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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2013 (22/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Miércoles 22 de mayo de 2013 495203 cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: - Diego Viaña Rosa- Pérez (Viáticos US$ 370.00 x 4 días) US$ 1 480.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 940383-10 AGRICULTURA Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada - Año 2013, Sector Agricultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0173-2013-AG Lima, 20 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la referida Ley, señala que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos; Que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y al artículo 6 de la Ley 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar sus planes anuales de transferencias al Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal b) del numeral 11.3 del rubro 11 – Plan Anual de Transferencia de la Directiva N° 005-CND-P- 2005, denominado “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 081-CND- P-2005, ha establecido que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado al Consejo Nacional de Descentralización, actualmente Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a más tardar el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, actuando como organismo de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en atención a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial correspondiente al año 2013, de conformidad con el Ofi cio Múltiple Nº 028- 2013-PCM/SD, de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Informe Nº 0008-2013-AG-OAER/AD formulado por el Área de Descentralización de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional del Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada - Año 2013, Sector: Agricultura”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Plan Anual de Transferencia aprobado por el artículo precedente, será publicado en el Portal Electrónico del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob. pe). Artículo 3.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM, copia de la presente Resolución Ministerial y del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y Desarrollo de la Gestión Descentralizada – Año 2013, Sector: Agricultura”, que se aprueba. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 939645-1 Encargan funciones de la Administración Local del Agua Huaraz RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 209-2013-ANA Lima, 21 de mayo 2013 CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Administraciones Locales del Agua son unidades orgánicas que administran