Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

El Dictamen Nº 006-2012-CSSYS/CAJFYCI/MDC de los integrantes de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Saneamiento, Salubridad y Salud y Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional, respecto del Proyecto de Ordenanza del Reglamento Interno de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales del Distrito de Carabayllo; el Informe Nº 1345-2012-GMDH/MDC, de la Gerente de la Mujer y Desarrollo Humano, informando respecto del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 108­2011­A/MDC, que aprueba declarar en "Reorganizacion Administrativa y Funcional los Cementerios en el distrito de Carabayllo", el cual incluye la conformacion de la Comision Especial que tiene el encargo de la elaboracion de propuestas, para que se cumplan los objetivos el de Saneamiento Fisico Legal y la Reorganizacion Administrativa y funcional de los Cementerios; el Informe Nº 635­2012­GMDH/MDC, que adjunta la propuesta de Ordenanza Municipal del Reglamento de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, precisa que los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Cementerios son aquellos lugares destinados a la inhumacion de cadaveres, y/o a la conservacion de restos humanos o cenizas provenientes de la incineracion de estos; Que, de acuerdo a lo dispuesto en articulo 1º de la Ley Nº 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, la Municipalidad de Carabayllo es administradora de los Cementerios Municipales de nuestra jurisdiccion, por lo cual se encuentra facultada para regular los procedimientos de los servicios funerarios que presta, teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en la Ley mencionada y en su respectivo Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-SA, por ende resulta pertinente que estos procedimientos se encuentren debidamente establecidos dentro de un Reglamento como MORDAZA complementaria a las disposiciones legales emitidas por el Congreso de la Republica y Ministerio de Salud; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, Ley Nº 26298 y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 03­94­SA, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, las municipalidades distritales podran brindar servicios funerarios ademas de controlar el funcionamiento de los mismos; Que, la Ordenanza Municipal 222­2011­A/MDC, aprueba la modificatoria de la Estructura Organica de la Municipalidad del distrito de Carabayllo, y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el mismo que en su articulo 124º establece que la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano es la encargada tiene como funcion desarrollar propuestas de mejoras o de implementacion de los cementerios asi como la supervision de su funcionamiento. Sin embargo en el desarrollo de las actividades de funcionamiento del cementerio, se constata funciones que viene cumpliendo la Gerencia que requieren incorporarse en el ROF y en el Reglamento de Funcionamiento de los cementerios como se propone; Que, mediante el informe Nº 635­2012­GMDH/MDC, de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano se hace llegar la propuesta de la Comision Especial del Reglamento de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo la misma que considera de urgente prioridad contar dicho Reglamento; Que, el Reglamento de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo, tiene como finalidad garantizar una adecuada administracion y eficiente prestacion de los servicios funerarios que brindan a la comunidad los Cementerios Municipales de Carabayllo; siendo el objetivo principal establecer los lineamientos de administracion, funciones y procedimientos necesarios para una mejor y eficaz habilitacion, conservacion, administracion y prestacion de servicios en los Cementerios Municipales de Carabayllo;

Que, mediante Memorandum Nº 0412-2012-GPPCI/ MDC, el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional, senala que su despacho remite la propuesta del "REGLAMENTO DE ADMINISTRACION Y FUNCIONES DE LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES DE CARABAYLLO" dando su OPINION FAVORABLE porque es concordante con las directivas y normas legales vigentes, sugiriendo que se adjunte el respectivo tarifario actualizado; Que, mediante Informe Nº 328-2012-GAJ/MDC, el Gerente de Asesoria Juridica senala que del analisis de los hechos, el contenido del proyecto de Ordenanza cumple las condiciones normativas requeridas por la Ley de Cementerios y su Reglamento, para lo cual el Concejo debe de facultar que previa a su publicacion se efectuen precisiones de redaccion. Siendo necesario que la Gerencia Municipal, la de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional y la de Administracion y Finanzas efectuen las acciones que son de su competencia para proponer y aprobar por la instancia que corresponda la adecuacion de los documentos de gestion necesarios, asi como las modificaciones presupuestales, de ser el caso, para la mejor aplicacion del proyecto de Ordenanza. Acota que la aprobacion de la Ordenanza implica aprobar el Reglamento que se constituye en anexo del proyecto de Ordenanza siendo factible su publicacion en la pagina Web de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Estando a los hechos expuestos y la normatividad citada es opinion de esta Gerencia el que se remitan los actuados al Pleno del Concejo para su dictamen correspondiente y su aprobacion por ser de competencia municipal, delegada por MORDAZA especifica y de suma importancia para la correcta y eficiente administracion de los Cementerios de la Jurisdiccion en el Distrito de Carabayllo. Estando a lo acordado en el Dictamen Nº 006-2012CSSYS/CAJFYCI/MDC de los integrantes de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Saneamiento, Salubridad y Salud y Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional, con el MORDAZA UNANIME DEL PLENO y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas se da la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ADMINISTRACION Y FUNCIONES DE LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES DE CARABAYLLO
Articulo Primero.- APROBAR El Reglamento de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales del Distrito de Carabayllo, el mismo que consta de Treinta y Dos (32) Articulos, Tres (03) Titulos y Ocho (08) Disposiciones Complementarias y Finales. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional y la Gerencia de Administracion y Finanzas cumplan con efectuar las acciones de administracion correspondientes a sus funciones, con la finalidad de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Secretaria General efectue la publicacion de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y la Sub Gerencia de Informatica el texto del Reglamento de Administracion y Funciones de los Cementerios Municipales del distrito de Carabayllo, el mismo que constituye Anexo, en la pagina Web de la Municipalidad, asi como remitirla a las instancias competentes vinculadas con los Cementerios del Distrito de Carabayllo. Articulo Quinto.- FACULTESE al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias y Reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

907669-1

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