (principio de lesividad). c. Debe existir relacion directa entre los miembros del concejo municipal a quienes se pretende sancionar y la conducta considerada (principio de culpabilidad). d. La conducta atribuida validamente debe subsumirse en aquella otra descrita de manera abstracta en el RIC. 3. En el caso concreto, se imputa al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber infringido el articulo 8, literal C), del RIC, aprobado por Ordenanza Municipal N° 233-MVES, de fecha 22 de febrero de 2011, que considera como causal de falta grave, para efectos del numeral 4) del articulo 25 de la Ley 27972, el denunciar sin pruebas a otro miembro del concejo excluyendo la opinion sobre indicios. Se alega que el mencionado regidor, conjuntamente con otras personas, el 20 de MORDAZA de 2011, habria denunciado sin pruebas, ante la Fiscalia Corporativa Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios de MORDAZA Sur, al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos de abuso de autoridad, nombramiento y aceptacion ilegal de cargo, incumplimiento de funciones, peculado y malversacion de fondos, precisando como hechos de su denuncia los acuerdos tomados en la sesion de concejo de fecha 25 de enero de 2011 (a la que no asistio el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores) y en la de 22 de febrero de 2011 (sobre cuyo punto 4 se abstuvo de votar). 4. De fojas 8 a 24, corre MORDAZA de la denuncia penal interpuesta por el Sindicato Unitario de Trabajadores Municipales de MORDAZA El MORDAZA - SUTRAMUVES, y por cuatro regidores del Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, entre ellos el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el MORDAZA y diez regidores, comprendiendo en esta al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos de abuso de autoridad, nombramiento y aceptacion ilegal de cargo, incumplimiento de funciones, peculado, malversacion de fondos, previstos en los articulos 376, 377, 381, 387 y 389 del Codigo Penal. Fundamentando dicha denuncia en el Acuerdo de Concejo de fecha 25 de enero de 2011, mediante el cual se aprobo la Ordenanza N° 277-MVES, que modifico el Cuadro de Asignacion de Personal CAP de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, y, en el Acuerdo de Concejo de 22 de

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MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1135-2012-JNE
Expediente N° J-2012-1362 MORDAZA EL MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, doce de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica el 12 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo N° 1012012/VMES, de fecha 26 de setiembre de 2012, que declaro improcedente la solicitud de suspension por treinta dias de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de suspension MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 3 de setiembre de 2012, solicito la suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 4, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por sancion impuesta por falta grave, de acuerdo al articulo 8, literal c) del Reglamento Interno del Concejo (en adelante RIC), alegando que la mencionada autoridad habria denunciado sin prueba alguna, ante la Fiscalia Corporativa Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos de abuso de autoridad, nombramiento y aceptacion ilegal de cargo, incumplimiento de funciones, peculado y malversacion de fondos, precisando como hechos de su denuncia los acuerdos tomados en la sesion de concejo de fecha 25 de enero de 2011 (a la que no asistio el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores), y en la de 22 de febrero de 2011 (donde se abstuvo de votar el mencionado regidor); infringiendo con estos hechos, el inciso c) del articulo 8 del RIC de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, que considera como falta grave "denunciar sin pruebas a otro miembro del concejo, excluyendo la opinion sobre indicios". Descargos del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA El regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito, de fecha 11 de diciembre de 2012, presento sus descargos sobre la base de los siguientes argumentos: a. Que el Oficio N° 928-2011-2da.FPM-VES-MP-FN, de fecha 24 de MORDAZA de 2012, acredita que la denuncia interpuesta ante la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA El MORDAZA, se encuentra en pleno desarrollo. b. Y que mediante Oficio N° 10271-DIRINCRI-DIVIDDMPDECOSUR, de fecha 6 de noviembre de 2012, remite el Atestado N° 2364-2012-DIRINCRI-DIVPIDDMP-DECOSUR a la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA El MORDAZA, con lo que acredita que la denuncia sigue en investigacion. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA En sesion ordinaria, de fecha 26 de setiembre de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA declaro

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