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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (19/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Sábado 19 de octubre de 2013 505202 la Ley N° 29952, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 “Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud”, establece un procedimiento simplifi cado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952; Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI, a través del Ofi cio Nº 1686-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 324 688,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Quilca, de la provincia de Camaná, del departamento de Arequipa, localidad declarada en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo N° 045-2013-PCM, prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 073-2013-PCM, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia, denominada “Alquiler de maquinaria pesada para descolmatacion, limpieza del cauce del río Quilca y conformación de defensa ribereña de (03) tres tramos críticos colapsado en una longitud total de 2.0 km, Sector Sururuy margen izquierda y derecha del río Quilca, ubicado en el Distrito de Quilca, Provincia de Camaná, a consecuencia de la fuerza hidráulica del Río Quilca, ocurrida el día 26 de marzo del 2013, ocasionado por las fuertes precipitaciones inusuales, en la zona altoandina. Declarada en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo N° 045-2013-PCM”; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 01765-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 186 953,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Provincial de Sandia, de la provincia de Sandia, del departamento de Puno para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, denominados : “Instalación de Servicios de protección contra Desprendimiento y Derrumbe de rocas en el sector Catasuyo (Barrio Luis Ron) distrito, provincia de Sandia, departamento de Puno, en el año 2013” e “Instalación de los Servicios de protección contra deslizamiento, derrumbes y erosión fl uvial en el Sector Llamanipata en el río Sandia – Inambari, distrito, provincia de Sandia, departamento de Puno, en el año 2013”; los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones mediante Ofi cio Nº 4805-2013-EF/63.01, de fecha 24 de setiembre del 2013; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para el efecto, recursos por un total de TRES MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 511 641,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 – Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Directiva Nº 005-2012- EF/63.01 - Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 511 641,00) a fi n de atender una (01) Actividad de Emergencia y dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 3 511 641,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 3 511 641,00 =========== En Nuevos Soles A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 3 511 641,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 3 511 641,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.