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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (16/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Miércoles 16 de octubre de 2013 504904 Artículo 7º.- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, deberá cumplir con la fi nalidad señalada en el artículo tercero de la presente Resolución, en el plazo previsto en su plan conceptual, así como los que surjan de las condiciones establecidas en el contrato de adjudicación o concesión; en caso contrario, revertirá el dominio del predio a favor del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo 8º.- La Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos, Ofi cina Registral de Iquitos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el solo mérito de la presente Resolución procederá a inscribir lo resuelto en los artículos precedentes. Regístrese, publíquese y comuníquese. CARLOS REATEGUI SÁNCHEZ Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 1000632-1 Autorizan al Sistema Administrativo de Contabilidad la implementación de acciones de saneamiento respecto a diversas cuentas contables RESOLUCIÓN Nº 078-2013/SBN San Isidro, 10 de octubre de 2013 VISTO: ElInforme Técnico Nº 001-2013-CSC de fecha 03 de setiembre de 2013, Nº 002-2013-CSC de fecha 03 de setiembre de 2013 y Nº 004-2013/SBN-CSC de fecha 01 de octubre de 2013, del Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; el Informe Nº 093-2013/SBN-OAJ de fecha 10 de octubre de 2013, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29608 obliga a las entidades públicas a la implementación de acciones de saneamiento de la información contable para lo cual realizarán las gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que los estados fi nancieros expresen en forma fi dedigna la realidad económica, fi nanciera y patrimonial, de tal forma que establecerán la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afectan el patrimonio público y reunirán la información sufi ciente y pertinente para tal fi n; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/93.01 se aprueba la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01, denominada “Lineamientos básicos para el proceso de saneamiento contable en el sector público”, que regula la obligatoriedad de las entidades públicas de efectuar las acciones administrativas necesarias para la revisión, análisis y depuración de la información contable, que permitan revelar en los estados fi nancieros la imagen fi el de su situación económica, fi nanciera y patrimonial; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 011-2011- EF/51.01 se aprueba el “Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales”, que disponen las políticas y procedimientos contables para el proceso de saneamiento contable; Que, mediante la Resolución Nº 039-2011/SBN de fecha 15 de junio de 2011, se creó el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a fi n de establecer las acciones que permitan reconocer, clasifi car y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicación de las acciones de saneamiento contable, debiendo informa a la Superintendente Nacional de Bienes Estatales las acciones de saneamiento ejecutadas y los resultados alcanzados; Que, el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales presentó las Actas Nºs 03 y 04,de fechas 03 de setiembre y 01 de octubre de 2013, que aprobaron los Informes Técnicos Nºs 001, 002 y 004-2013-CSC, a través de los cuales se concluye y recomienda la depuración de las partidas presentadas en las Cuentas Contables 1503.0203, 1507.0302 y 1101.03.01.02, acompañando para tal fi n, los expedientes de saneamiento con la documentación sustentatoria; Que, los Informes Técnicos citados en el considerando precedente, el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales propone y sustenta las acciones de saneamiento contable de las Cuentas Contables 1503.0203, 1507.0302 y 1101.03.01.02, las mismas que están inmersas en las causales previstas en el punto 3 del “Manual de Procedimientos para las acciones de saneamiento contable de las entidades gubernamentales”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 011-2011-EF/51.01; Que, en tal sentido se aprecia que las áreas responsables de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN efectuaron la búsqueda exhaustiva de archivos, documentos soporte y propusieron procedimientos para garantizarla evaluación, documentación y determinación de las correcciones, reclasifi caciones y ajustes correspondientes para depurar la información contable, de manera que los estados fi nancieros revelen en forma razonable su realidad económica, fi nanciera y patrimonial; Que, con el Informe Nº 093-2013/SBN-OAJ de fecha 10 de octubre de 2013, se señala que se ha cumplido el procedimiento de saneamiento contable previsto en el Manual aprobado por la Resolución Directoral Nº 011-2011- EF/51.01, y la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01; Que, en tal sentido resulta procedente autorizar la implementación de las acciones de saneamiento; Con los visados de la Secretaría General, la Ofi cina de Administración y Finanzas y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29608, la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01, denominada “Lineamientos básicos para el proceso de saneamiento contable en el sector público”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01; el “Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 011-2011-EF/51.01; y en uso de la atribución conferida por el inciso r) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Sistema Administrativo de Contabilidad de la Ofi cina de Administración y Finanzas, a efectuar la implementación de las acciones de saneamiento respecto de las Cuentas Contables 1503.0203, 1507.0302 y 1101.03.01.02, de acuerdo a la propuesta presentada por el Comité de Saneamiento Contable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, consignada en las Actas Nº 03y 04, del 03 de setiembre y 01 de octubre de 2013, respectivamente, que aprueban los Informes Técnicos Nº 001-2013-CSC, 002-2013-CSC y 004-2013/SBN-CSC. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA MARIA CORDERO VASQUEZ Superintendente 999938-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban el Formulario de “Solicitud de Aprobación de Instrumentos de Gestión de Seguridad” RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 229-2013-OS/GG Lima, 10 de octubre del 2013