Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

Respecto a la sesion extraordinaria del 8 de noviembre de 2012, en la que se aprobo la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azula, se advierte de los actuados que la convocatoria a la misma le fue notificada validamente el dia 30 de octubre de 2012 (foja 18). Asimismo, la notificacion del acuerdo de vacancia realizado en dicha sesion extraordinaria le fue notificada el 9 de noviembre de 2012 (foja 23), siendo recibida por el propio regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azula. Por otro lado, obra en el expediente la MORDAZA emitida por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA (foja 27), de fecha 3 de diciembre de 2012, donde se deja MORDAZA de que, transcurrido el plazo de quince dias establecidos para impugnar la decision, el regidor cuestionado no presento ningun medio impugnatorio contra la decision adoptada por el concejo provincial. En ese sentido, quedo consentida la declaracion de vacancia. 3. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal, por lo que corresponde emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a Luz MORDAZA MORDAZA Corcuera, candidata no proclamada del Movimiento Regional Fuerza Social MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chota, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Nº 27-2012-MPSC, de fecha 9 de noviembre de 2012, que declaro la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azula, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, ley Organica de Municipalidades, y en consecuencia, declarar su vacancia en el cargo que ejercia en la Municipalidad Provincial de MORDAZA Cruz. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azula como regidor del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Luz MORDAZA MORDAZA Corcuera, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 18063522, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado de la Municipalidad Distrital de Alto Tapiche, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en causal prevista en el articulo 11, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En Sesion Extraordinaria Nº 006-2012, el Concejo Distrital de Alto Tapiche trato la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber incurrido en el supuesto de hecho contemplado en el articulo 11 de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Luego de escuchados los descargos del regidor, se procedio a realizar la votacion, la cual determino la vacancia por mayoria calificada. El dia 30 de octubre de 2012, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de reconsideracion contra el acuerdo de concejo que declaro su vacancia, el mismo que fue resuelto en Sesion Extraordinaria Nº 007-2012, desestimando el recurso presentado y ratificando el acuerdo de concejo que declaro la vacancia del citado regidor. Asimismo, obra en el expediente la MORDAZA, emitida por el secretario general de la Municipalidad Distrital de Alto Tapiche, que certifica que al 12 de febrero de 2013, no se registro ningun recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo emitido en Sesion Extraordinaria Nº 007-2012. CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto puede observarse que el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Alto Tapiche ha cumplido con remitir los documentos solicitados mediante el Oficio Nº 4542013-SG/JNE. De ellos, se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no interpuso recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo que desestimo su recurso de reconsideracion y ratifico el acuerdo de concejo que declaro su vacancia al cargo. Asimismo, se verifica que el tramite de la notificacion de la MORDAZA del acta de la sesion extraordinaria Nº 7, realizada el 9 de noviembre de 2012, dirigida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue realizada conforme a lo establecido en el articulo 21, numeral 21.4, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia, establecida en el articulo 11 de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, estando a que no se registran candidatos no proclamados de la organizacion politica Fuerza Loretana, por la que fue MORDAZA el regidor cuya vacancia se declara, corresponde convocar a Fredy MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la organizacion politica Movimiento Regional UNIPOL, para completar el numero de regidores del Concejo Distrital de Alto Tapiche. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 28 de octubre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. 4. Al respecto, cabe precisar que de la consulta en linea realizada a traves del MORDAZA web del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante Reniec), se observa en el documento nacional de identidad (en adelante DNI) de Fredy MORDAZA MORDAZA que se encuentra omiso al sufragio. No obstante ello, es preciso senalar que el DNI es un documento que hace efectivo el derecho fundamental a la identidad y al ejercicio a la ciudadania y, por tanto, los derechos civiles y politicos que de MORDAZA se derivan; en consecuencia, los derechos de un ciudadano no se invalidan por la omision al acto de sufragio, situacion que,

908644-3

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Alto Tapiche, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0149-2013-JNE
Expediente Nº J-2012-01648 ALTO TAPICHE - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, veinte de febrero de dos mil trece

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