Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2013 (05/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de marzo de 2013

a) Revisar y calificar las solicitudes de inscripcion, renovacion, modificacion y cancelacion. b) Inscripcion de los Terceros en el Registro. c) Renovacion, modificacion y cancelacion del registro de los Terceros. d) Administrar y mantener actualizado el Registro. e) Expedir constancias de inscripcion, renovacion, modificacion y cancelacion que correspondan a las personas naturales o juridicas registradas como Terceros. f) Mantener, custodiar y administrar el archivo fisico de todas las solicitudes de inscripcion y documentacion presentada para el Registro. g) Efectuar las publicaciones relativas al Registro, en coordinacion con la Oficina de Comunicaciones y Atencion al Ciudadano, y la Oficina de Tecnologias de la Informacion, en el MORDAZA institucional (www.oefa.gob.pe). h) Otras acciones relacionadas con el Registro. 40.2 La Oficina de Administracion tiene a su cargo las siguientes obligaciones relacionadas con la contratacion de los Terceros: a) Suscribir los convenios de servicios entre los Terceros y el OEFA. b) Efectuar el pago de los honorarios por los servicios prestados por los Terceros, previo informe de conformidad emitido por el Organo de Linea solicitante. c) Otorgar a los Terceros inscritos en el Registro de Personas Naturales seleccionadas los viaticos por concepto de transporte, alojamiento y alimentacion que MORDAZA requeridos para el normal desarrollo de las acciones encargadas a los Terceros contratados. Articulo 41°.- Responsable de la seleccion de los Terceros 41.1 El Comite Permanente es el encargado de seleccionar al Tercero del Registro de Personas Naturales. 41.2 El Comite designado en las bases a que se refiere el Articulo 30° del presente Reglamento es el encargado de seleccionar al Tercero del Registro de Personas Juridicas, luego de convocar a concurso. Articulo 42°.- Plazo para la calificacion y publicacion de resultados La calificacion y comunicacion de resultados de inscripcion, renovacion, modificacion y cancelacion se realizaran en el plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles contado desde la recepcion de la solicitud correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El regimen regulado en el presente Reglamento no tiene naturaleza laboral. No existe vinculo laboral entre el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA y los Terceros. Segunda.- La Oficina de Tecnologias de la Informacion, en coordinacion con la Oficina de Administracion, tendra a su cargo la implementacion electronica del Registro. Tercera.- De acuerdo a lo indicado en el Informe N° 071-2011/DTN de la Direccion Tecnico Normativa del Organismo Supervision de las Contrataciones del Estado - OSCE, la seleccion de Terceros ya inscritos en el Registro de Personas Naturales y el concurso de Terceros ya inscritos en el Registro de Personas Juridicas deben ser publicados en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, aun cuando dichos procesos no se rijan por la normativa de contratacion publica. Cuarta.- La supervision de los Planes de Cierre y Planes de Abandono podra ser realizada a traves de Terceros que cuenten con experiencia en auditorias relacionadas con dicha funcion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Los terceros inscritos actualmente en el Registro deberan adecuar su inscripcion a lo dispuesto en el presente Reglamento en el plazo de treinta (30) dias habiles, contados a partir de su entrada en vigencia. Transcurrido dicho plazo sin haber realizado la adecuacion

correspondiente, se procedera a la cancelacion automatica del registro, sin perjuicio del derecho del Tercero de presentar una nueva solicitud de inscripcion en el Registro. Segunda.- Durante los primeros tres (3) anos de vigencia del presente Reglamento, respecto de los Terceros Supervisores en Pesqueria o Industria, se asignaran los niveles S-I, S-II y S-III con el cumplimiento de la mitad del tiempo de experiencia profesional senalado en sus Articulos 20° y 21°. 907598-1

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Disponen nueva conformacion de la Sala Civil Transitoria, Primera y MORDAZA MORDAZA de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 69-2013-P-PJ MORDAZA, 1 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Primero.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Organica del Poder Judicial, es atribucion del Presidente de este Poder del Estado designar a los senores jueces que integraran las MORDAZA jurisdiccionales de la Corte Suprema de la Republica. Segundo.- Que mediante Resolucion Administrativa Nº 001-2013-P-PJ, del 2 de enero del ano en curso, se dispuso la nueva conformacion de las MORDAZA supremas para el Ano Judicial 2013. Tercero.- Que por Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolucion Administrativa Nº 013-2013-CE-PJ, de fecha 23 de enero del presente ano, se creo la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el termino de tres meses, el cual empezaria a contarse desde el 1 de marzo de 2013. Cuarto.- Que no obstante lo anotado, por cuestiones relacionadas a la implementacion de la citada Sala Suprema, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante R. A. Nº 012-2013-P-CE-PJ, del 28 de febrero pasado, ha dispuesto la prorroga de la entrada en funcionamiento de la misma, la cual empezara a funcionar el dia 11 del presente mes. Quinto.- Que siendo asi, se hace necesario adoptar las medidas administrativas del caso para la nueva conformacion de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia. Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas por el articulo 76º, inciso 1, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la nueva conformacion de la Sala Civil Transitoria; Primera y MORDAZA MORDAZA de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica sea la siguiente: SALA CIVIL TRANSITORIA 1.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente) 2.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Mier 3.- Dra. MORDAZA MORDAZA Valcarcel Saldana

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