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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de marzo de 2013 490317 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 251265-2012, de fecha 28 de diciembre de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santa Anita, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU- GG/MDSA de fecha 11 de setiembre de 2012, que aprueba la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote único de 5,000.51 m² para Zonifi cación Gran Industria (I3), ubicado en la Intersección de la Carretera Central con el Jr. José Rodríguez de Mendoza de la Zona Industrial distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, solicitada por la empresa LUZ DEL SUR S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 251265-2012, de fecha 28 de diciembre de 2012 (fs. 01 al 194), la Municipalidad Distrital de Santa Anita, remite copia certifi cada de la Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU-GG/MDSA de fecha 11 de setiembre de 2012 (fs. 174 al 176), que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote único de 5,000.51 m² para Zonifi cación Gran Industria (I3), ubicado en la Intersección de la Carretera Central con el Jr. José Rodríguez de Mendoza de la Zona Industrial del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 007-2011-SGCHU-GODU/MDSA, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 46-2013-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 23 de enero de 2013 (fs. 195 al 197), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, del terreno de 5,000.51 m² para Zonifi cación Gran Industria (I3), aprobado por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, mediante Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU- GG/MDSA de fecha 11 de setiembre de 2012, cumple los planes urbanos respecto a zonifi cación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonifi cación con la que se encuentra califi cada como Gran Industria –I3 de conformidad a la Resolución Nº 056-92-MLM-AM-SMDU, del 23 de abril de 1992 vigente al momento de iniciar el presente trámite; a vías, por cuanto el predio se encuentra afecto por una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, denominada Carretera Central (Tramo: Evitamiento-Chosica), vía Arterial de Sección A-40, con un ancho de 45.00 ml. de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML; para esta vía se propone la sección A – A de 45.00 ml de ancho, que respeta el ancho normativo y los módulos establecidos, resultando el predio afecto en un área de 32.50 m2 y a aportes reglamentarios, por cuanto, corresponde su aplicación lo establecido en la Ordenanza Nº 836-MML; para la Zonifi cación Gran Industria –I3, sin embargo el área resultante para Recreación Pública, es menor al área mínima establecida para este fi n (800.00 m2) y el área resultante para Renovación Urbana (75.00 m2) es menor al área de lote mínimo, por lo que de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MM, se acepta la redención en dinero de estos aportes por tratarse de la Habilitación Urbana de Lote Único; sin embargo, en el presente caso, el cálculo de aportes se ha efectuado sobre un área de 4,968.01 m2, lo que no resulta correcto; debiendo haberse efectuado sobre el área total del terreno, 5,000.51 m2, considerando que la afectación no implica la vía rápida de la Carretera Central; sin embargo, siendo que la diferencia es mínima y que de acuerdo al sexto considerando de la Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU-GG/MDSA, se ha efectuado el pago de total de los aportes; por lo que la propuesta presentada en conjunto resulta CONFORME, por lo que se concluye en remitir los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente; Que, mediante Informe Nº 032-2013-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 04 de febrero de 2013 (fs. 198 al 199), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa LUZ DEL SUR S.A.A., del terreno de 5,000.51 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº 47081769 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 115 al 121); dejando constancia que la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Partida Electrónica Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas (fs. 14 al 26), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 46-2013-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 032-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 21 de enero y 04 de febrero de 2013, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU-GG/ MDSA de fecha 11 de setiembre de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Resolución Nº 056-92-MLM-AM-SMDU del 23 de abril de 1992, Ordenanzas Metropolitanas Nº 341-MML, Nº 292-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-05 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 241-2012-GODU-GG/ MDSA de fecha 11 de setiembre de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote único de 5,000.51 m² para Zonifi cación Gran Industria (I3), del predio ubicado en la Intersección de la Carretera Central con el Jr. José Rodríguez de Mendoza de la Zona Industrial del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, con el plano signado con el Nº 007-2011-SGCHU- GODU/MSA y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- RECOMENDAR A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA que deberá efectuar las correcciones de los errores materiales respecto al área que se indica en el sexto considerando de la resolución y en el Cuadro de Aportes Reglamentarios que señala el Plano y Memoria Descriptiva aprobado, a fi n de no generar inconvenientes al administrado en la inscripción registral. Artìculo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa LUZ DEL SUR S.A.A.; y a la Municipalidad Distrital de Santa Anita, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 908009-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban Reglamento de Administración y Funciones de los Cementerios Municipales de Carabayllo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 276/MDC Carabayllo, 21 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA;