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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2013 (07/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de marzo de 2013 490313 de adherentes para los derechos previstos en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano (en adelante LDPCC), entre otros, adjuntar copia simple del documento de identidad del promotor. Adicionalmente, en la página web de la ONPE, en el link http://www.web.onpe.gob.pe/venta-kits.html, se señala como requisito para la venta del kit electoral lo siguiente: Una copia del DNI vigente y sin multas electorales del promotor (adjuntar récord de votación de la página web de la ONPE), quien tendrá que ser elector de la circunscripción correspondiente donde se solicita la revocatoria de autoridades. 3. Por consiguiente, el cuestionamiento sobre la residencia del promotor de la revocatoria de autoridades en el distrito de Congas, efectuado por la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Congas, no resulta procedente, en tanto que es la ONPE, la entidad competente para la califi cación de la condición de un ciudadano para la compra del kit de revocatoria de autoridades y para ser el promotor de dicho proceso electoral. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por Eudomila Maximila Cabanillas Ostos de Dolores, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Congas, provincia de Ocros, departamento de Áncash, para que se deje sin efecto la solicitud de revocatoria presentada por Joel Florencio Gamarra Arteaga en contra de dicho concejo distrital. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 908644-7 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud, ubicado en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 076-2013/JNAC/RENIEC Lima, 5 de marzo de 2013 VISTOS: El Informe Nº 000006-2013/LRV/JR12ICA/ GOR/RENIEC (21ENE2013), emitido por el Coordinador Operativo de la Jefatura Regional 12 – Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevación Nº 000055- 2013/GOR/RENIEC (24ENE2013), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000287-2013/ GAJ/RENIEC (13FEB2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que mediante el documento de vistos, la Jefatura Regional 12 - Ica señala que se han efectuado coordinaciones con el Director del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud – MINSA, para la instalación de una Ofi cina Registral Auxiliar en el indicado nosocomio, teniendo como antecedente el Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado entre RENIEC, MINSA y ESSALUD; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales a través del documento de vistos precisa que se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en el referido nosocomio, por lo que solicita la apertura de la indicada Ofi cina Registral Auxiliar; Que en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 49- 2013/JNAC/RENIEC (08FEB2013), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 13 de febrero al 14 de marzo de 2013; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el inciso g) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, el cual se encuentra ubicado en la Calle Callao s/n, Tercera Cuadra, en el distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, a cargo de la Jefatura Regional 12 – Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 908040-1