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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2013 (07/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de marzo de 2013 490319 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican procedimiento del TUPA de la municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 343-MDJM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2013-MDJM Jesús María, 21 de febrero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTO; el Memorándum Nº 201-2013-MDJM-GM de la Gerencia Municipal de fecha 18 de febrero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 343-MDJM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, cuyos derechos fueron ratifi cados por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 310-2010-MML; Que, el inciso 88.1 del artículo 88 del Código Tributario establece que la declaración tributaria podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria, pudiendo establecerse, para determinados deudores, la obligación de presentar la declaración bajo formas y condiciones especiales; Que, la Sub Gerencia de Administración Tributaria, con Informe Nº 015-2013-MDJM/GR/SGAT de fecha 18 de enero del 2013, refi ere haber detectado un número considerable de contribuyentes omisos a la declaración tratándose de primera venta de inmuebles realizada por empresas constructoras, mayoritariamente por desconocimiento de sus obligaciones formales recomendando simplifi car el procedimiento de Baja del Registro de Contribuyentes del Impuesto Predial; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades y el inciso 36.3 del Artículo 36º de la Ley Nº 27444 del procedimiento administrativo general: SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFÍCASE el Procedimiento Nº 09,04 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado mediante la Ordenanza Nº 343-MDJM, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- PUBLÍCASE el presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munijesusmaria.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE: www.psce. gob.pe, y en éstos últimos el íntegro de la modifi cación al TUPA de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 908039-1 Prorrogan plazo para el pago de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial y de descuento del pago voluntario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2013-MDJM Jesús María, 28 de febrero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA VISTO; el Memorándum Nº 147-2013-MDJM-GR de fecha 27 de febrero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 394-MDJM, que aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el año 2013, faculta al Alcalde para dictar la prórroga del vencimiento de la fecha de pago de las referidas tasas; Que, el inciso a) del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, establece la potestad al municipio de prorrogar el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto Predial; Que, a través de la Ordenanza Nº 399-MDJM, se aprobó el otorgamiento de diversos benefi cios tributarios para pensionistas, vecinos en precariedad económica, vecinos en extrema pobreza y descuentos por pago voluntario de arbitrios municipales 2013, fi jándose su vencimiento el 28 de febrero del 2013; Que, dentro de este contexto, es necesario también extender el plazo de los benefi ciados para el sorteo por pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 005- 2013-MDJM, a fi n de que aquellos vecinos que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias, puedan participar del mismo; Que, en tal virtud resulta necesario otorgar un plazo adicional para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del presente ejercicio fi scal, dentro del marco de promoción del pago voluntario y la conciencia tributaria; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el Sábado 30 de marzo del 2013, el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del 2013. Artículo Segundo.- PRORRÓGUESE hasta el Sábado 30 de marzo del 2013, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada y pago del Impuesto Predial del ejercicio 2013. Artículo Tercero.- PRORRÓGUESE hasta el Sábado 30 de marzo del 2013, el plazo para acogerse al descuento del pago voluntario de Arbitrios Municipales del 2013, según lo señalado en el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 399-MDJM. Artículo Cuarto.- COMPRENDER en el “Sorteo por Pago Puntual del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2013”, a todos los contribuyentes que cumplan con el pago de estos tributos, correspondiente al ejercicio 2013, hasta el 30 de marzo del 2013. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la misma. Artículo Sexto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 908039-2 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban la reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el TUPA de la municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003 San Juan de Lurigancho, 23 de enero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO