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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506336 una denuncia formulada por doña Yolanda Figueroa, quien acusó al magistrado de conducir en estado de ebriedad y casi haber atropellado a su menor hijo de diez años de edad. El magistrado negó durante su entrevista los hechos imputados, refi riendo que todo obedeció a un artifi cio elaborado por su inquilina, doña Yolanda Figueroa, contra quien seguía un proceso de desalojo. Refi rió que fue intervenido sin motivo alguno, pues estaba sentado en un vehículo estacionado que jamás condujo, negándose a pasar el dosaje etílico (pese a que fue exhortado por la Fiscal que lo intervino), pues consideraba no encontrarse obligado a ello, indicando además que quería evitar que los resultados de dicho análisis determinaran que había ingerido cierta medicación que le causaba somnolencia, lo que podía trascender en los medios periodísticos de manera tendenciosa; También aparece en la página virtual de Radio Programas del Perú una noticia en la que se le atribuye al magistrado haber estado conduciendo en estado de ebriedad y atropellar a su esposa e hijo de ocho años de edad2. En esta misma nota periodística, se le atribuye al magistrado haberse llevado a su menor hija de dos años a pasear pese a encontrarse en estado de ebriedad. Asimismo, en la página virtual del Diario Correo, aparece publicada una noticia en la que se acusa al magistrado de haber maltratado a su cónyuge por varios años3; iii) Asistencia y puntualidad, el magistrado no registra inasistencias ni tardanzas injustifi cadas; iv) Información de Colegios y/o Asociaciones de Abogados, ha participado en el referéndum del Colegio de Abogados de Ayacucho el año 2006, obteniendo una califi cación regular en los rubros de motivación, atención al litigante, honestidad y defi ciente en el rubro de celeridad. También ha participado en dos referéndums del Colegio de Abogados de Puno, en los años 2007 y 2009, siendo descalifi cado en todos los rubros evaluados, verifi cándose la participación de un número importante de votantes. Y por último, ha participado en el referéndum del Colegio de Abogados de Arequipa en el año 2012, siendo que su desempeño en todos los rubros fue califi cado como regular; Durante la entrevista, el magistrado señaló que tales resultados podían obedecer a que no era un magistrado conocido en las localidades donde desarrolló su función. Así también, precisó que antes de ser magistrado se desenvolvió profesionalmente en el área civil; por lo que, los asuntos penales propios de su labor fi scal no eran acordes a su especialidad, lo que también habría incidido en los resultados obtenidos; iv) Antecedentes sobre su conducta, no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales; v) Información patrimonial, en cuanto a las declaraciones juradas, la Fiscalía Suprema de Control Interno informó que el magistrado no había presentado su declaración jurada correspondiente al presente año. En el acto de entrevista, el magistrado precisó que debido a la fecha en que inició su carrera fi scal, su declaración jurada debe ser presentada todos los meses de mayo de cada año, circunstancia que explicaría las razones por las cuales la Fiscalía Suprema de Control Interno no contaba con la última declaración jurada pues aún no vencía la fecha de presentación al momento en que la Fiscalía remitió la información solicitada por el CNM para la presente evaluación; Además, el magistrado informó en sus declaraciones juradas tener cuatro personas a su cargo: dos hijos, un hermano mayor de edad y su madre. En las declaraciones juradas de los años 2007, 2008 y 2009, el magistrado registró ingresos del sector privado, precisando en el acto de entrevista que éstos se generaron de la renta obtenida de un bien inmueble que pertenece a la familia y que durante ese período le fue cedido por sus hermanos como apoyo económico; También registra seis inmuebles, los cuales tienen un valor conjunto de S/. 41,813. 00 nuevos soles, la mayoría de estos inmuebles son terrenos, indicando el magistrado que los adquirió para eventualmente destinarlos a la agricultura. De acuerdo a la información remitida por la Superintendencia de Registros Públicos, el magistrado es titular de un vehículo de placa V1S-438 desde el año 2010. Sin embargo, dicho vehículo no aparece registrado en su formato de datos ni en sus declaraciones juradas de los últimos años. En el acto de entrevista el magistrado señaló haber optado por no tener vehículo alguno, pues así evitaría las denuncias (supuestamente falsas) que su cónyuge le suele entablar por tratar de atropellarla; La Superintendencia de Administración Tributaria informó que el magistrado cuenta con número de RUC activo desde el año 1996, el cual se encuentra registrado para desarrollar actividades económicas relacionadas con la arquitectura e ingeniería. Durante la entrevista el magistrado señaló no conocer los motivos por los cuales el RUC aparecía registrado para actividades en tales rubros, sugiriendo que debía haber un error, pues cuando él tramitó la obtención de dicho registro fue para actividades relacionadas a su profesión como abogado; vi) Información sobre deudas o sanciones administrativas tributarias, municipales, de tránsito, en los años 2011 y 2012, el magistrado fue multado por haber conducido con presencia de alcohol en la sangre o bajo efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos; En el acto de la entrevista el magistrado reconoció haberse encontrado en una oportunidad en estado de ebriedad y se vio obligado a conducir un vehículo. Al solicitársele que precisara dicha justifi cación, el magistrado indicó que condujo para evitar la agresión de su esposa, y así protegerse él y a su vehículo. Además refi rió que en efecto dicha conducta confi guraba un delito de peligro común; sin embargo, debían considerarse las condiciones atenuantes del caso, como el estado de necesidad de protegerse; En cuanto a la segunda multa, indicó que ésta le fue impuesta como resultado de un artifi cio elaborado por su inquilina, al cual se ha hecho referencia en el sub rubro participación ciudadana, en el que se describió la información que aparece en Internet relacionada al magistrado; v) Procesos judiciales, el magistrado fi gura como demandante en tres procesos: Tenencia, Divorcio y Violencia Familiar, como demandado en un proceso: Alimentos, como denunciante en tres procesos: Coacción y Hábeas Corpus; y, como denunciado en cuatro procesos: Sustracción de Menor, Peligro Común al conducir un vehículo y Exposición y Abandono de Persona en Peligro, Falsedad Ideológica); Según el magistrado, todos estos procesos se encuentran vinculados a hechos confl ictivos surgidos por su relación conyugal quebrantada. El magistrado sostiene que los hechos que su esposa le atribuye en general son falsos y que la fricción entre ellos obedece a que se encuentran atravesando por un proceso de divorcio. También sostiene que ninguno de los procesos judiciales o investigaciones ha culminado con sentencia que determine algún tipo de responsabilidad que le sea atribuible; Quinto: Que, con relación al rubro idoneidad. i) Calidad de decisiones, se califi caron trece resoluciones/ dictámenes el magistrado obtuvo un puntaje promedio de 1.54 sobre un máximo de 2.0 puntos, revelando un nivel adecuado en la motivación de sus decisiones; ii) Calidad en gestión de procesos, el análisis de los diversos indicadores apreciados en el proceso de evaluación, permite inferir que el nivel de dirección y organización de los procesos a cargo del magistrado es apropiado, obteniendo un puntaje promedio de 1.55 sobre un máximo de 1.75; iii) Celeridad y rendimiento, la evaluación de los diversos elementos que fl uyen del proceso permite inferir que el nivel de producción y celeridad en el manejo de los expedientes es adecuado; iv) Organización de trabajo, los informes correspondientes a los años 2009 y 2010, sobre el desarrollo del trabajo y aprovechamiento de los recursos humanos y logísticos para mejorar la calidad de servicio 2 http://www.rpp.com.pe/2011-01-11-arequipa-detienen-a-fi scal-ebrio-por- atropellar-a-esposa-e-hijo-noticia_326266.html 3 http://diariocorreo.pe/movil/ultimas/noticias/2376542/denuncian-a-fi scal- corporativo-por-violencia