Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2013 (22/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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1.5 La Comision Sectorial tiene vigencia para el periodo 2013 - 2014. 1.6 Dentro del plazo de quince (15) dias habiles computados desde la vigencia de la presente Resolucion Ministerial, la Comision Sectorial aprobara un Plan de Trabajo, en el que se desarrollaran los aspectos administrativos necesarios para su correcto funcionamiento. Articulo 2. Objeto y Funciones de la "Comision Sectorial de Seguimiento del Avance de Ejecucion del Gasto no vinculado a Proyectos de Inversion Publica de los Pliegos Presupuestarios del Sector Economia y Finanzas" 2.1 La Comision Sectorial tiene como objeto propiciar el cumplimiento eficaz y eficiente de la ejecucion del gasto no vinculados a proyectos de inversion publica en los Pliegos Presupuestarios del Sector Economia y Finanzas. 2.2 La Comision Sectorial tiene como funciones las siguientes: a) Efectuar el seguimiento de los avances de ejecucion de las partidas de gasto no vinculadas a proyectos de inversion publica del presupuesto de los Pliegos del Sector Economia y Finanzas. b) Efectuar el seguimiento de los avances de ejecucion del Plan Anual de Contrataciones aprobados por los Pliegos del Sector. c) Elaborar informes de seguimiento del gasto de los Pliegos del Sector con periodicidad mensual, para el caso de los Gastos de Capital no vinculados a proyectos de inversion; y trimestral para todas las partidas de gasto, las cuales seran remitidos a los titulares de los Pliegos del Sector, para los fines pertinentes. d) Emitir recomendaciones y propuestas de medidas correctivas para los pliegos presupuestales, de ser el caso. e) Elaborar informes anuales sobre los resultados del funcionamiento de la Comision Sectorial, los mismos que deben ser presentados ante el Ministro de Economia y Finanzas, a mas tardar dentro de los treinta (30) dias de finalizado el ejercicio fiscal. Articulo 3. Instalacion de la "Comision Sectorial de Seguimiento del Avance de Ejecucion del Gasto no vinculado a Proyectos de Inversion Publica del Sector Economia y Finanzas" La Comision Sectorial se instalara en un plazo no mayor a cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 939650-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 22 de MORDAZA de 2013

Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director, Categoria F-3 de la Direccion de Gestion de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, siendo necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el articulo 77° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a la senorita Luz MORDAZA MORDAZA Macavilca, en el cargo clasificado como Servidor Publico - Directivo Superior, Director de Programa Sectorial II - Director, Categoria F-3 de la Direccion de Gestion de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 940304-1

EDUCACION
Aprueban "Procedimiento para la Tramitacion de Recursos de Apelacion en Materia de Pago de Retribuciones devueltos por el Tribunal del Servicio Civil"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0240-2013-ED MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, dispone que el Sector Educacion esta conformado por el Ministerio de Educacion, que es el organo central y rector, y por sus diversos organismos publicos descentralizados; Que, segun la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Ley Nº 25762, el Ministerio de Educacion se encuentra facultado para dictar en el ambito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento; Que, con Decreto Legislativo N° 1023, se creo la Autoridad Nacional de Servicio Civil ­ SERVIR, cuya finalidad es crear dicha autoridad como organismo tecnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administracion del Estado a traves del fortalecimiento del servicio civil; Que, en virtud de la Centesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se derogo el literal b) del articulo 17 del referido Decreto Legislativo N° 1023; segun el cual, el Tribunal del Servicio Civil era competente para resolver recursos de apelacion en materia de Pago de Retribuciones; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 0722013-SERVIR-PE, se aprobo la Directiva que establece el procedimiento que desarrolla la Centesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951,

Designan Directora de la Direccion de Gestion de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2013-EF/43 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2013 VISTO: La Nota N° 200-2013-EF/53.01 de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre designacion de funcionario.

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