Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (02/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504114 de Trabajo, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 692- 2006; Que el artículo 151º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, señala como condiciones para determinar la gravedad de la falta, entre otras: a) circunstancias en que se comete la falta, b) la forma de la comisión y e) los efectos que produce la falta; que en el presente caso, se verifi can las mismas, debido a que habría existido un reiterado incumplimiento de la mencionada ex trabajadora, de no adjuntar oportunamente el informe médico expedido por EsSalud y además de ello, de incumplir con su obligación de devolver el importe adeudado por concepto de subsidios no recuperados; por lo que, conforme a lo indicado en los párrafos precedentes habría ocasionado con dicho accionar, un perjuicio económico a la institución; Que de lo expuesto, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, luego de evaluar la documentación remitida señalan que existen indicios razonables que hacen presumir que la ex servidora Juanita Mercedes Bordón Girao habría incurrido en la presunta comisión de la falta grave prevista en el inciso f) del artículo 28º del Decreto Legislativo N° 276 como “La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros”, concordante con el inciso d) del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 692-2006; por lo que existe mérito para la apertura de proceso administrativo disciplinario contra la citada ex trabajadora. Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y a las facultades delegadas mediante la Resolución de Alcaldía Nº 397-2009; SE RESUELVE: Artículo Primero: Instaurar proceso administrativo disciplinario a la ex trabajadora Juanita Mercedes Bordón Girao, por la presunta comisión de la falta disciplinaria prevista en el inciso f) del artículo 28º del Decreto Legislativo N° 276, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Notifi car, a la señorita Juanita Mercedes Bordón Girao, la presente resolución con las formalidades de ley, a efectos que en el término de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, presente el descargo que considere pertinente, dirigido a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en la Ofi cina de Trámite Documentario, sito en Edifi cio Cahuas, Jr. Camaná Nº 564-Cercado de Lima. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Subgerencia de Personal, la presente Resolución, para las acciones de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA REÁTEGUI NAPURI Gerente de Administración Gerencia de Administración 995030-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Denominan “Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls” a edificio sede del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Los Olivos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2013-MDLO/ALC Los Olivos, 12 de setiembre de 2013 VISTOS: El Informe Nº 884-2013/MDLO/GSC/ SGPJSRCD de la Sub Gerente del Palacio de la Juventud y Sedes Recreacionales, Cultura y Deporte, Informe Nº 00615-2013/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 2600-2013-MDLO/GM de la Gerencia Municipal contenidos en el F.U.T. I Nº 0014643-2013, y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 195º y 197º de la Constitución Política del Perú establecen que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local así como promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls, es entre otros, ex Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Católica Sedes Sapientiae y actual rector de la citada casa de estudios, habiendo sido Juez Auditor del Tribunal de la Sacra Rota de la Nunciatura Apostólica de España, cargo que le fue conferido por la Conferencia Episcopal Española y que fuera ratifi cado por el Vaticano; Que, con Informe Nº 884-2013/MDLO/GSC/ SGPJSRCD la Sub Gerente del Palacio de la Juventud y Sedes Recreacionales, Cultura y Deporte da cuenta que en el presente año se está conmemorando siete años de creación del Palacio de la Juventud, resaltando en nuestro distrito fi guras ilustres como la del Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls, Rector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, quien ha demostrado cualidades en benefi cio del distrito de Los Olivos, siendo meritorio perennizar su nombre como ejemplo de superación y engrandecimiento del distrito; Que, dada las cualidades descritas, la Sub Gerente del Palacio de la Juventud y Sedes Recreacionales, Cultura y Deporte propone que el Palacio de la Juventud en adelante deberá denominarse Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls en reconocimiento de las obras por el bien de la juventud, fortaleciendo la unión familiar como el valor más importante de nuestra sociedad, reconociendo también el gran servicio de formación académica-espiritual brindado a favor de la juventud olivense. En tal sentido en conveniente perennizar su nombre en nuestra sede municipal avocada al trabajo con los jóvenes, proponiendo también se le brinde un reconocimiento público por su amplia trayectoria.”; Que, con Informe Nº 00615-2013/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, atendiendo a la propuesta de la Sub Gerente del Palacio de la Juventud y Sedes Recreacionales, Cultura y Deporte a efectos de que se otorgue al edifi cio de la sede del Palacio de la Juventud de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, ubicado en la Av. Universitaria Nº 2086, la denominación de “Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls”, actual rector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae. Expresa, entre otros, que el citado ha sido investido como Rector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae. Acota que fl uye la intención de otorgar a la edifi cación destinada al uso de nuestras juventudes constituye un asunto de interés para el vecindario olivense, procediendo otorgársele el trámite correspondiente; Que, atendiendo al marco legal normativo, para el caso materia de análisis, la Gerencia de Asesoría Jurídica, expresa que el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, acorde a los fundamentos de hecho y derecho expuestos la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable señalando que mediante decreto de alcaldía el edifi cio de la sede del Palacio de la Juventud ubicado en la Av. Universitaria Nº 2086 de denomine Monseñor Dr. Joaquín Martínez Valls, tal como especifi ca; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DENOMINAR al edifi cio de la sede del PALACIO DE LA JUVENTUD de la MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS, ubicado en la Av. Universitaria Nº 2086, como “MONSEÑOR DR. JOAQUÍN MARTÍNEZ VALLS”, conforme a los fundamentos esgrimidos en el presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente a la GERENCIA MUNICIPAL y ORDENAR la debida difusión del presente a la