TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de marzo de 2013 489876 Que como consecuencia de lo mencionado en los considerandos precedentes se debe modifi car el Anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 057-2007/SUNAT a fi n de dejar sin efecto la designación de PROVIAS NACIONAL como administradora de peaje de las garitas de Camaná, Montalvo y Tomasiri y a la vez designar a la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A. en dicho rol; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se ha efectuado la prepublicación de la presente resolución debido a que el establecimiento de las administradoras de peaje que deberán cumplir con efectuar el cobro del depósito es potestad de la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en el último párrafo del numeral 5.1 del artículo 5° del TUO del Decreto Legislativo N.° 940 y a que el cambio de entidades que desempeñan el rol de administradoras de peaje de las garitas de Camaná, Montalvo y Tomasiri es consecuencia de la fi rma del contrato de concesión del Tramo Vial Desvío Quilca – Desvío Arequipa (Repartición) – Desvío Matarani – Desvío Moquegua – Desvío Ilo – Tacna – La Concordia, documento en el que se establece la obligación de entregar las citadas garitas a la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A. y que será esta entidad la que podrá hacer el cobro del peaje en las mismas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 5.1 del artículo 5° y el artículo 13° del TUO del Decreto Legislativo N.° 940, aprobado por Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y normas modifi catorias, el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modifi catorias, el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- EXCLUSIÓN Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORA DE GARITAS O PUNTOS DE PEAJE Exclúyase del Anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 057-2007/SUNAT al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, con RUC N.° 20503503639 como administradora de peaje de las garitas de Camaná, Montalvo y Tomasiri e inclúyase a la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A., con RUC N.° 20550033519 como nueva administradora de las mencionadas garitas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia el 2 marzo de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 906492-1 Encargan Funciones de Jefe de la Subdirección Académica del Instituto de Desarrollo Tributario y Aduanero RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 071-2013/SUNAT Lima, 28 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza, surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 314-2012/SUNAT se encargó, entre otros, a la señora Carmen Patricia Zegarra Cerna, en el cargo de confi anza de Jefe de la Subdirección Académica del Instituto de Desarrollo Tributario y Aduanero; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura a que se refi ere el considerando precedente y proceder a encargar a la persona que ocupará dicho cargo de confi anza; En uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N° 27594 y los incisos i) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 029-2012-EF, 259-2012-EF y 016-2013-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 1 de marzo de 2013, la encargatura de la señora Carmen Patricia Zegarra Cerna, en el cargo de confi anza de Jefe de la Subdirección Académica del Instituto de Desarrollo Tributario y Aduanero. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 1 de marzo de 2013, al señor Javier Sebastián Rosas Cuéllar, en el cargo de confi anza de Jefe de la Subdirección Académica del Instituto de Desarrollo Tributario y Aduanero, con retención de su cargo como Jefe de la Subdirección de Educación Virtual (e) de dicho Instituto. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 906494-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Designan Superintendente Adjunto del Despacho del Superintendente de la SUNASA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 030-2013-SUNASA/S Lima, 27 de febrero de 2013 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9° de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011-SA, ha previsto que el Despacho del Superintendente cuente con un Superintendente Adjunto para el cumplimiento de sus funciones; asimismo, los literales c), p), w) y aa) del artículo 10° del citado Reglamento, establecen, respectivamente, que el Superintendente organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de la SUNASA; designa, suspende o remueve al Superintendente Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y confi anza, de acuerdo a la normatividad aplicable; expide las resoluciones que