Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2013 (23/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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para Consumo Humano Directo y de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de Ica, los Ministerios de Defensa y del Interior, en el ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Conduceme Bien S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1146-2013-MTC/15 MORDAZA, 11 de marzo de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 145255 y 006539, presentados por la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., y;
CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 145255 de fecha 01 de diciembre de 2012, la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, mediante Oficio N° 8777-2012-MTC/15.03 de fecha 12 de diciembre de 2012 y notificado el mismo dia, se comunico a La Empresa la programacion de la inspeccion ocular para el dia 18 de diciembre del 2012; Que, mediante Oficio N° 017-2013-MTC/15.03 de fecha 03 de enero de 2013, notificado el mismo dia, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles y mediante Parte Diario N° 006539 de fecha 15 de enero de 2013, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA citado; Que, mediante Informe Nº 091-2013-MTC/15.03.A.A., la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, opino que la empresa denominada CONDUCEME BIEN S.A.C., cumplio con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento para ser autorizado para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; razon por la cual la Direccion General de Transporte Terrestre - DGTT, emite la Resolucion Directoral N° 516-2013-MTC/15 de fecha 29 de enero de 2013, sin embargo no ha sido publicado a la fecha; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previa a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 020-2012-MTC/15.EAS de fecha 28 de diciembre de 2012, se remite el Acta de Inspeccion Ocular, del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del Decreto Supremo 0402008-MTC y sus modificatorias; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 189-2013-MTC/15.03.A.A., siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no

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SALUD
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos del Hospital Nacional "Cayetano Heredia"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 139-2013/MINSA MORDAZA, 14 de marzo del 2013 Visto, el Expediente N° 13-021949-001, que contiene el Oficio N° 494-2012-DG/HNCH, remitido por el Director General del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 590-2012/ MINSA, de fecha 17 de MORDAZA de 2012, se designo, al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos, Nivel F-4, del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" del Ministerio de Salud; Que, con el documento de visto, el Director General del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud, informa que el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulo renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos, Nivel F-4, del Hospital a su cargo, por lo que solicita aceptar la renuncia formulada por el citado profesional; Que, mediante Informe N° 0152-2013-EIE-OARH/ OGGRH/MINSA, de fecha 13 de marzo de 2013, el Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto del pedido formulado por el Director General del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; Que, con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento del Hospital Nacional "Cayetano Heredia", es necesario adoptar la accion de personal que resulte pertinente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

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