Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2013 (28/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013

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acuerdo de concejo al MORDAZA y regidores de dicha comuna edil. Al respecto, senala que contra el Acuerdo de Concejo N° 049-2013/CM-MPC, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha interpuesto un recurso de reconsideracion (fojas 242 a 257). Posteriormente, por medio de la Carta N° 28-2013/SGMPC, el secretario general de la Municipalidad Provincial de Calca remite el escrito de desistimiento formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el recurso de reconsideracion interpuesto contra la decision tomada en el Acuerdo de Concejo N° 049-2013/CM-MPC. Respecto a la situacion juridica de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se debe establecer que, por medio del Oficio N° 407-2013JPUC-CSJCU/PJ-YMO-umq, el juez del Juzgado Penal Unipersonal de Calca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA informa que mediante la Resolucion N° 32, de fecha 15 de MORDAZA de 2013, se ha condenado a dicho ciudadano por el delito de peculado doloso y por falsedad generica en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca y el Estado peruano, imponiendosele 7 anos de pena privativa de MORDAZA, disponiendose la inmediata ejecucion de la pena privativa de la MORDAZA efectiva impuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su posterior internamiento en el Establecimiento Penal de Quenccoro, de MORDAZA (fojas 1 a 85). Por medio del oficio del visto, se remite el Oficio N° 730-2013-2°SPAC-CSJC-PJ-afgp, elaborado por el especialista legal de la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el que se informa que el MORDAZA penal incoado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra en etapa de apelacion; sin embargo, se precisa que si bien dicho ciudadano no guarda reclusion, se encuentran vigentes las ordenes para su conduccion compulsiva, de grado o fuerza, ante el Juzgado Penal Unipersonal de Calca (fojas 319 a 326). CONSIDERANDOS 1. La causal de suspension por mandato de detencion tiene por finalidad contar con las autoridades en plena capacidad para ejercer las competencias que la ley les otorgue, pues si la autoridad municipal o regional se encuentra detenida o en la clandestinidad no podra ejercer funciones propias de su cargo. En ese sentido, para configurarse la causal de suspension, regulada en el articulo 25, numeral 5, basta que el mandato de detencion se encuentre vigente, no importando que el mismo se MORDAZA ejecutado. Ahora bien, con mayor razon, debera aplicarse dicha causal cuando el ciudadano tiene orden de captura o se encuentra recluido en un centro penitenciario. Ello porque debe tomarse en cuenta la razon de ser de esta causal, cual es que la autoridades regionales o municipales puedan ejercer las funciones propias de su cargo con normalidad. A mayor abundamiento, en relacion con la regulacion en el ambito municipal, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha considerado que basta que el mandato de detencion u orden de captura MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, no siendo determinante que el mandato se encuentre firme o no. Ello ya ha sido expuesto en las Resoluciones N° 920 -2012-JNE, N° 1077-2012-JNE, N° 931-2012-JNE, N° 932-2012-JNE, N° 928-2012-JNE, N° 1129-2012-JNE, entre otras, en las que este organo electoral ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 2. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprecia de autos que, por medio de la sentencia, de fecha 15 de MORDAZA de 2013, se ha condenado a dicho ciudadano por el delito de peculado doloso y por falsedad generica en agravio de la Municipalidad Provincial de Calca y el Estado peruano, y se ha dispuesto la inmediata ejecucion de la pena privativa de la MORDAZA efectiva impuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su posterior internamiento en el Establecimiento Penal de Quenccoro, de Cusco. Posteriormente, se informo que si bien la sentencia penal condenatoria MORDAZA aludida se encuentra en apelacion, no puede desconocerse que existen ordenes vigentes para la conduccion compulsiva, de grado o fuerza, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el Juzgado Penal Unipersonal de Calca. 3. En ese contexto, al existir ordenes vigentes para la conduccion compulsiva, de grado o fuerza, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el Juzgado Penal Unipersonal de Calca, atendiendo a su situacion juridica actual,

3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles, luego de presentado el recurso de apelacion, y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3% de la unidad impositiva tributaria (S/.116,55). Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de Checca, a la mayor brevedad posible, y dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, emita un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, teniendo en cuenta los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1020438-3

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1026-2013-JNE Expediente N° J-2013-943 CALCA - MORDAZA MORDAZA, trece de noviembre de dos mil trece VISTO el Oficio N° 7192-2013-P-CSJCU-PJ, recibido el 12 de noviembre de 2013, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el que se informa sobre el MORDAZA penal incoado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco. ANTECEDENTES Por medio de la Carta N° 18-2013/SG-MPC, MORDAZA MORDAZA Grispo, secretario general de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA, remite el Acuerdo de Concejo N° 049-2013/CM-MPC, por medio del cual se suspende a MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por estar incurso en la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 225 a 230). Asimismo, por medio de la Carta N° 26-2013/SG-MPC, el secretario general de la Municipalidad Provincial de Calca remite las constancias de notificacion del referido

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