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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (02/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504111 desarrollo y la economía regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, se establece como política de Estado la afi rmación de un Estado efi ciente y transparente (Política 24º), así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas (Política 26º); correspondiendo al Estado afi rmar en la sociedad y en el Estado principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; así mismo constituye elemento circunstancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos; Que, la corrupción es un fenómeno que afecta a todos los peruanos, en especial a los más pobres, y por tanto su combate o control representa una política de Estado que comprende a los tres niveles de gobierno; en esa línea, el artículo 9º de la Ley Nº 29976, eleva a rango de ley la norma de creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN Anticorrupción). Que, mediante la Ley Nº 29976 del 10 de diciembre del 2012, se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; disponiendo a los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de Comisiones Regionales y Locales Anticirrupción, cuya conformación se dará en el marco de dicha Ley. Que, se ha encargado a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, coordinar con dichas comisiones la ejecución de la Política y el Plan Nacional de lucha contra la corrupción a nivel regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM se aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, que contiene una visión, un objetivo general, cinco (5) objetivos específi cos, quince (15) estrategias y cincuenta y cinco (55) acciones, y cuyo ámbito de aplicación comprende a los Gobiernos Regionales. Que, los objetivos del Plan Nacional Anticorrupción 2012- 2016, son: a) Articulación y Coordinación Interinstitucional para la Lucha Contra la corrupción, b) Prevención efi caz de la corrupción, c) investigación y sanción oportuna y efi caz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; 4) promoción y articulación de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción, 5) Posicionamiento del Perú en los espacios internacionales de lucha contra la corrupción. Que, mediante Ofi cio Nº 2238-2013-MP-PJFST-DFM, la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores Titulares del Distrito Fiscal de Moquegua, remite al Consejo Regional el compilado denominado “Acciones realizadas en la lucha frontal contra la corrupción en la Región de Moquegua”, En el refi ere que la carga procesal por delitos de corrupción en el Distrito Fiscal Moquegua se han incrementado en el 2011, 184 denuncias, en el 2012, 249 denuncias y de lo que va el año 2013 se tiene 274 denuncias en trámite. Que, los niveles de corrupción, existentes en las instituciones Públicas de la Región Moquegua, está afectando la gobernabilidad, la Institucionalidad, la credibilidad y confi anza en sus gobernantes y funcionarios públicos, los que repercute negativamente en el ámbito económico, político y social de nuestra Región, por lo que la lucha frontal contra la corrupción solo será posible con el compromiso y esfuerzo conjunto de las diversas instituciones del Estado, de la sociedad civil, del sector privado y la ciudadanía en general. Que, se cuentan con las opinión Técnica y Legal favorables para la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Moquegua, emitidas a través de los Informes Nº 138-2013-GGR/GR.MOQ de la Gerencia General, Informe Legal Nº 050-2013-DRAJ/GR.MOQ, así como la opinión favorable del Procurador Público Regional emitida a través del Ofi cio Nº 189-2013-PPR/GR.MOQ. Por estas consideraciones, estando en Sesión Ordinaria de fecha 08 de agosto del 2013, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional, por votación unánime de sus miembros, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE LA REGIÓN DE MOQUEGUA Artículo Primero.- DECLÁRESE de Prioridad y como Política de Gestión Pública Regional la Lucha contra la Corrupción para el desarrollo regional en el desempeño de la función pública, en cumplimiento de la legislación nacional y en el marco de la normatividad específi ca de cada institución. Artículo Segundo.- Creación, Finalidad y Objeto de la Comisión CRÉASE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE LA REGIÓN MOQUEGUA, que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevención y combatir la Corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. La Comisión Regional Anticorrupción además tiene como objeto, articular esfuerzos, coordinar acciones, proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en la Región dentro de los lineamientos establecidos por Ley. Artículo Tercero.- Conformación: La Comisión Regional Anticorrupción de la Región Moquegua se encuentra conformada por: • Integrantes plenos con derecho a voz y voto: - Presidente del Gobierno Regional de Moquegua. - Un representante del Consejo Regional de Moquegua. - Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Moquegua. - Gobernador Regional de Moquegua. - Procurador Público Anticorrupción Descentralizado. - El Procurador del Gobierno Regional de Moquegua. - El procurador de cada una de las Municipalidades Provinciales. - El Director Regional de Educación de Moquegua. - Un Representante del Colegio de Abogados de la Región Moquegua. - Un Representante del Colegio de Periodistas de Moquegua. - Un Representante del Comité de Vigilancia Regional PPR. - Un Representante del Frente de Defensa de los Intereses de cada Provincias de Moquegua. • En calidad de observadores, podrán participar en las sesiones de comisión con voz pero sin voto: - El Contralor Regional de Moquegua. - El Defensor del Pueblo de la Región Moquegua. - Un Representante de la Iglesia Católica. - Un Representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza. - Un Representante de las Organizaciones Sindicales de la Región Moquegua. - Un representante de las ONGs que trabajan en el tema de corrupción. Artículo Cuarto.- Funciones: La Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional de Moquegua, tiene las siguientes funciones: a. Elaborar el Plan Regional Anticorrupción de la Región Moquegua al 2016. b. Realizar el seguimiento, la supervisión de la implementación y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016 para la Región Moquegua. c. Informar semestralmente a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción sobre los avances en la implementación del Plan Regional de Lucha Contra la Corrupción. d. Proponer Políticas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevención y lucha contra la corrupción. e. Exponer ante el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua el Informe Anual sobre el cumplimiento del Plan Nacional y Regional de lucha contra la corrupción, y semestralmente los avances en la ejecución