Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2013 (01/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013

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Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 51° Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 01 de noviembre del presente ano. Articulo Segundo: REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 41° Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA a partir del 01 de noviembre del presente ano, debiendo ejercer funcion jurisdiccional efectiva a partir del 07 de noviembre del presente ano al retorno de la licencia sin goce de haber solicitada. Articulo Tercero: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado Mixto de Ate Vitarte, a partir del 01 de noviembre del presente ano y mientras duren las vacaciones de la doctora MORDAZA Carrasco. Articulo Cuarto: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 4° Juzgado de Paz Letrado de Barranco - Miraflores, como Juez Provisional del Decimo MORDAZA Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de MORDAZA, a partir del 04 de noviembre del presente ano y mientras duren las vacaciones del doctor MORDAZA Lopez. Articulo Quinto: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MOROCHO MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho ­ Chosica, a partir del 04 de noviembre del presente ano y mientras duren las vacaciones de la doctora MORDAZA Frisancho. Articulo Sexto: DESIGNAR a la doctora ROSSANA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Penal de MORDAZA Este, a partir del 04 de noviembre del presente ano y mientras duren las vacaciones de la doctora MORDAZA Roldan. Articulo Setimo: DESIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA QUEREVALU, como Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre a partir del 04 de noviembre del presente ano. Articulo Octavo: DESIGNAR a la doctora JOVANNA MILLY MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Paz Letrado de Barranco - Miraflores, a partir del 04 de noviembre del presente ano y mientras dure la promocion de la doctora MORDAZA Guzman. Articulo Noveno: DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho ­ Sede Comisaria Turno "A" a partir del 04 al 18 de noviembre del presente ano. Articulo Decimo: ACEPTAR LA DECLINACION de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado Mixto Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho a partir del 01 de noviembre del presente ano; y, DESIGNAR a la doctora MORDAZA JESSY MORDAZA TASAYCO, como Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado Mixto Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho, a partir de 01 de noviembre del presente ano. Articulo Decimo Primero: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1008708-1

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Resuelven no ratificar en el cargo a Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Churcampa, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 385-2013-PCNM MORDAZA, 18 de junio de 2013. VISTO: El expediente de evaluacion integral y ratificacion de don Elder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Churcampa del Distrito Judicial de MORDAZA, interviniendo como ponente el senor consejero MORDAZA MORDAZA Vallenas; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolucion Nº 902-2005-CNM el magistrado fue nombrado Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Churcampa del Distrito Judicial de MORDAZA, juramentando en el cargo el 19 de MORDAZA de 2005. En consecuencia, ha transcurrido el periodo de siete anos a que refiere el articulo 154 inciso 2 de la Constitucion Politica del Peru, para los fines del MORDAZA de evaluacion integral y ratificacion correspondiente; Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, se aprobo la Convocatoria N° 002-2013-CNM de los procesos individuales de evaluacion integral y ratificacion, comprendiendo, entre otros, al magistrado anteriormente mencionado, siendo su periodo de evaluacion desde el 19 de MORDAZA de 2005 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con su entrevista personal desarrollada en sesion publica de 30 de MORDAZA de 2013, quedando en reserva hasta el 18 de junio de 2013, habiendose previamente puesto de su conocimiento tanto el expediente administrativo que obra en el Consejo Nacional de la Magistratura, como tambien el informe individual elaborado por la Comision Permanente de Evaluacion y Ratificacion, garantizandose de esta forma su derecho al debido proceso; Tercero: Que, con relacion al rubro conducta, i) Antecedentes disciplinarios, no registra medidas disciplinarias firmes. Sin embargo, registra una llamada de atencion como medida preventiva por no haber asistido puntualmente a una diligencia. El magistrado explico que dicha inasistencia se debio a su reciente asignacion a una Fiscalia Penal en MORDAZA, en donde se venia aplicando el MORDAZA Codigo Procesal Penal, reconociendo el desconocimiento de la nueva regulacion, a lo que se sumo la omision por parte del personal de la fiscalia que no le informo oportunamente sobre dicha diligencia; ii) Participacion ciudadana, el magistrado registra cuatro documentos de reconocimiento a su labor. De otro lado, se ha recibido una denuncia por parte de MORDAZA Jhessi Arratia MORDAZA, quien atribuye al magistrado no haber llevado a cabo las diligencias necesarias para el esclarecimiento del delito que habia sido cometido en su agravio. El magistrado senalo en la entrevista que dicha denuncia fue motivo de una investigacion por el organo de control, siendo archivada en su oportunidad; Respecto a la informacion obtenida por internet, aparece en la pagina electronica del diario La Republica1

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http://www.larepublica.pe/03-07-2011/fiscal-aparentemente-ebrio-casiatropella-menor

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