Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2013 (22/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 22 de MORDAZA de 2013

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propuestas de tarifas, sea MORDAZA en doscientos (200) dias habiles, planteando sus consideraciones respecto de la necesidad de dicha prorroga; solicitud que es reiterada por la misma empresa mediante carta DR-107-C-647/CM13, presentada el 10 de MORDAZA de 2013; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento de Tarifas establece que: (i) los plazos senalados en los articulos 6º y 7º del Procedimiento de Tarifas, asi como los plazos que MORDAZA establecidos por el OSIPTEL en aplicacion de dichas disposiciones, podran ser ampliados, de oficio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional a los plazos maximos senalados en los referidos articulos; (ii) las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento, seran establecidas por la Presidencia del Consejo Directivo del OSIPTEL mediante resolucion debidamente motivada; y (iii) dicha resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada a la o las empresas operadoras involucradas; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe de VISTO, debe tenerse en cuenta la necesidad de viabilizar la oportuna actualizacion de los precios regulados de las instalaciones esenciales de telecomunicaciones, a fin de asegurar la existencia de condiciones adecuadas que promuevan la competencia MORDAZA y equitativa en el mercado; por lo que, conforme a la politica de transparencia con que actua este organismo y siendo importante facilitar a las empresas reguladas la elaboracion de sus correspondientes propuestas de tarifas tope con los requisitos exigidos, se considera razonable ampliar en cien (100) dias habiles el plazo establecido en el articulo 3° de la Resolucion N° 1902012-CD/OSIPTEL; En aplicacion de la facultad atribuida al Presidente del OSIPTEL por la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento de Tarifas, y en concordancia con el inciso k) del articulo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ampliar en cien (100) dias habiles el plazo establecido en el articulo 3° de la Resolucion de Consejo Directivo N° 190-2012-CD/OSIPTEL, para que las empresas concesionarias de los servicios portador local y portador de larga distancia nacional puedan presentar sus respectivas propuestas de tarifas tope, con los requisitos exigidos por dicho articulo; de acuerdo a las consideraciones expuestas. Articulo 2°.- El plazo adicional senalado en el articulo precedente debera computarse a partir del 24 de MORDAZA de 2013. Articulo 3°.- Disponer que la presente resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL, y que sea notificada a las empresas concesionarias involucradas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 939754-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Amplian plazo para que empresas concesionarias de servicios portador local y de larga distancia nacional presenten propuestas de tarifas tope a que se refiere la Res. N° 190-2012-CD/ OSIPTEL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 036-2013-PD/OSIPTEL MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 EXPEDIENTE MATERIA : Nº 00001-2012-CD-GPRC/RT : Revision de: (i) la tarifa tope por arrendamiento de circuitos de larga distancia nacional; y, (ii) la tarifa tope por acceso mayorista para la provision de transmision de datos / Ampliacion de plazo para presentar propuestas

VISTO: El Informe Nº 406-GPR/2013 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia, que recomienda ampliar el plazo establecido para la MORDAZA de propuestas de tarifas, en el MORDAZA del Procedimiento de Oficio para la Revision de Tarifas Tope, iniciado por Resolucion de Consejo Directivo N° 190-2012-CD/OSIPTEL; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 127-2003-CD/OSIPTEL, se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion y/o Revision de Tarifas Tope" (en adelante, Procedimiento de Tarifas), en cuyo articulo 6° se detallan las etapas y reglas a que se sujetan los procedimientos de oficio que inicie el OSIPTEL; Que, de conformidad con el Procedimiento de Tarifas, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 190-2012CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 25 de diciembre de 2012, el OSIPTEL inicio el procedimiento de oficio para la revision de: (i) la tarifa tope por arrendamiento de circuitos de larga distancia nacional; y, (ii) la tarifa tope por acceso mayorista para la provision de transmision de datos; Que, de acuerdo con los plazos previstos en el Procedimiento de Tarifas, mediante el articulo 3° de la Resolucion N° 190-2012-CD/OSIPTEL se otorgo a las empresas concesionarias de los servicios portador local y portador de larga distancia nacional, un plazo de cien (100) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de publicada la referida resolucion, para que puedan presentar sus propuestas de tarifas tope, sobre la base de un unico modelo integral de costos que incorpore todas las instalaciones esenciales referidas en el Informe N° 596-GPRC/2012 que sustento dicha resolucion, precisando como requisito que las respectivas propuestas MORDAZA presentadas conjuntamente con el sustento tecnicoeconomico de los supuestos, parametros, bases de datos y cualquier otra informacion utilizada en el referido modelo integral de costos; Que, mediante carta DR-107-C-0561/CM13, presentada el 24 de MORDAZA de 2013, la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A. solicita que el mencionado plazo otorgado para la MORDAZA de

Aprueban Oferta Basica de Interconexion para la red del servicio de telefonia fija de Inversiones Osa S.A.C formulada por el OSIPTEL
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 351-2013-GG/OSIPTEL MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2013. : Nº 000019-2013-GG-GPRC/OBI : Aprobacion de Oferta Basica de Interconexion ADMINISTRADO: Inversiones Osa S.A.C EXPEDIENTE MATERIA

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