Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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senalarse que este organo colegiado no es la autoridad competente para determinar tales responsabilidades. b) Validez del MORDAZA emitido por el regidor MORDAZA MORDAZA Quinonez MORDAZA 5. Jharbin MORDAZA MORDAZA senala que el regidor MORDAZA MORDAZA Quinonez MORDAZA llego tarde a la sesion extraordinaria donde se trato la solicitud de vacancia del MORDAZA provincial, esto es, llego despues de que se inicio la estacion de Orden del Dia, lo cual no esta permitido, por lo que el MORDAZA emitido por el citado regidor no debe ser tomado en cuenta. 6. De lo MORDAZA senalado, de la lectura del acta de la sesion extraordinaria se advierte que el propio regidor MORDAZA MORDAZA Quinonez MORDAZA pidio disculpas por haber llegado tarde a la citada sesion por motivos familiares. Sin embargo, se advierte que ninguna de las autoridades ediles manifestaron su oposicion a la participacion de la citada autoridad. Es mas, ni siquiera el solicitante de la vacancia, a traves de su abogado defensor, cuestiono su participacion. 7. Sin perjuicio de ello, se tiene que en el caso negado en que no se admitiera el MORDAZA del citado regidor, ello en nada modifica el pronunciamiento del concejo provincial, en la medida en que para que se declare la vacancia del MORDAZA provincial tuvieron que votar a favor seis regidores; sin embargo, en el caso de autos solo votaron tres. c) MORDAZA de los medios probatorios por parte del MORDAZA provincial 8. El apelante sostiene que fue recien en la sesion extraordinaria en la que se trato la solicitud de vacancia que el MORDAZA provincial empezo a entregar las supuestas pruebas que justificarian sus inasistencias a las sesiones ordinarias materia del procedimiento de vacancia, impidiendo que estas fueran investigadas. 9. En relacion con ello es menester precisar que no existe medio probatorio que acredite las afirmaciones vertidas por el recurrente, ademas de que, de ser MORDAZA ello, no existe ninguna observacion en el acta de la sesion extraordinaria que acredite que el, en calidad de solicitante de la vacancia, MORDAZA mostrado su oposicion o cuestionamiento frente a tales hechos. En tal sentido, convalido de esta manera dicha supuesta actuacion. Respecto de la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 7, de la LOM 10. El articulo 22, numeral 7, de la LOM, senala que el cargo de MORDAZA o regidor se declara vacante por el concejo municipal en el caso de "[...] inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses [...]". Asi, para que se configure el supuesto de hecho, contenido en la causal de vacancia que se alega, debe acreditarse fehacientemente que el MORDAZA o los regidores del concejo municipal no asistieron a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas. 11. Esta causal busca proteger que las autoridades municipales cumplan con sus funciones de manera responsable y honesta. Asi pues, es preciso que estas asistan de manera obligatoria a las sesiones de concejo, porque es precisamente en este espacio de deliberacion en que se toman las decisiones mas relevantes para la ciudadania a la que representan. 12. En el caso de autos se tiene que el solicitante de la vacancia le imputa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pataz, haber inasistido de manera injustificada a tres sesiones ordinarias acaecidas los dias 1 y 29 de junio y 6 de MORDAZA de 2011. 13. Por su parte, la autoridad MORDAZA, a efectos de desacreditar los hechos imputados, presento en su escrito de descargos una serie de documentos que corroborarian, a su criterio, que sus inasistencias se encuentran justificadas en la medida en que asistio a diversas reuniones en distintos lugares del interior del MORDAZA a fin de cumplir con sus obligaciones como autoridad edil. En ese contexto, resulta necesario analizar si en efecto el MORDAZA provincial incurrio en la causal imputada.

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

a) En relacion a la sesion ordinaria del dia 1 de junio de 2011 14. De la revision del acta de la sesion ordinaria del 1 de junio de 2011 (fojas 14 a 15), se advierte que, en efecto, no estuvo presente el MORDAZA provincial, habiendo dirigido dicha sesion el regidor Heiner MORDAZA MORDAZA, como MORDAZA encargado. 15. El MORDAZA provincial, a efectos de justificar dicha inasistencia, senalo que, mediante el Oficio Multiple Nº 04-2011-MIMDES/DGD-DPATO, del 26 de MORDAZA de 2011, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) lo invito a una reunion de coordinacion para el dia martes 31 de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de que se informara sobre la ejecucion del programa y servicios sociales y se coordinara la formalizacion de las transferencias a realizarse en fecha proxima. 16. En razon de ello, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 119-2011/MPP-T, del 30 de MORDAZA de 2011 (foja 73), encargo el despacho de alcaldia al regidor Heiner MORDAZA MORDAZA, toda vez que los dias 30 y 31 de MORDAZA, y 1, 2 y 3 de junio de 2011, deberia viajar a las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, Chiclayo, con la finalidad de asistir a la reunion de coordinacion previa a la suscripcion de las actas de entrega y recepcion del Programa Integral de Nutricion (PIN) y los servicios de proteccion social: Wawa Wasi y Centro de Emergencia Mujer. 17. Asi tambien, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 042-2011-CM-MPP-T, del 30 de MORDAZA de 2011, se autorizo al MORDAZA provincial suscribir el convenio de transferencia del Programa Integral de Nutricion (PIN) y Programa Nacional Wawa Wasi. En su escrito de descargos (fojas 400 a 404), el MORDAZA provincial senala que se ausento de la MORDAZA de Pataz desde la noche del dia 30 de MORDAZA de 2011, llegando a la MORDAZA de MORDAZA el dia 31 de mayo; sin embargo, debido a diversas gestiones no pudo asistir a la reunion de coordinacion, habiendo delegado a la regidora MORDAZA Behlermina Mebus de MORDAZA, a efectos de que asista a ella. Agrega que el dia 1 de junio de 2011, ya se estaba dirigiendose a la MORDAZA de Chiclayo a firmar el convenio correspondiente. 18. De lo MORDAZA expuesto se tiene que, en efecto, el dia 31 de MORDAZA de 2011 se realizo en la MORDAZA de MORDAZA una reunion de coordinacion previa a la suscripcion de las actas de entrega y recepcion del Programa Integral de Nutricion (PIN) y los servicios de proteccion social Wawa Wasi y Centro de Emergencia Mujer, que se transferirian del MIMDES a la Municipalidad Provincial de Pataz. A dicha reunion y tal como lo ha reconocido la propia autoridad cuestionada, no asistio, habiendo delegado dicha funcion en la regidora MORDAZA Behlermina Mebus de Benites. 19. Sin embargo, se tiene que, a fojas 411 a 412, obra el acta de entrega y recepcion del Programa Integral de Nutricion (PIN) al gobierno local provincial de Pataz, suscrita el dia 2 de junio de 2011 en la MORDAZA de Chiclayo, por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pataz. Dicha informacion tambien ha sido corroborada con informes periodisticos que acreditan que, en efecto, el dia 2 de junio de 2011, en el Palacio Municipal de Chiclayo se reunieron cincuenta alcaldes provinciales del MORDAZA a fin de firmar el acta de entrega y recepcion del Programa Integral de Nutricion (PIN) y Programa Nacional Wawa Wasi. Dichos municipios provinciales fueron los de MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Amazonas, siendo el caso que del departamento de La MORDAZA las municipales favorecidas fueron las de MORDAZA, Otuzco, Gran Chimu, Chepen, MORDAZA MORDAZA, Ascope, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Julcan, Pacasmayo y Pataz. 20. De lo expuesto se colige que si el MORDAZA provincial estuvo el dia 2 de junio de 2011 en la MORDAZA de Chiclayo, a efectos de suscribir el acta de transferencia de los programas sociales MORDAZA mencionados, era imposible que pudiese asistir a la sesion ordinaria realizada en la MORDAZA de Pataz un dia MORDAZA (1 de junio de 2011) a las 14:10 horas, teniendo en cuenta la distancia existente entre MORDAZA ciudades. Ello permite concluir que queda justificada la inasistencia del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pataz a la sesion ordinaria del dia 1 de junio de 2011.

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