Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490313

de adherentes para los derechos previstos en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadano (en adelante LDPCC), entre otros, adjuntar MORDAZA simple del documento de identidad del promotor. Adicionalmente, en la pagina web de la ONPE, en el link http://www.web.onpe.gob.pe/venta-kits.html, se senala como requisito para la venta del kit electoral lo siguiente: Una MORDAZA del DNI vigente y sin multas electorales del promotor (adjuntar record de votacion de la pagina web de la ONPE), quien tendra que ser elector de la circunscripcion correspondiente donde se solicita la revocatoria de autoridades. 3. Por consiguiente, el cuestionamiento sobre la residencia del promotor de la revocatoria de autoridades en el distrito de Congas, efectuado por la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Congas, no resulta procedente, en tanto que es la ONPE, la entidad competente para la calificacion de la condicion de un ciudadano para la compra del kit de revocatoria de autoridades y para ser el promotor de dicho MORDAZA electoral. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por Eudomila MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Congas, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, para que se deje sin efecto la solicitud de revocatoria presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de dicho concejo distrital. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000287-2013/ GAJ/RENIEC (13FEB2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante el documento de vistos, la Jefatura Regional 12 - Ica senala que se han efectuado coordinaciones con el Director del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud ­ MINSA, para la instalacion de una Oficina Registral Auxiliar en el indicado nosocomio, teniendo como antecedente el Convenio de Cooperacion Interinstitucional celebrado entre RENIEC, MINSA y ESSALUD; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales a traves del documento de vistos precisa que se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y tramites de DNI de menores en el referido nosocomio, por lo que solicita la apertura de la indicada Oficina Registral Auxiliar; Que en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, en los terminos recomendados por los organos competentes; Que de otro lado, mediante Resolucion Jefatural Nº 492013/JNAC/RENIEC (08FEB2013), se encarga a la senora MORDAZA Magdelyn MORDAZA Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retencion de su cargo, del 13 de febrero al 14 de marzo de 2013; Que se hace necesario difundir la presente Resolucion Jefatural, a traves de la correspondiente publicacion, para conocimiento de la ciudadania; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso g) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, el cual se encuentra ubicado en la MORDAZA Callao s/n, Tercera Cuadra, en el distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, a cargo de la Jefatura Regional 12 ­ Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase.

908644-7

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud, ubicado en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 076-2013/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 5 de marzo de 2013 VISTOS: El Informe Nº 000006-2013/LRV/JR12ICA/ GOR/RENIEC (21ENE2013), emitido por el Coordinador Operativo de la Jefatura Regional 12 ­ Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevacion Nº 0000552013/GOR/RENIEC (24ENE2013), emitida por la Gerencia

MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e)

908040-1

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