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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (02/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504105 Definen diez circunscripciones administrativo-electorales para el proceso de nuevas Elecciones Municipales 2014, convocadas para el 16 de marzo de 2014, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes RESOLUCIÓN Nº 913-2013-JNE Lima, treinta de setiembre de dos mil trece VISTO el Memorando Nº 374-2013-DGPID/JNE, recibido el 25 de setiembre de 2013, mediante el cual la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones remite la propuesta de defi nición de las circunscripciones administrativo-electorales y distribución de los respectivos Jurados Electorales Especiales, para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2014, a realizarse en 53 distritos electorales el 16 de marzo de 2014. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 108-2013-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, con fecha 20 de setiembre de 2013, el Presidente de la República convocó a nuevas Elecciones Municipales 2014, para el día 16 de marzo de 2014, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de 53 concejos municipales, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014. 2. Convocado el proceso electoral antes mencionado, corresponde a este órgano colegiado defi nir el número y ámbito de las circunscripciones administrativo-electorales sobre las que tendrán competencia los Jurados Electorales Especiales, así como establecer las denominaciones de estos y las sedes en las que se instalarán para ejercer sus funciones como órganos temporales creados específi camente para cada proceso electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y los artículos 32 y 36 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 3. Las circunscripciones administrativo-electorales constituyen unidades geográfi cas necesarias para la labor jurisdiccional, planifi cación y desarrollo de las actividades comprendidas en el cronograma electoral, tanto del Jurado Nacional de Elecciones como de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, pues sobre ellas también se establecen las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, razón por la que, para su defi nición, se debe tener en cuenta la cercanía geográfi ca de los distritos comprendidos en la convocatoria, la accesibilidad de las vías de comunicación y la racionalidad del gasto de los recursos asignados. 4. En tal sentido, a fi n de garantizar la cercanía y facilidad de acceso a los órganos de justicia electoral, así como de facilitar la realización de las labores de fi scalización en el proceso, este órgano colegiado considera necesaria la defi nición de diez circunscripciones administrativo-electorales y de sus respectivos Jurados Electorales Especiales, los que tendrán competencia para recibir y califi car las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, resolver tachas, inscribir candidaturas, así como conocer solicitudes de acreditación de personeros, expedientes sobre publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestadoras, actas observadas, impugnaciones de cédula de votación e identidad de electores, pedidos de nulidad de elección, fi scalización del proceso electoral y otras que establezcan las leyes electorales, para, fi nalmente, proclamar a los candidatos electos y entregar las respectivas credenciales, conforme a las funciones señaladas en el citado artículo 36 de la Ley Nº 26846, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEFINIR diez circunscripciones administrativo-electorales para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2014, convocadas para el 16 de marzo de 2014, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, conforme al siguiente detalle: Nº JEE SEDE DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 SAN MARTÍN TARAPOTO LORETO ALTO AMAZONAS BALSAPUERTO JEBEROS SAN MARTÍN EL DORADO AGUA BLANCA 2 CHICLAYO CHICLAYO CAJAMARCA SAN PABLO SAN LUIS LAMBAYEQUE CHICLAYO CAYALTÍ OYOTÚN CAJAMARCA SAN MIGUEL BOLÍVAR LA LIBERTAD TRUJILLO HUANCHACO 3 HUARAZ HUARAZ ÁNCASH CARHUAZ ACOPAMPA HUAYLAS HUATA OCROS CONGAS RECUAY TICAPAMPA 4 HUAURA HUACHO LIMA CAJATAMBO HUANCAPÓN HUARAL ATAVILLOS ALTO SANTA CRUZ DE ANDAMARCA 5 HUANCAYO HUANCAYO JUNÍN CONCEPCIÓN NUEVE DE JULIO HUANCAYO HUALHUAS JAUJA ATAURA EL MANTARO HUARIPAMPA HUANCAVELICA TAYACAJA ACOSTAMBO 6 PISCO PISCO LIMA YAUYOS TANTA LIMA CAÑETE ASIA HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA SAN JUAN TICRAPO TANTARÁ ICA PISCO SAN ANDRÉS AYACUCHO LUCANAS CHIPAO PÁUCAR DEL SARA SARA SAN JOSÉ DE USHÚA 7 ABANCAY ABANCAY APURÍMAC ANDAHUAYLAS KAQUIABAMBA SAN ANTONIO DE CACHI ANTABAMBA PACHACONAS GRAU VIRUNDO CUSCO QUISPICANCHI CAMANTI 8 AREQUIPA AREQUIPA AREQUIPA AREQUIPA UCHUMAYO CARAVELI CHALA QUICACHA YAUCA CASTILLA CHACHAS PAMPACOLCA VIRACO CAYLLOMA ICHUPAMPA TAPAY ISLAY PUNTA DE BOMBÓN MOQUEGUA GENERAL SÁNCHEZ CERRO LLOQUE TACNA TARATA ESTIQUE PAMPA 9 PUNO PUNO PUNO AZÁNGARO ARAPA JOSÉ DOMINGO CHOQUEHUANCA EL COLLAO SANTA ROSA CARABAYA AYAPATA SANDIA CUYOCUYO YUNGUYO TINICACHI 10 CORONEL PORTILLO PUCALLPA UCAYALI CORONEL PORTILLO CAMPOVERDE