Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDOS

490311

ademas, no suspende el derecho de sufragar en futuras elecciones, siendo suficiente que el ciudadano se encuentre debidamente inscrito en el Reniec. Sin embargo, a fin que se otorgue la respectiva credencial a Fredy MORDAZA MORDAZA, resulta necesario que este regularice la omision MORDAZA descrita. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la Sesion Extraordinaria Nº007-2012, que declaro improcedente el recurso de reconsideracion y ratifico el acuerdo de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 11, de la LOM. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de Alto Tapiche, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Fredy MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 46131503, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Alto Tapiche, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en reemplazo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal, previa regularizacion de la situacion descrita en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1. El numeral 7 del articulo 23 de la LOM establece que se declara vacante el cargo de MORDAZA o regidor, en el caso de que este no asista, injustificadamente, a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante el lapso de tres meses. Por tal motivo, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a la MORDAZA citada, y constatar, ademas, si en su desarrollo se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento, por lo cual, MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde verificar la legalidad del procedimiento de vacancia. 2. Mediante sesion extraordinaria, de fecha 7 de agosto de 2012, se aprobo la vacancia de la regidora Luz MORDAZA MORDAZA Ramos. Asi tambien, se advierte que la citacion a dicha convocatoria se realizo dentro del plazo establecido por el articulo 13 de la LOM, y de conformidad a lo establecido por el articulo 21 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, ya que obra en autos la respectiva MORDAZA de notificacion emitida por el juez de paz de unica nominacion de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA (fojas 71 a 73). Asimismo, el acuerdo de vacancia le fue notificado a la regidora, con fecha 10 de octubre de 2012 (foja 2), y la misma no presento ningun recurso en el transcurso del plazo de quince dias habiles establecidos para impugnar la citada decision del concejo distrital. En ese sentido, quedo consentida la declaracion de vacancia (fojas 58 y 59). 3. En consecuencia, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal, y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 80134486, candidata no proclamada del Movimiento Regional Fuerza Social MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Cutervo, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria realizada el 7 de agosto de 2012, en el extremo en que declaro la vacancia de la regidora Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en consecuencia, declarar su vacancia en el cargo que ejercia en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 80134486, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, con el fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 165-2013-JNE
Expediente Nº J-2012-1605 MORDAZA MORDAZA - CUTERVO ­ MORDAZA MORDAZA, 21 de febrero de dos mil trece VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, en contra de la regidora Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haberse declarado su vacancia, mediante acuerdo de concejo, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, realizada el 7 de agosto de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, declaro la vacancia de la regidora Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, realizadas los dias 18 y 26 de junio y 9 de MORDAZA de 2012, causal contemplada en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM).

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