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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013 507908 f) Ordenar el sentido de desplazamiento de los taxis amarillos del Jr. Humboldt a la Av. Huánuco para que circulen de la Av. Bauzate y Meza a la Av. Huánuco. g) Restringir el horario de trabajo de los comerciantes de módulos codifi cados del lado par e impar de la Av. Huánuco desde las cuadras 14 a la 18, sólo hasta las 14:00 horas del día. h) Erradicar a los comerciantes informales que no cuenten con la respectiva autorización para la ocupación de la vía pública i) No autorizar en el perímetro del Damero de Gamarra (zonas A y B) la ejecución de actividades comerciales de temporada, tales como venta de helados, chupetes, gaseosas, productos navideños y de fi n de año. j) Proceder al decomiso y/o retiro de los módulos del espacio público que incumplan lo dispuesto en los dispositivos emanados en la presente norma. Artículo Sexto.- La Gerencia de Fiscalización y Control conforme a sus atribuciones y competencias efectuará las medidas de paralización inmediata de las obras que se encuentren ejecutándose en el Damero de Gamarra, de acuerdo a lo establecido en los artículos precedentes; Artículo Sétimo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, y a las Gerencias de Servicios a la Ciudad, de Desarrollo Urbano, de Desarrollo Social, Fiscalización y Control, de Desarrollo Económico y de Seguridad Ciudadana, así como a las subgerencias a su cargo, en lo que corresponda a sus competencias y atribuciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1020318-1 PROYECTO ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la modificación del “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 047-2013-OEFA/CD Lima, 27 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal b) del Numeral 11.1 del Artículo 11º de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cada por la Ley Nº 30011, el OEFA tiene a su cargo la función de supervisión directa, la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación ambiental por parte de los administrados; Que, de conformidad con lo señalado en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley Nº 29325, también modifi cada por la Ley Nº 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas a la verifi cación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fi scalización ambiental, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2013-OEFA/CD se aprobó el Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA, con el objeto de establecer reglas especiales para el ejercicio de la función de supervisión directa en el marco de la terminación de actividades realizada por los administrados; Que, resulta necesario modifi car el Reglamento antes mencionado a efectos de regular la programación de la supervisión directa para terminación de actividades así como precisar los aspectos que serán objeto de supervisión, con la fi nalidad de asegurar la rehabilitación y/o remediación de las áreas afectadas por una actividad económica; Que, en ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de modifi cación del “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA”, proyecto normativo que previo a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la fi nalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo Nº 56-2013, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 035-2013 realizada el 27 de noviembre de 2013, se acordó por unanimidad disponer la publicación de la propuesta de modifi cación del “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA”, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la modifi cación del “Reglamento Especial de Supervisión Directa para la Terminación de Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA” aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2013-OEFA/CD, en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 3º.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida República de Panamá Nº 3542 del distrito de