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El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504115 GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL, a la SECRETARÍA GENERAL la publicación del presente decreto en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO y DISPONER que la GERENCIA DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO LOS OLIVOS (CIELO) Y TIC’S proceda a publicar el texto íntegro del presente Decreto de Alcaldía, en la página web de la entidad: www. munilosolivos.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 994838-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Declaran de interés local la petición de cambio de zonificación de Otros Usos a Comercio Zonal respecto de predios ubicados en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 062 San Juan de Lurigancho, 20 de setiembre 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 677-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 456-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 123-2013- GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 433-2013-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, y el Registro Nº 44893-L1-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y acorde con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que, el Artículo 9º Numeral 35) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica como atribución del Concejo Municipal, las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley; Que, el Artículo 73º Párrafo Tercero Literal b) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, precisa - dentro del marco de las competencias y funciones especifi cas establecidas en la presente ley - que los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 620-MML - Ordenanza Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y la Actualización de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, refi ere que la Zonifi cación regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en los Planos de Zonifi cación Urbana, Reglamento de Zonifi cación e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. La Zonifi cación de Lima tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el mercado de suelos; (ii) alentar la inversión inmobiliaria pública y privada, sea empresarial comunal o particular, con normas claras y confi ables; (iii) aplicar nuevas tecnologías para una gestión más productiva del suelo Urbano; (iv) densifi car e intensifi car el uso del suelo urbano; (v) integrar con efi ciencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la más alta calidad del medio ambiente en el ámbito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; (viii) simplifi car los procedimientos y eliminar los costos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad urbana; y (x) generar una transparente cooperación entre la población y sus autoridades locales; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1081-MML - Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, establece un régimen excepcional de Cambios Específi cos de Zonifi cación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Corporación Municipal cuando corresponda. Para lo cual, los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, siendo que el órgano competente formulará el Informe Técnico correspondiente; y la Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 50º del Decreto Supremo Nº 004- 2011-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, sostiene que los Cambios de Zonifi cación pueden ser propuestos de ofi cio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital, en tanto el Numeral 51.5 del Artículo 51º del precitado Reglamento, expresa que la municipalidad distrital elevará la propuesta de cambio de zonifi cación a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 1617-MML - Ordenanza que Norma los Cambios de Zonifi cación en Lima Metropolitana, menciona que las Municipalidades Distritales realizarán la evaluación de las Peticiones de Cambio de Zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante; Que, mediante Registro Nº 44893-L1-2013, el señor Lan Chun Tsai solicita el Cambio de Zonifi cación de Otros Usos (OU) a Comercio Zonal (CZ), de los predios ubicados en la Manzana E1 Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de la Urbanización “San Hilarión”, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 443-2013-SGPUC/GDU/ MSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro señala que el solicitante Lan Chun Tsai resulta ser titular de los predios ubicados en la Manzana E1 Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de la Urbanización “San Hilarión”, distrito de San Juan de Lurigancho, inscritos en las Partidas Nº 11588816, 11588817, 11588818, 11588819, 11588820, 11588821, 11588822, 11588823, 11588824, 11588825, 11588826, 11588827, 11588828, 11588829, 11588830, 11588831, 11588832, 11588833, 11588834, 11588835, 11588836, 11588837, 11588838, 11588839, 11588840, 11588841, 11588842, 11588843, 11588844, 11588845 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP; y durante la inspección ocular pudo apreciarse la consolidación de lotes de uso residencial tipo unifamiliar y multifamiliar en su entorno, donde las características físicas de la estructura vial de la zona guarda estrecha relación con las condiciones físicas existentes, siendo que lo solicitado permitirá la consolidación de los usos comerciales para solucionar los problemas de empleo y défi cit de locales comerciales de envergadura necesarios en la jurisdicción, por estar acorde con el constante crecimiento poblacional y los parámetros urbanísticos vigentes. Por lo que teniendo en cuenta las consideraciones expuestas y estando a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1617-MML, concluye que resulta Factible el Cambio de Zonifi cación propuesto, debiéndose elevarse al Concejo Municipal Distrital para emitirse el Acuerdo de Concejo respectivo; Que, mediante Informe Nº 456-2013-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente declarar de Interés Local la petición de Cambio