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El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504106 Artículo Segundo.- DECLARAR que para las Nuevas Elecciones Municipales 2014 los Jurados Electorales se instalarán e iniciarán sus actividades el 1 de diciembre de 2013. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de las Cortes Superiores de Justicia de San Martín, Lambayeque, Áncash, Huaura, Junín, Ica, Apurímac, Arequipa, Puno y Ucayali y de las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fi scales de San Martín, Lambayeque, Áncash, Huaura, Junín, Ica, Apurímac, Arequipa, Puno y Ucayali, así como de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 995285-4 Establecen y restituyen vigencia de normativa aplicable para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales, convocadas para el 16 de marzo de 2014 RESOLUCIÓN N° 914-2013-JNE Lima, treinta de setiembre de dos mil trece VISTO el Decreto Supremo N° 108-2013-PCM, publicado el 20 de setiembre de 2013, que convoca a Nuevas Elecciones Municipales para el 16 de marzo de 2014. CONSIDERANDOS El artículo 176 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Sistema Electoral tiene por fi nalidad asegurar que las votaciones y los escrutinios traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. Para tal fi n, el Jurado Nacional de Elecciones, intérprete especializado de las disposiciones constitucionales y legales referidas a materia electoral, es el encargado de establecer, dentro de los parámetros de la Constitución Política del Perú, y velando por el respeto de los derechos fundamentales, las reglas que rigen cada etapa del proceso electoral. Al haberse convocado a Nuevas Elecciones Municipales para el 16 de marzo de 2014, corresponde que este órgano colegiado, en ejercicio de su capacidad reglamentaria, precise la normativa que se aplicará en dicho proceso, ya sea porque se encuentre vigente o porque deba restablecerse su vigencia. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- ESTABLECER que para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales convocadas para el 16 de marzo de 2014, es de aplicación la siguiente normativa: • Constitución Política del Perú. • Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. • Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones. • Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales. • Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, modifi cada por las Leyes N° 28624, N° 28711 y N° 29490. • Reglamento de Propaganda Electoral, aprobado por la Resolución N° 136-2010-JNE, y su modifi catoria, efectuada por la Resolución N° 023-2011-JNE. • Reglamento de Publicidad Estatal en periodo electoral, aprobado por la Resolución N° 004-2011-JNE. • Reglamento para la acreditación de personeros y observadores en procesos electorales, aprobado por la Resolución N° 5006-2010-JNE. • Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por la Resolución N° 5011-2010-JNE, y su modifi catoria, efectuada por Resolución N° 699-2011-JNE. • Resolución N° 241-2013-JNE, que aprueba la Tabla de recursos impugnatorios y otros actos jurisdiccionales en materia electoral, integrada por Resolución N° 764-2013- JNE. Artículo Segundo.- RESTITUIR la vigencia, para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales convocadas para el 16 de marzo de 2014, de la normativa que se detalla a continuación: • Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado por la Resolución N° 247-2010-JNE, precisándose que cuando se haga referencia del pago de tasas o derechos de justicia electoral debe considerarse la UIT vigente. • Resolución N° 0676-2011-JNE, que precisa el artículo 24, numeral 2, del Reglamento de inscripción de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. • Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas para las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional del año 2010, aprobado por la Resolución N° 1717-2010-JNE. • Reglamento para la Aplicación de la Cifra Repartidora y el Premio a la Mayoría en el proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2009, aprobado por Resolución N° 630-2009-JNE. • Instructivo sobre Democracia Interna para la Elección de Candidatos de los Partidos Políticos y Movimientos Regionales para el Proceso Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, aprobado por Resolución N° 302-2010-JNE. • Resolución N° 014-2011-JNE, que establece reglas sobre el principio de neutralidad en procesos electorales. • Resolución N° 094-2011-JNE, que establece reglas para la presentación de pedidos de nulidad y recursos de apelación. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Presidencia del Poder Judicial y del Fiscal de la Nación, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 995285-5