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El Peruano Miércoles 22 de mayo de 2013 495225 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a empresa Z FER S.A.C. para que utilice circuito de manejo ubicado en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1628-2013-MTC/15 Lima, 16 de abril de 2013 VISTOS: El Parte Diario Nº 021349 y Expediente Nº 2013- 0005608, presentado por la empresa denominada Z FER S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 5168-2012- MTC/15 de fecha 26 de diciembre de 2012, se autorizó a la empresa denominada Z FER S.A.C., con RUC Nº 20546955193 y con domicilio en Av. Túpac Amaru Nº 178, Distrito de San Martin de Porres, Provincia y Departamento de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categorías II y III, y de la Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto, el curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categoría II y III; Que, mediante Parte Diario Nº 021349 de fecha 19 de febrero de 2013, La Escuela solicita autorización para el incremento de su Circuito de Manejo, el mismo que se encuentra ubicado en Km.21.5 de la margen derecha de la Panamericana Sur (rumbo Lima-Pucusana), Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Expediente Nº 2013-0005608 de fecha 15 de marzo de 2013, La Escuela, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio antes citado; Que, El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, concordado con el artículo 51º que señala los requisitos documentales; los cuales fueron cumplidos por La Escuela; Que, el artículo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que “La autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano”; asimismo, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento, dispone que “Procede la solicitud de modifi cación de autorización de La Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento…”; Que, el literal d) del Art. 53º del reglamento indica que “La Resolución de Autorización como Escuela de Conductores contendrá lo siguiente:…d) Ubicación del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorización,…”; Que, la solicitud de autorización para el incremento de circuito destinado a las prácticas de manejo, presentada por la empresa denominada Z FER S.A.C., implica una variación de uno de los contenidos del art. 53º de El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el uso de un circuito de manejo, adicional al autorizado mediante Resolución Directoral Nº 5168-2012-MTC/15; en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60º del Reglamento, la Resolución que modifi ca la autorización, debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 285 - 2013-MTC/15.03.A.A por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de la presente resolución, que autoriza a la empresa denominada Z FER S.A.C., para que utilice el circuito de manejo ubicado en: Km.21.5 de la margen derecha de la Panamericana Sur (rumbo Lima-Pucusana), Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, adicional al autorizado mediante la Resolución Directoral Nº 5168-2012-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; así como encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada Z FER S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 934052-1 Autorizan a la empresa Conversiones Santa Anita E.I.R.L. como taller de conversión a gas natural vehicular, para la instalación del kit o cambio de motor correspondiente en local ubicado en el distrito de Ate, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1730-2013-MTC/15 Lima, 24 de abril de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 043839 y 051175 presentados por la empresa denominada CONVERSIONES SANTA ANITA E.I.R.L., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Av. Nicolás Ayllón Nº 10220 – Fundo La Estrella, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, y;