Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2013 (07/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de marzo de 2013 490326 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían plazo de vigencia y plazo para el acogimiento a beneficios aprobados mediante Ordenanza Nº 015-2012- CDB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013-MDB-AL Bellavista, 18 de enero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Técnico Nº 069-2012-MDB-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 28 de Diciembre del 2012 sobre Ampliar el plazo del vencimiento y plazo para el acogimiento a los benefi cios tributarios aprobados mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2012-CDB, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, conforme el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en su segundo párrafo se señala que “Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confi scatorio”. Que, dicha potestad es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, en su segundo párrafo, se señala que “Mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.” Que, con fecha 12 de octubre del ejercicio fi scal 2012, se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Ordenanza Municipal 015-2012-CDB de fecha 04 de octubre del mismo ejercicio fi scal, mediante la cual se aprobaron incentivos al pago al contado por regularización de obligaciones tributarias y no tributarias por aniversario del distrito. Que, esta gestión tiene como fi n máximo dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil, así apreciando que existe una gran necesidad de ampliar la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-CDB antes mencionada, es meritorio considerar ampliarla en el extremo de su plazo de vigencia y plazo para el acogimiento, hasta el 31 de enero del ejercicio fi scal 2013; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 015-2012- CDB y en ejercicio de las facultades de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el Visto Bueno de Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia y plazo para el acogimiento a los benefi cios aprobados mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2012-CDB, hasta el 31 de enero del ejercicio 2013. Artículo Segundo.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informática. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 906700-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban ampliación de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 020-2011- MDCH ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2012-MDCH Chancay, 30 de noviembre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido de la Regidora Elizabeth Díaz Villalobos, mediante el cual solicita se amplíe el plazo de la Ordenanza que facilita el cumplimiento de obligaciones y requisitos reglamentarios en el proceso de obtención de licencia de habilitaciones urbanas en el distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado las municipalidades son órganos de gobierno local que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2011- MDCH se aprobó la Ordenanza que facilita el cumplimiento de obligaciones y requisitos reglamentarios en el proceso de obtención de licencia de habilitaciones urbanas en el distrito de Chancay, siendo necesaria la ampliación de su vigencia a fi n de que se puedan acoger la mayor cantidad de administrados a sus benefi cios; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su Inc. 9 del Art. 9º faculta al Concejo Municipal a “crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó: Artículo Primero.- APROBAR la AMPLIACIÓN de la VIGENCIA de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2011- MDCH, de fecha 05 de diciembre de 2011, por el lapso de 180 días. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente modifi cación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 907833-2