Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2013 (02/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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las mejoras efectuadas sobre el lote a favor de la municipalidad. Los beneficiarios podran conformar una organizacion vecinal, con la finalidad de concluir con las obras de habilitacion MORDAZA del sector que ocupan y propiciar el desarrollo, ornato y seguridad de su MORDAZA y del conjunto MORDAZA y eventualmente para la construccion de sus viviendas CAUSALES DE REVOCACION DE LA ASIGNACION Articulo 12º.- Seran causales de la revocacion de la asignacion de lotes de vivienda: 1.- Haber solicitado y obtenido la asignacion de lote en contravencion a lo establecido en los articulos 4º, 5º, 7º de la presente ordenanza. 2.- No haber ejercido la posesion personal del lote asignado dentro de los 30 dias de otorgado plazo establecido, por causas imputables al interesado. 3.- Haber transferido, traspasado o cedido su derecho de beneficiario a terceros o haber alquilado el predio asignado. 4.- No haber iniciado su procedimiento de adjudicacion dentro del plazo establecido, por causas imputables al interesado. 5.- Destinar el uso del lote a un fin distinto para lo cual fue asignado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los procedimientos en tramite iniciados MORDAZA de la vigencia presente ordenanza adecuaran su solicitud a las disposiciones contenidas en la presente El organo municipal que tuviera a cargo los expedientes presentados por los administrados remitira toda la documentacion presentada a la Direccion de Programas Sociales y Desarrollo Humano para su atencion correspondiente, que recabara de ser el caso la informacion necesaria de la Direccion de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural y de la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas. Segunda.- Deleguese las facultades de declaracion de caducidad de derechos posesorios y la reversion de

El Peruano Miercoles 2 de octubre de 2013

terrenos al dominio municipal a la Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural, de aquellos beneficiarios y/o adjudicatarios de un lote que hubieran incumplido indebidamente con las condiciones para lo cual se les otorgaron, incluyendose aquellos casos que vienen pagando tributos sin ejercer la posesion del terreno, para dicho efecto debera tomarse en cuenta las disposiciones contenidas en los documentos otorgados y/o las normas municipales al momento de su expedicion, la Ley Organica de Municipalidades- Ley Nº 27972 y de ser el caso la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, debiendose aplicar supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General,-Ley Nº 27444. Tercero.- Las acciones de reubicacion de aquellos predios inmersos en la poligonal del Sitio Arqueologico Vichama, seran ejecutados de manera progresiva por la Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural, en coordinacion con los afectados, que se pondran a conocimiento de la jefatura de la Unidad Ejecutora 003/ MC MORDAZA Arqueologica Caral ­ Sede Vichama. Aceptada y efectuada la reubicacion se expedira la MORDAZA .de posesion por reubicacion. Las acciones de reubicacion deberan considerar un orden de prelacion tomando en consideracion preferentemente aquellos predios ocupados que esten afectando directamente el sitio arqueologico. Las lotizaciones y/o habilitaciones urbanas que apruebe dicho organo en terrenos municipales asi como en los terrenos revertidos debera considerar areas para el cumplimiento de las reubicaciones y /o compensaciones de terrenos Cuarto.- Facultese a la Direccion de Programas Sociales y Desarrollo Humano y Direccion de Obras Desarrollo MORDAZA y Rural, emitir normas operativas para el adecuado cumplimiento de la presente ordenanza, dentro de las competencias otorgadas y aprobar los formatos a que se refiere la presente ordenanza Quinto.- Dejese sin efecto, toda disposicion que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA MORDAZA

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REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
LA DIRECCION

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