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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2013 (10/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de marzo de 2013 490561 Vocal de Juventudes y Asuntos Culturales y Deportivos.” (…) “Artículo 32º.- Son funciones del Consejo Directivo Comunal (…) 32.5. Ejercer la representación de los vecinos de su zona ante el Gobierno Local, para pedidos y/ o propuestas canalizados a través de la Gerencia de Participación Vecinal con documento formal, que deberá contar necesariamente con la firma del Presidente de la JVC. La Gerencia de Participación Vecinal, derivará el pedido y/o propuesta dentro de los dos (02) días hábiles a las áreas respectivas para su atención y/o evaluación correspondiente, las cuales deberán de remitir la respuesta al Presidente de la JVC en un plazo no mayor de 30 días hábiles a su presentación. Los pedidos por escrito que sean presentados con anterioridad a la realización de las Sesiones de las Juntas de Delegados Vecinales Comunales o formulados en la misma, serán canalizados por la Gerencia de Participación Vecinal y gestionados en la misma forma y plazos establecidos en el párrafo precedente condicionando el segundo supuesto a la trascripción del acta.” (…) “Artículo 43º.- Funciones (…) g. Participar a través de un representante de la Junta de Delegados Vecinales Comunales, con derecho a voz en las sesiones del Concejo Municipal, acto que deberá ser comunicado por escrito a la Gerencia de Participación Vecinal. Para tal efecto, los pedidos se expondrán a través de un representante por sesión debiendo establecerse turnos, con el fi n de generar intervenciones democráticas durante su período de mandato; asimismo, deberá ser por un espacio máximo de cinco minutos y de conformidad a los asuntos de su competencia de acuerdo a la Ordenanza Nº 401-MSS concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades.” “Artículo 45º. - El quórum El quórum para la instalación y funcionamiento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales se constituye con la presencia de la mitad más uno de sus miembros acreditados ante la Municipalidad en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum reglamentario la sesión se realizará en segunda convocatoria a los quince (15) minutos siguientes de la hora fi jada para la primera convocatoria, llevándose a cabo con los integrantes que estuvieren presentes. El Primer Regidor presidirá la sesión, su asistencia es obligatoria e indelegable, salvo que asista el Alcalde, quien la presidirá. Los acuerdos de la Junta de Delegados Vecinales Comunales se adoptarán por mayoría simple. La Gerente de Participación Vecinal, desempeñará durante las Sesiones de Junta de Delegados Vecinales Comunales, la función de Secretario Técnico.” Artículo Segundo.- Incorpórese el literal h) del Artículo 43º de la Ordenanza Nº 401-MSS, que regula la Constitución, Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, en los siguientes términos: “Artículo 43º.- Funciones (…) h. Las demás que le delegue la Municipalidad Distrital.” Articulo Tercero.- Modifi car la delimitación del Subsector 2.1, 2.2 y 2.4 contenido en el Anexo 1 de la Ordenanza Nº 401-MSS, que regula la Constitución, Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, en los siguientes términos: ANEXO 1 DELIMITACIÓN DE LOS SUBSECTORES DE LA ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO (…) Sector 02. “Subsector 2.1. Por el: Norte : Av. Santiago de Surco (entre Av. Ayacucho y Av. Antares). Este : Av. Antares. Sur : Jr. Nevados y Jr. San Juan, Calle Río Nazca, Jr. Doña Delmira. Oeste : Av. Ayacucho (entre la Av. Santiago de Surco y Jr. Doña Delmira).” “Subsector 2.2. Por el: Norte : Av. Santiago de Surco (Av. Antares – Av. Panamericana Sur) Este : Av. Panamericana Sur (entre Av. Santiago de Surco y Av. Paseo de la República. Sur : Av. Paseo de la República, Jr. San Gabino, Jr. Tnte. Gral. FAP Jorge Chamot, Calle Severo Payano, Av. Méndez Ibáñez, Calle Cohete, Calle Rosado Próspero hasta la Av. Antares. Oeste : Av. Antares.” “Subsector 2.4. Por el: Norte : Jr. Luis Dextre, Jr. Lorenzo Iglesias Pino, Jr. Vittore Carpaccio, Jr. Guillermo Brenner hasta Jr. Tnte. Gral FAP. Jorge Chamot. Este : Calle Doña Nelly, Calle Doña Rosa Mercedes. Sur : Jr. Garza Real, Jr. Artemisa, Ca. Doña Rosa Mercedes. Oeste : Jr. Tnte. Gral. FAP Jorge Chamot (entre Jr. Nicolás Copérnico y Jr. Garza Real).” (…) Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente norma en el portal institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 909385-1 Modifican la Ordenanza Nº 265-MSS, y actualizan el Plano de Alturas Nº PA- 02, “Plano de Alturas de Edificación”, del Área de Tratamiento Normativo III del distrito ORDENANZA Nº 445-MSS Santiago de Surco, 21 de febrero del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 03-2013-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 267-2013-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 065-2013-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 053-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nros. 022 y 015-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, los Informes Nros. 01-2013-KMJ-APU, 01-2013-GPR-AL y 001-2013-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, entre otros documentos,