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El Peruano Miércoles 22 de mayo de 2013 495206 Con el visado de la Secretaría General, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM, Reglamento de la Ley N° 27619. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior del señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno, Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Montevideo - República Oriental del Uruguay, del 23 al 25 de mayo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US$ 2,053.98 Viáticos (US $ 370 x 2 días) US$ 740.00 Artículo 3º.- Encargar las funciones del Viceministerio de Gestión Ambiental al señor Gabriel Quijandría Acosta, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, en adición a sus funciones, a partir del 23 de mayo de 2013, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje de autoriza mediante artículo 1º, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento. Artículo 5º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 940372-1 DEFENSA Autorizan viaje del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2013-DE/ Lima, 21 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa viajará del 25 al 30 de mayo de 2013 a la ciudad de Roma en la República Italiana, con el objeto de fortalecer e impulsar las relaciones bilaterales y la cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa, así como en la industria para la defensa; Que, es competencia del Sector Defensa promover las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y multilaterales, así como los tratados internacionales, en materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en atención a los intereses del Sector Defensa y a la importancia de las actividades a realizar, es necesario autorizar el viaje del señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo que acompañará durante su viaje al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; Que, debido a la diferencia en los husos horarios entre la República del Perú y la República Italiana, y considerando que el traslado desde la ciudad de Roma – República Italiana, debe efectuarse previa escala de tránsito en la ciudad de Madrid – Reino de España; es necesario autorizar el retorno al país un (1) día después de culminada la visita, sin que ello demande mayor gasto al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; La Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio del 2012; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG- de fecha 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del 25 al 31 de mayo de 2013, del señor General del Aire Jaime Marín FIGUEROA Olivos, Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, identifi cado con DNI Nº 43345548, como parte de la delegación que acompañará al señor Ministro de Defensa durante su visita ofi cial a la ciudad de Roma en la República Italiana. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán efectuados con cargo al Pliego 026: Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: (Lima – Roma - Lima) US $ 4,327.06 (Incluye TUUA) = US $. 4,327.06 Viáticos: US $ 260.00 x 05 días x 01 persona = US $. 1,300.00 --------------------- TOTAL = US $. 5,627.06 Artículo 3º.- El Ofi cial General designado deberá presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.-. La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.